La lingüística y el derecho. Un análisis desde la perspectiva de género
Palabras clave:
derecho, recursos lingüísticos, narrativas de género, identidades grupalesResumen
Este estudio tiene por objeto analizar el rol que juegan los recursos lingüísticos inclusivos en la transformación del sistema normativo argentino y el sistema de relaciones que este regula. El artículo se centra en el reconocimiento del lenguaje como herramienta capaz de inducir comportamientos y transformar patrones de conducta en el trabajo, la justicia, la educación, la ciencia; y de esta manera analiza el rol de las políticas públicas y los programas con perspectiva de género en la difusión e implantación de aquellos derechos fundamentales que se encuentran amparados por la Constitución Nacional Argentina.
Referencias
ACNUR (2018). Recomendaciones para el uso de un Lenguaje Inclusivo de Género. La Agencia de la ONU para los Refugiados.
Álvarez Rodríguez, I. (2018). Lenguaje Inclusivo y Derecho. Derecho y Cambio Social, 53, 1-24.
Balaguer Callejón, F. (2004). La construcción del lenguaje europeo en la Unión Europea. Revista de Derecho Comunitario Europeo, 1, 307-322.
Balaguer Callejón, M. L. (2008). Género y lenguaje: presupuestos para un lenguaje jurídico igualitario. Revista de Derecho Político, 73, 69-100.
Calderón, M. (2019). El lenguaje inclusivo enciende otra polémica. La voz del Interior.
Consejo Nacional de la Cultura y las Artes (2016). Guía de Lenguaje Inclusivo de Género. Gobierno de Chile.
Dorantes Díaz, F. J. (2011). El derecho a la Cultura en México. Dfensor, 2, 6-12.
Herrera Flores, J. (2008). La reinvención de los Derechos Humanos. Atrapasueños.
INADI (2018). Discriminación hacia las mujeres basada en el género. Presidencia de la Nación.
La ciencia de las Letras (2017). “The Arrival” o el poder del lenguaje. Disponible en: https://lacienciadelasletras.wordpress.com/2017/02/07/the-arrival-o-el-poder-del-lenguaje
Martínez Dalmau, R. (2014). Arte, derecho y derecho al arte. Derecho del Estado, 32, 35-56.
Nussbaum, M. C. (2001). El cultivo de la humanidad. Una defensa clásica de la reforma en la educación liberal. Editorial Andrés Bello
Ochoa, M. C. (2018). Políticas públicas con perspectiva de género. Disponible en: https://www.itson.mx/micrositios/equidad-genero/Documents/politicas_publicas_2.pptx
Pitch, T. (2010). Sexo y género de y en el derecho: el feminismo jurídico. Anales de la Cátedra Francisco Suárez, 44, 435-459.
Ribeiro, G. (2013). Las funciones retóricas del discurso jurídico. Revista de Derecho. Segunda época, 8 (8), 235-256.
Rojas Bermúdez, L. C. & Suárez González, M. T. (2008). El lenguaje como instrumento de poder. Cuadernos de Lingüística Hispánica, 11, 49-66.
Ruiz, P. E. (2017). Construyendo identidades feministas en la red. Análisis crítico de las prácticas discursivas institucionales y no institucionales en el contexto universitario. Discurso & Sociedad, 11 (4), 704-736.
Salazar Benítez, O. (2017, diciembre 5). Una Constitución sin mujeres no es una Constitución. El Diario.
Saldaña Pérez, L. (2007). Poder, género y derecho. Igualdad entre mujeres y hombres en México. Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Sierra-Camargo, J. (2014). ¿Qué son las estéticas legales? Una aproximación a la noción de ‘arte y derecho’. Derecho del Estado, 32, 57-77.
Torres, C. (2015, marzo 14). Arte y cultura: El lugar de las mujeres. La Izquierda Diario.
UNESCO (1999). Recomendaciones para un uso no sexista del lenguaje. United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization.
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