Clínicas jurídicas, comunidad y derechos fundamentales de los sectores más vulnerables (los casos del barrio La Rotonda -Florencio Varela-Buenos Aires- y laguna Las Perdices –Buenos Aires)
Palabras clave:
clinica juridica, comunidad, derechos fundamentales, sectores vulnerablesResumen
El programa de Clínicas Jurídicas fue creado en el año 2008 en el ámbito de la Secretaría de Extensión. Se desarrolla allí, desde esa época, en tres áreas principalmente: Consumidores, Medio Ambiente y Derechos Humanos. Su creación y crecimiento está marcada por un eje comunitario de compromiso con los sectores más desaventajados tanto como un eje pedagógico de crítica a lo dado. No es casual su implantación como programa de extensión que no forma parte de las cargas curriculares; y su adscripción, por parte de estudiantes y graduados recientes, es voluntaria, motivada en el compromiso de inscribir la participación en prácticas de equidad y reparatorias. Es frecuente que los participantes manifiesten sus deseos de reencontrar esos estímulos, acaso perdidos en una enseñanza normativa y dogmática. La experiencia ha sido fecunda y hemos afrontando casos de alto interés público y trabajado, también, casos individuales de singular significación. Entre los casos judicializados, queremos reseñar: (i) La pretensión, del año 2010, de suministro de agua potable y cloacas promovida, por los vecinos del barrio La Rotonda, contra ABSA. En enero de 2011, un Tribunal de Alzada le ordenó a la demandada que provea, en cumplimiento de lo acordado en la audiencia celebrada, agua por medios alternativos bajo apercibimiento de aplicarle una multa. El Juez ignoró dicha resolución y la cuestión debió decidirse nuevamente por la Cámara Contenciosa de La Plata, quien confirmó, recientemente, la decisión de la anterior Alzada. La demandada está obligada, por una decisión firme, a proveer agua potable por medios alternativos y, asimismo, a pagar una multa. (ii) La demanda promovida, año 2011, para que ABSA cese en su práctica de intimar (intimidar) a los vecinos; se la condene a resarcir el daño moral; y se le aplique una multa civil. La demandada, a pesar de su incumplida obligación de proveer agua potable, remitió a los vecinos intimaciones pre-judiciales de cobro y, asimismo, avisos de corte bajo apercibimiento de iniciar acciones judiciales, etc.. La empresa articuló la excepción de incompetencia y contestó la demanda. La jueza se declaró competente y su decisión se encuentra apelada. (iii) La pretensión de cese de la contaminación y reparación ambiental en la Laguna Las Perdices. Se ha cuestionado la competencia civil y comercial para intervenir en el caso. El proceso recorrió todas las instancias hasta llegar a la Corte provincial. Se hizo lugar, en síntesis, a la excepción de incompetencia que presentó la demandada.
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