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Recial Vol. XIV. N° 23 (Enero-Junio 2023) ISSN 2718-658X. María Jesús Benites, El relato y sus paradojas:
memorias en conflictos y cuentos de guerra, pp. 425-429.
Más allá de la lógica del discurso jurídico, más acá de las vidas que se
construyen en las causas, en este escenario, la palabra oral es prueba y en el
transcurrir de los procedimientos de la justicia penal deviene en materialidad de
documento probatorio. (Nofal, 2022, p. 8).
La sentencia, epítome del lenguaje jurídico escrito, reproduce testimonios, voces que
no se pueden intervenir, discurso directo sobre el que un otro arma tonos, recupera silencios,
reproduce lo que debe ser contado y oído. Es, entonces, un documento que se edita, un recorte,
la figuración de un orden. Las preguntas inevitables: ¿pueden recuperarse los gestos?, ¿cómo
representar en una caligrafía legitimada los silencios y las vacilaciones, los trémulos de una
voz?, o, como se pregunta Ana Longino en el poético prólogo que abre el libro, ¿de qué manera
podemos asomarnos al miedo abismal, a la espera incierta?
Sabemos que el discurso jurídico no solo representa un poder, sino que es además un
poder indisoluble de su soporte institucional, es un discurso imponente esencialmente
normativo, performático y operativo, ya que instaura realidades nuevas, modifica lo existente,
impone modelos de conducta, pero también castigos. Es un lenguaje que atenta muchas veces
contra el derecho a entender que tenemos como ciudadanos y ciudadanas. El discurso jurídico
no es simplemente contrastivo o descriptivo, posee la capacidad intrínseca de la acción. Ser
hacedores implica dar una respuesta, reponer algo que falta. En la sentencia, entonces, lo
dicho/lo vivido, esa experiencia comunicable, como acota Nofal, adquiere el estatuto de
existente… es, con todo lo que ello implica.
La siempre asombrosa María Moliner afirmaba que quien maneja la terminología tiene
el poder. El encuadre de lo bélico que nuclea el alegato del imputado constituye una retórica
anclada en términos “técnicos”, como si el uso de un vocabulario específico constituyera una
verdad incuestionable: zona de operaciones, estado de sitio, trincheras, allanamientos o
individuos salpican el testimonio pretendidamente hegemónico del acusado. Frente a ese
discurso monolítico de la intolerancia, Nofal empuja los límites e instala la lógica paradojal de
una literatura de la memoria. Es el lado a y el lado b de la sentencia y el alegato. El constructo
de la paradoja se desplaza de la condición de incertidumbre y se traslada hacia las opciones
interpretativas de la realidad.
En el libro, el horror y la utopía que se introduce con el relato diferido de Carmen Perilli
en el marco de la megacausa, palabra que sobrevive, desde un yo, en la lectura literaria de
Improlijas memorias (Colección Almanaque). Más allá del testimonio literal intervenido en la
sentencia, las memorias improlijas instalan las dobles figuraciones de la palabra y la escritura
que indaga el libro porque, para Nofal, hablar de literatura testimonial permite la configuración
de una nueva agenda vinculada a una ficción sobre las memorias en conflicto y la organización
de su poética que trasciende esas formas normatizadas de la sentencia en tanto género
discursivo cerrado y absoluto.
Hay un compromiso claro por trazar nuevos recorridos y derivas que guían los pasos a
otras constelaciones conceptuales donde el archivo, otra de las imágenes poderosas que se
proyectan en el libro, es el lugar donde sobreviven los relatos, pero también es el rincón de los
silencios, de la letra muerta. Como afirma Arlette Farge en La atracción del archivo (1989), el
archivo es la huella en bruto de vidas que de ningún modo pedían expresarse así, es una
desgarradura en el tejido de los días, el bosquejo realizado de un acontecimiento inesperado.