La rescisión unilateral y los contratos de duración
Palabras clave:
contratos de larga duración, resolución, rescisión unilateral incausada, daños reparablesResumen
Los contratos que se prolongan en el tiempo, por no tener un plazo fijado inicialmente o porque vencido éste las partes siguen vinculadas, generan discusión acerca de la posibilidad que tienen los otorgantes de poner fin al acuerdo de modo unilateral e incausado. En principio, la facultad de rescindir en esas condiciones no supone un comportamiento reñido con la ley, pues no está vedado en el ordenamiento jurídico nacional, pero su ejercicio debe verificarse con prudencia, evitando una culminación sorpresiva e intempestiva que cause perjuicios patrimoniales a la otra parte. Si el ejercicio es abusivo se impone la obligación de reparar los daños causados por este comportamiento que viola el principio cardinal de buena fe.Descargas
Publicado
2011-11-16
Número
Sección
Doctrina e investigación
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Cómo citar
La rescisión unilateral y los contratos de duración. (2011). Revista De La Facultad De Derecho, 2(2). https://revistas.unc.edu.ar/index.php/refade/article/view/6285