FINALIDAD Y CRITERIOS PARA LA GRADUACIÓN Y CUANTIFICACIÓN DE LA “SANCIÓN PUNITIVA”
DOI:
https://doi.org/10.31054/2314.3061.v14.n1.43112Palabras clave:
Daños punitivos, CuantificaciónResumen
Los daños punitivos tienen esencialmente una finalidad punitiva o sancionatoria, y a partir de entender esa función principal deben precisarse los requisitos necesarios que justifican su imposición a los casos de daños a los consumidores. Junto a la tarea de definir la procedencia de los daños punitivos, se encuentra la de establecer criterios razonables que permitan justificar su cuantificación. Dichos criterios han sido ampliados en el Anteproyecto de Ley de Defensa de Consumidor (art. 118) respecto a los enunciados en el régimen actualmente vigente (art. 52 bis Ley de Defensa de Consumidor) lo que es altamente positivo para servir cómo pautar para una mejor justificación de la cuantía que judicialmente se ordena pagar en concepto de multa punitiva disuasoria.
Descargas
Publicado
Número
Sección
Licencia
Derechos de autor 2023 Facultad de Derecho. Universidad Nacional de Córdoba
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.
La publicación del artículo implica la donación de los derechos de autor a la Facultad de Derecho, conservando el autor su derecho a utilizar el artículo en publicaciones de su autoría o páginas web referidas a su trayectoria. Para el caso de otro tipo de publicaciones, antes de su utilización, deberá obtener autorización de la facultad.