LA GUERRA DE LAS PALABRAS

CÓRDOBA CONTRA EL GOBERNADOR FERNÁNDEZ CAMPERO1

Ana María Lorandi*

«A ellos, a los primeros «ciudadanos», como descendientes rea- les o imaginarios de los fundadores y primeros pobladores de la ciudad, pertenecen por dignidad y por nacimiento el gobierno de su patria, el país de sus padres».

Xavier-François Guerra (1992:69)

«La guerra de las palabras»2

Durante la reunión del Cabildo de la ciudad Córdoba3 del 14 de junio de 1774 los Alcaldes de primer y segundo voto Don Gregorio Arrascaeta y Don Francisco Antonio Días respectivamente, el Alcalde Mayor Provincial Don Juan Alejandro Echenique, Don Nicolás García Guilledo Alguacil Mayor propietario, Don Joseph Allende regidor y fiel ejecutor y Don Santiago de Allende y Don Prudencio Gijena regidores de número propietarios, manifiestan su preocupación por el hecho de que Juan Antonio de la Bárcena, preso en la cárcel de corte en Madrid por los disturbios y apresamiento del gobernador Don Manuel Fernández Campero, pue- da regresar a esa ciudad si fuera conmutada su pena. Y se expresan sobre de la Bárcena en los siguientes términos:

«que teniendo por experiencia las inquietudes, pleitos y discordias que ha promovido en esta ciudad el Alférez Real Don Juan Antonio de la Bárcena y en

1Este trabajo ha sido financiado con subsidios de ambas instituciones y de la Agencia de la Secretaría de Ciencia y Técnica.

* U.B.A. - CONICET.

2 En este apartado solo utilizaremos ejemplos que involucran a vecinos de la ciudad de Córdoba. Más adelante veremos que el modelo de disputa verbal incluye también al principal protagonista de esta historia, el gobernador Manuel Fernández Campero, con la salvedad de que Campero, a diferencia de sus contrincantes, acompaña sus dichos con documentación probatoria de (al menos de algunos) sus asertos.

3 Se aclara que este trabajo no pretende hacer una historia de Córdoba en ese período, sino de tomar un problema particular como ejemplo de situaciones de mayor alcance en relación con las políticas borbónicas anteriores a las grandes reformas.

Cuadernos de Historia, Serie Ec. y Soc., N° 7, Secc. Art., CIFFyH-UNC, Córdoba 2005, pp. 97-128

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este Cabildo [...]4 llegando a tanto y a tal extremo el genio sedicioso y rencoro- so de dicho […Bárcena] que su influjo produjo las inquietudes que son noto- rias en las ciudades de Salta y Jujuy hasta los extremos de haber preso a dicho Señor Gobernador [… Campero] ejercitando su genio inquieto en tomarse pleitos [...] de que resultaron los denigrativos y calumniosos informes que por sugestión suya hizo este Cabildo contra [...]5[el] Ilustrísimo Señor Obispo ac- tual de dicha ciudad de Arequipa Doctor Don Manuel Abad Illana sobre lo cual tiene actual conocimiento el Señor Presidente de la Real Audiencia del distrito de orden de su Majestad habiendo experimentado los propios o peores insul- tos el Señor Arzobispo de La Plata Doctor Don Pedro Miguel de Argandoña siendo obispo de esta provincia, teniendo asimismo ejercitado dicho Alférez Real su genio sedicioso en otra causa civil [...] omitiendo dichos señores referir los demás hechos del expresado Alférez Real porque sería su relación larga serie y narración de lo que esta Ciudad admira y siente de sus procedimientos; y reconociéndose inexorable, implacable, e inmutable dicho Alférez Real en rencor que profesa a muchas familias principales y en el empeño con que solicita satisfacer a sus pasiones por estar persuadidos no tendrán éstas límite ni fin mientras el referido Alférez Real subsista y resida en esta dicha Ciudad especialmente con el oficio de Alférez Real, resolvieron dichos señores se su- plique por su parte a su Majestad con la más profunda reverencia de su rendi- miento, se sirva proveer de remedio a las continuas discordias, inquietudes y alborotos en que ha tenido dicho Don Juan Antonio de la Bárcena a esta dicha ciudad prohibiéndole su regreso a ella y mandando que se venda su oficio de Alférez Real a persona en quien concurran las calidades que requiere y pide la paz y tranquilidad pública, contra la cual son imponderables los perjuicios que ha producido el suso dicho Don Juan [...]. Que así se ejecute con el informe correspondiente y testimonio de este Acuerdo, y del Acuerdo en que dichos señores revocaron el poder que a nombre de dicha Ciudad le dieron los indi- viduos sus parciales y comensales que componían este Ayuntamiento en el citado año de sesenta y cuatro. [...] [a causa de sus]arraigadas pasiones en sus parciales, cuya producción les viene por parte del susodicho Alférez Real prin- cipal cabeza de parcialidades, bando y comunidad y lo firmaron dichos seño- res…» 6

