Privacidad e intimidad, garantidas por la acción de clase
Palabras clave:
Acción de clase, Privacidad, Ley nacional de telecomunicaciones 25873, Intervención de líneas de teléfono por la SIDE, Límites al poder del Estado NacionalResumen
El trabajo analiza la operatividad del artículo 43 de la Constitución Nacional, garantizando la privacidad e intimidad de los habitantes de la Nación Argentina, por medio de la Acción de Clase en el caso Halabi, sentenciado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con su efecto expansivo de alcance general. La victoria de la Privacidad sobre la seguridad y el orden público pretendidas por el Estado relacionadas con la declaración de inconstitucionalidad de la ley espía Nº 25873, que dispuso la intervención general de todas las comunicaciones telefónicas y correos electrónicos por Internet, grabándolos por 10 años, violando el derecho a la intimidad cuando los datos podían ser usados por la SIDE para una finalidad distinta de la perseguida por el legislador y sin control judicial, garantizado por los art. 18 y 19 de la Constitución Nacional y por los Tratados internacionales con rango constitucional, imponiéndole límites al poder del Estado y rescatando la libertad como valor constitucional.Descargas
Publicado
2010-04-16
Número
Sección
Doctrina e investigación
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Cómo citar
Privacidad e intimidad, garantidas por la acción de clase. (2010). Revista De La Facultad De Derecho, 1(1). https://revistas.unc.edu.ar/index.php/refade/article/view/5878