LA INCIDENCIA DE TERCEROS EN LA QUIEBRA

Autores/as

  • Augusto R. Chiavassa
  • José Ignacio Ojeda UNC

Resumen

Resumen: La quiebra produce, de ordinario, daño a los acreedores del fallido, consistente en la insatisfacción, total o parcial, de los créditos. Po ello, diferentes disposiciones legales estatuyen que quienes ha contribuido, según ciertos factores de atribución, a causar el daño, deben contribuir a su reparación. Por lo que, la quiebra genera numerosas responsabilidades al fallido y a ciertos terceros.

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Publicado

2020-07-23

Número

Sección

Diplomatura en Derecho Comercial y de las Organizaciones Económicas