En un escrito presentado por Juan Antonio de la Bárcena en su defensa, mientras se encontraba en la cárcel de corte de Madrid,7 ataca al grupo de capitulares de Córdoba leal a Campero. Lo interesante es comparar la similitud del discurso en ambos bandos. Se refiere a ellos como hombres

4Se mencionan varias acciones en contra de las leyes y funcionarios.

5 Se mencionan a diversos religiosos.

6 AGI, Audiencia de Buenos Aires, Legajo 217. f. 7r-8v.

7 Preso por orden del Consejo de Indias por la prisión de Campero después la expulsión de los jesuitas.

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«habidos, tenidos y reputados por los hombres más díscolos, inquietos y sedi- ciosos de dicha ciudad de Córdoba y siempre sospechosos a la lealtad que deben profesar al Rey, de manera que en tiempo alguno hubieran llegado a ocupar estos distinguidos empleos, a no haberlos patrocinado y protegido Campero, despojando y despreciando a las personas beneméritas que era proporcionadas y del caso para el alivio de la paz pública y buen orden en los caudales y administración de justicia».

Continúa su diatriba diciendo que Don Gregorio Arrascaeta Alcalde y Don Nicolás García Guilledo Alguacil Mayor «han sido desterrados de aquella ciudad en varias ocasiones por ser de genios inquietos revoltosos». De Don Prudencio Gigena, se ignora si es español pero es de profesión jugador y «que se ha emplea- do y alimentado con no poco escándalo entre barajas». Don Alejandro de Eche- nique «padece de notable especie de demencia e hijo de otro que por el mismo defecto fue homicida de sí mismo en el año de 767». Don Santiago de Allende es cuñado de Arrascaeta8 y encubrió a Fernando Fabro9 en los robos de Temporali- dades [...].10

Se puede constatar por las citas precedentes que, por un lado, las mutuas acusaciones entre algunos miembros del Cabildo de Córdoba y Juan Antonio de la Bárcena ponen de manifiesto una lucha por el poder que se da en el nivel discursivo, recurriendo a mecanismos enunciativos de la verdad sin preocuparse por ofrecer pruebas que muestren la vinculación entre lo enunciado y la realidad, y por el otro, que el vocabulario utilizado para estigmatizar al oponente no ofrece diferencias significativas. Ambos grupos comparten un mismo código de valores y un modelo de referencia (Imízcoz Beunza, 1998: 47) y las desviaciones de ese modelo cultural son utilizadas indistintamente para dirimir sus asuntos, sin im- portar que la conducta de cada uno de ellos no se ajuste a ese modelo o paradig- ma. El discurso refleja los códigos compartidos, pero también son compartidas las acciones desviadas que no responden a esos códigos de valores. Estos juegos verbales permiten visualizar los intercambios y las negociaciones de poder que se entablan entre grupos opuestos.

Los ejemplos que hemos transcrito se reiteran en las complicadas facetas por las que atraviesa el gobierno de Fernández Campero entre 1764 y 1769, que debe afrontar la resistencia de una parte de la sociedad local a las nuevas políticas borbónicas que se concentraron en torno a dos temas centrales. En Córdoba se entabla la disputa por el control de la Caja de la sisa habitualmente utilizadas como «propios de la ciudad» y que Campero destina a la guerra de la frontera del

8Apoderado del gobernador Campero.

9Enviado por Bucareli, máximo responsable de la expulsión de los jesuitas en las provincias de Buenos Aires, Tucumán y Paraguay. Fabro fue su delegado en Córdoba.

10 AGI, Audiencia de Buenos Aires, Leg. 217. Exp. 15.

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Chaco contra los infieles, tal como la reglamentación lo fijaba. El otro asunto se refiere a la intervención de Campero como delegado del gobernador de Buenos Aires Francisco de Bucareli y Ursúa, en la expulsión de los jesuitas y el control de las Temporalidades en la provincia del Tucumán11. Este asunto involucra a veci- nos de Jujuy y de Salta, al punto que tras un levantamiento armado, fue apresa- do y enviado a la Audiencia de Charcas, donde su presidente interino, el ex- gobernador del Tucumán, Victorino Martínez de Tineo apoyó a los insurrectos y lo mantuvo preso durante varios meses. Por orden del virrey Amat, Campero fue repuesto en su cargo hasta completar su período de cinco años en 1769.

