LA RESPONSABILIDAD DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS POR HECHOS INTERNACIONALMENTE ILÍCITOS DE SUS OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ

Autores/as

  • Lucía Hipatía Parodi Universidad Nacional de Córdoba

DOI:

https://doi.org/10.31054/2314.3061.v15.n1.45580

Palabras clave:

Responsabilidad Internacional, Organización de las Naciones Unidas, Operaciones de Mantenimiento de la Paz (OMP)

Resumen

Este trabajo presenta las conclusiones de la tesis doctoral de la autora titulada “Responsabilidad de la Organización de las Naciones Unidas por hechos internacionalmente ilícitos: Operaciones de Mantenimiento de la Paz e inmunidades”. Allí se describe y analiza la atribución de responsabilidad a la Organización de las Naciones Unidas por hechos internacionalmente ilícitos cometidos en ejecución de sus operaciones de mantenimiento de la paz. El epicentro del razonamiento se encuentra en la naturaleza jurídica de estas operaciones con las características particulares y específicas que las definen y el marco normativo que rige la responsabilidad internacional en estos supuestos. 

Biografía del autor/a

  • Lucía Hipatía Parodi, Universidad Nacional de Córdoba

    Abogada (UNC). Doctora en Derecho y Ciencias Sociales (UNC). Magíster en Relaciones Internacionales (CEA-UNC). Profesora de Derecho Internacional Público (UNC - UBP). Miembro del Instituto de Derecho Internacional Público y Derecho de la Integración de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba. Mail: lucia.parodi@unc.edu.ar Este trabajo se corresponde con las conclusiones de la Tesis presentada en el Doctorado en Derecho y Ciencias Sociales de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba, calificada el 9 de noviembre de 2023 con 10 (diez) sobresaliente por el tribunal conformado por la Dra. Zlata Drnas de Clément, la Dra. Alejandra Sticca y el Dr. Fabián Salvioli.

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Publicado

2024-07-03

Número

Sección

Doctrina e investigación

Cómo citar

LA RESPONSABILIDAD DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS POR HECHOS INTERNACIONALMENTE ILÍCITOS DE SUS OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ. (2024). Revista De La Facultad De Derecho, 15(1), 109-132. https://doi.org/10.31054/2314.3061.v15.n1.45580