OBLIGACIONES DEL ESTADO PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN EL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS
Palabras clave:
obligaciones internacionales, debida diligencia, discriminacion, violencia contra la mujerResumen
Este documento se centra en las obligaciones de los Estados de erradicar la violencia contra las mujeres dentro del sistema interamericano de derechos humanos. La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (conocida como “Convención de Belém do Pará”), adoptada en 1994, es el primer instrumento específico adoptado sobre la violencia contra la mujer. Esta Convención proporciona normas específicas aplicables para proteger a las mujeres contra la violencia que los Estados deben cumplir e implementar a nivel nacional. Es el único tratado de derechos humanos dirigido únicamente a erradicar la violencia contra la mujer que incluye la obligación directa de eliminar los estereotipos que causan discriminación y violencia contra la mujer. Además de revisar las obligaciones de los Estados, esta investigación analiza los estándares establecidos en el Sistema que aborda directamente los problemas de responsabilidad del estado para responder a la violencia contra las mujeres, amplía las posibilidades de una comprensión compartida de lo que significa ejercer la debida diligencia en casos de violencia contra las mujeres. Todo esto implica crear un sistema integrado de protección más allá de criminalizar el comportamiento violento para enfocarse en cambiar los patrones sociales discriminatorios hacia las mujeres en todos los niveles.