En este artículo sólo nos ocuparemos de algunas facetas de los conflictos planteados en Córdoba, analizando pequeños acontecimientos de orden cotidia- no que podrían ser considerados de importancia secundaria o sólo de interés local, pero que pueden ser proyectados en una escala más amplia para compren- der el trasfondo político global en el que está inserta la sociedad de la provincia frente a las nuevas políticas de la Monarquía española12.

Desde mediados del siglo XVIII la política borbónica desembarca en el Nuevo Mundo con diferentes medidas impulsadas por un nuevo tipo de funcionarios. Funcionarios que se destacan por ser firmemente regalistas, por compartir un notorio sentimiento de animadversión hacia la sociedad hispano-criolla y clara- mente dispuestos a intervenir en el campo político local para imponer la voluntad de la Corona (Pietschmann, 1996; Elliott, 1996). El caso que presentamos resul- ta paradigmático para entender la puja que se entabla entre los poderes locales y los cambios impulsados desde Madrid para controlarlos en lo político y económi- co. El gobernador Manuel Fernández Campero es un neto representante de ese grupo de funcionarios. Con una formación que lo vincula al grupo de los ilustra- dos españoles (Lorandi, 2002) y con una voluntad de hierro para llevar adelante las medidas que impulsaban los Borbones, fue por eso mismo un agente y una víctima de las tensiones que provocaban esas medidas. Contemporáneamente a su gobierno, la iglesia provincial tiene al frente al obispo Manuel Abad Illana, que comparte con Campero una misma opinión negativa sobre los hispano-criollos. Illana es un declarado antijesuita y un acérrimo defensor de la pureza moral dentro y fuera de la Iglesia, brindando un ejemplo firme de sus convicciones por medio de su conducta pública y privada. Ambos, Campero e Illana, entablan una firme amistad que se manifiesta en un mutuo apoyo ante las contingencias en las que se ve envuelta la provincia en esos años.

La puja de poder que se desata en Córdoba y la escisión de la sociedad local entre la facción que combatía a Campero y la que lo apoyaba, nos brindan un

11Campero es responsable de la expulsión de los jesuitas en todas las ciudades de la provincia de Tucumán, salvo Córdoba.

12En este artículo adoptamos la metodología de la microhistoria. Levi, 1993; Revel, 1996.

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ejemplo suficientemente ilustrativo sobre los conflictos que la nueva política bor- bónica produce en estas tierras, aún antes de las grandes Reformas. La Corona estaba tratando recuperar el poder que se había concentrado en las instituciones locales, en nuestro caso particular en los Cabildos, que estaban totalmente con- trolados por los vecinos, y que con frecuencia desconocían la autoridad de los funcionarios reales (Guerra, 1992). Como sostiene Annick Lempérière (1998: 203), el despotismo ilustrado de los Borbones partía de una nueva ciencia de gobierno, la «economía política», que hacía «depender el éxito de las reformas [...] de la movilización de los recursos humanos mediante la puesta al día de su educación espiritual, reformas que pretendían imponer un nuevo modelo socio- cultural que implicaba el impulso regio en campos de la vida social de los cuales, hasta la fecha, las corporaciones eclesiásticas y los gobiernos municipales habían sido los responsables casi exclusivos». Esa «economía política» estaba estrecha- mente asociada a una moral pública que trasladase a la práctica de la vida social los códigos de valor que estaban enunciados desde vieja data por la refor- ma moral del catolicismo (Bataillon, 1950; Castilla Urbano, 1992).

Pero es necesario destacar otra faceta de estos conflictos. La lucha política se manifiesta en gran parte en una guerra de palabras, en una guerra de discursos. Durante todo el período es posible observar que las disputas judiciales que se entablan entre las diversas agencias de poder están acompañadas de pruebas muy débiles para demostrar la culpabilidad de aquellos a quienes se acusa. Rawls define la justicia como una institución compuesta por un conjunto de reglas o sistema público de normas. Todos saben de qué se trata, y los demás saben que él lo sabe. De esta forma cada uno sabe las limitaciones de conducta que impo- nen las normas pero es obvio que se debe diferenciar entre las reglas y las estra- tegias de cómo sacar provecho de la institución para propósitos particulares. (Rawls, 1997: 64). En nuestro caso vemos que se trata de crear, con un acto de magia verbal, la prueba de la verdad. Como lo expresa Michel Foucault el discur- so no puede ser considerado solamente en su aspecto lingüístico, sino «como juegos (games), juegos estratégicos de acción y reacción, de preguntas y respues- tas, de dominación y retracción, y también de lucha. El discurso es ese conjunto regular de hechos lingüísticos en determinado nivel y polémicos y estratégicos en otro» (Foucault, 1992: 14)13. El polémico gobierno de Fernández Campero fue generalmente considerado bajo una perspectiva negativa porque se ha atendido a los discursos de uno solo de los bandos. Un claro ejemplo es el libro de Oscar Acevedo (1969) que analiza los tumultos producidos tras la expulsión de los jesuitas. Los autores que han hecho mención al tema en general comparten o aceptan la opinión de Acevedo sin nuevas revisiones documentales. Sin embar-

