EXTENSIÓN MODAL EN LA DONACIÓN

Autores/as

  • Alejandro Enrique Freytes

DOI:

https://doi.org/10.31054/2314.3061.v14.n2.43660

Palabras clave:

Donación, Cargo, Extensión

Resumen

Las previsiones del Código Civil y Comercial de la Nación sobre las donaciones modales y su revocación por incumplimiento del cargo generan interesantes y aún no extinguidas cavilaciones doctrinarias y jurisprudenciales. La más acusada y preocupante es la relativa al carácter perpetuo o temporal que debe asignársele al cargo si no se ha convenido un plazo de consumación. El asunto está íntimamente relacionado a los vínculos perpetuos, a la necesidad de liberar al donatario luego de un plazo razonable, y a impedir que el donante pueda dejar sin efecto el acto si el beneficiario quebranta el modo.

Biografía del autor/a

  • Alejandro Enrique Freytes

    Doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad Nacional de Córdoba (UNC). Especialista en Derecho Notarial por la Universidad Notarial Argentina. Especialista en Contratos y Daños por la Universidad de Salamanca, España. Profesor Titular Ordinario de Derecho Privado III en la UNC y Derecho Civil III y Notarial II en la Universidad Blas Pascal. Ex Secretario Académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba. Miembro de Número de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba.

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Publicado

2023-12-14

Número

Sección

Doctrina e investigación

Cómo citar

EXTENSIÓN MODAL EN LA DONACIÓN. (2023). Revista De La Facultad De Derecho, 14(2), 135-158. https://doi.org/10.31054/2314.3061.v14.n2.43660