Prestación laboral a través de la red, jurisdicción internacional y ley aplicable

Autores/as

  • Amanda Uriondo de Martinoli Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho.
  • Luis Cruz Pereyra Universidad Nacional de Catamarca. Universidad Nacional de Córdoba.

Palabras clave:

nuevas tecnologías, localización del empleo, teletrabajo, jurisdicción internacional, ley aplicable

Resumen

La internacionalización de las relaciones laborales comprende distintos supuestos. En la actualidad las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación hacen posible la realización de la prestación laboral a través de la red o teletrabajo en un país distinto del que se encuentre el empleador. Un punto clave que debe ser considerado es la regulación aplicable en situaciones de teletrabajo transfronterizo u offshore. A la falta de regulación específica en el Derecho Argentino y otras legislaciones que contemplen esta nueva modalidad laboral que se hace a distancia, se suma la ausencia de normas de Derecho internacional privado que proporcionen adecuadas respuestas jurídicas. Nuestro propósito es referirnos a la problemática que esta nueva modalidad de prestación transnacional de servicios plantea al Derecho internacional privado. En el primer apartado nos aproximaremos al concepto “teletrabajo”; luego se tomará en consideración nuestro sistema de Derecho internacional privado vigente, cuestión que desarrollaremos tanto de la perspectiva de la concreción de la jurisdicción internacional como desde la mira de la determinación de la ley aplicable. Finalmente, esbozaremos posibles soluciones que estimamos cumplen con lo principios básicos del teletrabajo.

Biografía del autor/a

  • Amanda Uriondo de Martinoli, Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho.
    Doctora en Derecho y Ciencias Sociales (Universidad Nacional de Córdoba). Profesora Titular de Derecho Internacional Privado en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales (Universidad Nacional de Córdoba). Docente-Investigadora: Categoría I (Consejo Nacional de Educación). Secretaria de Posgrado, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba. Profesora de Posgrado,en universidades nacionales y extranjeras. Miembro de la Asociación de Derecho Internacional.
  • Luis Cruz Pereyra, Universidad Nacional de Catamarca. Universidad Nacional de Córdoba.
    Profesor Titular de Derecho Internacional Privado en la Facultad de Derecho (Universidad Nacional de Catamarca); Profesor Adjunto en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales (Universidad Nacional de Córdoba); Profesor Titular en la Facultad de Derecho (Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales,Sede San Francisco). Profesor de Postgrado. Docente-Investigador: Categoría II (Consejo Nacional deEducación). Secretario de la Asociación de Estudios sobre la Comunidad Europea en la Argentina (ECSA).Secretario de la Asociación Argentina de Derecho Internacional.

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Publicado

2011-04-16

Número

Sección

Doctrina e investigación

Cómo citar

Prestación laboral a través de la red, jurisdicción internacional y ley aplicable. (2011). Revista De La Facultad De Derecho, 2(1). https://revistas.unc.edu.ar/index.php/refade/article/view/5938