13En este tipo análisis coinciden todos los autores enrolados en el llamado «giro lingüístico» o pragmáticos.

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go, un análisis que contemple una mayor diversificación y contrastación de fuen- tes permite un cambio de perspectiva y nos aleja de una visión maniqueísta de la ética pública de los agentes sociales. El duelo de palabras muestra el difícil acce- so a la verdad histórica, las luces y sombras que acompañan las acciones de hombres insertos en determinados contextos de cambio, donde no hay buenos y malos, sino estrategias destinadas a obtener determinados fines políticos, donde los límites de la honestidad y de los intereses públicos y privados son notoriamen- te ambiguos. Es evidente que cada grupo se apropia del sistema de justicia para sus propios fines. Una vez más citamos a Foucault, y podemos acordar con él que el conocimiento histórico de esa realidad es «siempre una relación estratégica en la que el hombre está situado» (Foucault, 1992: 30) y que afecta no sólo a los que participaron de determinados acontecimientos sino también, y por cierto muy importante, al historiador que está siguiendo sus pasos.

Nuestro interés en este artículo es el de presentar un ejemplo de las tensiones provocadas por esos primeros intentos de reformas borbónicas que en buena medida se dirimen por medio de esta «guerra de palabras» que puede observarse en el campo de las contiendas políticas.

Córdoba antes de Campero

Veamos, en primer lugar, cuál era el clima político en Córdoba en los dece- nios previos al gobierno de Campero. Los vecinos y los miembros del Cabildo mantenían una situación de permanente tensión interna. El personaje más influ- yente y primer motor de esas ríspidas relaciones era Don Juan Antonio de la Bárcena, aunque éste no era el único motivo.

Por datos fragmentarios, que han quedado registrados en las Actas del Ca- bildo de la ciudad se sabe que de la Bárcena, que en 1754 era Alcalde de segundo Voto, debe enfrentar un juicio en la Audiencia de La Plata, por califica- ción de votos en la elección de los alcaldes de 175314.

Además de la Bárcena tiene conflictos con otros miembros de la ciudad a raíz del derecho a venta de ganado en la provincia de Buenos Aires. Los productores de esa provincia se quejan por lo que consideran una competencia desleal y el gobernador de la época, Victorino Martínez de Tineo tiene que intervenir en el asunto15. De la Bárcena había obtenido el derecho de venta de cueros en 1753,

14AMC. Libro 29. Por el momento no hemos podido revisar las actas de ese año, pero sería interesante hacerlo para tener un recorrido completo de la actuación de de la Bárcena en la ciudad de Córdoba, donde más tarde se lo acusará de haber sido inquieto y revoltoso desde que se avecinó en ella.

15AMC, Libro 29.

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ofreciendo 1.025 pesos a favor de los propios de la ciudad, a pesar de posturas más fuertes de otros interesados en el negocio. La puja interna y el conflicto externo, que llevó incluso a que los cueros fueran embargados en Buenos Aires, llevó a que de la Bárcena fuera acusado de contrabando.

Martínez de Tineo aprueba las medidas tomadas por el Teniente de Goberna- dor, don Manuel Esteban y León, que había intervenido impidiendo el comercio de cuero a través de las fronteras de la ciudad de Córdoba. El poder que de la Bárcena tenía en el interior del Cabildo provocó por este asunto un conflicto de competencias entre ambas instituciones gubernamentales, el Cabildo y Teniente. Es más, Tineo es explícito en este punto y afirma que por estos asuntos se «se ha perjudicado la paz pública y empañado la justificación e independencia con que debe proceder el Ilustre Cabildo»16. El Gobernador declara por nulo todo lo ac- tuado por de la Bárcena en el arrendamiento de dicho impuesto sin dar cuenta al Superior Gobierno, y «sin hacer remate al mejor postor».

En mayo de 1754 Tineo suspendió las varas del Alcaldes de primer voto a Joseph Medina y de segundo voto a de la Bárcena porque los considera solidaria- mente responsables de esta venta ilegal. El 24 de abril también había mandado deponer al Procurador Nicolás Guilledo por su intervención en el asunto a favor de de la Bárcena. Pero los depuestos resolvieron apelar y continuaron alegremen- te en sus cargos. Meses después, juicio mediante, según orden del Gobernador en su auto original, se le devuelven a de la Bárcena 740 pesos y 2 reales de los 1025 que había depositado. Sin embargo, por los resultados posteriores todas estas medidas caen en saco roto, como lo veremos más adelante17.

En los diez años subsiguientes, de la Bárcena disfrutó de diversos cargos en el Cabildo y desde 1763 es Alférez Real propietario por compra del cargo que, como se verá, poco después también provocaría un conflicto judicial.

En la década de 1750 también comienzan a hacerse más agudos los proble- mas que se plantean a raíz de los privilegios de los jesuitas respecto del pago del impuesto de la sisa y la alcabala. El 18 de noviembre de 1754, la Compañía de Jesús pide permiso para vender cueros sin pagar derecho alguno, con sólo simple juramento. El Cabildo les concede la franquicia pero ordena que deben declarar- lo señalando sus respectivas marcas, para evitar que se comercie con mercadería de otros hacendados. El permiso les permite introducir en la provincia 598 cueros de vacunos. En esta ocasión, si bien el Cabildo manifiesta su acuerdo, muestra su descontento con estas excepciones fiscales. Sostiene que la misma franquicia

16AMC, libro 29, 20 de febrero de 1754.

17ABAC, Documento 4016. Allí se confirma la información referente al contrabando y a la competencia de jurisdicción entre el Cabildo y el Teniente Esteban y León. Años después Campero levantará un interrogatorio para acusar a de la Bárcena de contrabando de cueros y de negros en 1754. ABAC, doc. 00487, fechado el 20/08/1766.

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se debería conceder a los vecinos porque esta no es la única excepción de la que goza la Orden y que «por el mismo derecho natural que favorece a todos igual- mente», se deberían considerar los intereses de otros productores ya que «el vecin- dario está abatido y deteriorado con la continua guerra» (de frontera)18.

El gobierno de Fernández Campero

Juan Manuel Fernández Campero tomó posesión del gobierno de la Provincia en la ciudad de Córdoba el 24 de febrero de 1764. La Cédula real con su nom- bramiento como Gobernador Titular, por el término de cinco años, hace referen- cia a los informes favorables sobre su persona vertidos por el gobernador de Buenos Aires, Don Pedro de Cevallos, destacando su valerosa participación en el sitio y toma de Colonia del Sacramento.

Campero disfrutaba hasta entonces de una excelente reputación. No sólo había tenido una actuación muy valiente frente a los portugueses, sino que podía exhibir entre sus antecedentes una exitosa administración como Corregidor de Quispicanchis en el Perú19.

Cuando Campero toma posesión de su cargo en la ciudad de Córdoba, las autoridades de la ciudad eran las siguientes: Alcalde de primer voto, Joseph Martínez y de segundo voto, Joseph Bautista Isasi. Alférez real Juan Antonio de la Bárcena; Regidor Decano Propietario, Joseph Moyano Oscaris; Regidor Pro- pietario y Fiel Ejecutor, Enrique Olmedo y Regidores Diputados: Juan Bengolea y Juan Vicente Piñeiro y Alfonso de Echenique y Cabrera era Alcalde Provincial20.

Contradiciendo la opinión de Pedro de Ceballos que le proponía que designa- se a de la Bárcena como Teniente de Gobernador, Campero nomina a Manuel Esteban y León en ese cargo. Con esta medida se ganará su principal enemigo21.

Apenas un mes después de su «recibimiento» el nuevo gobernador toma las primeras decisiones respecto al problema de la frontera. El 24 de marzo, notifica al Cabildo sobre la preparación de una «entrada» al Chaco para luchar contra los infieles que asolaban las fronteras de las ciudades de la provincia, en particular a

18Teniendo en cuenta que posteriormente se acusará a de la Bárcena de tener vínculos estrechos con los jesuitas, no he dejado de notar que en esta ocasión firma el acta del Cabildo que contiene las quejas y lo mismo hará en otras ocasiones cuando los intereses de la Orden y los de la ciudad entren en colisión.

19AHN, Consejos 20373. Exp.1. Residencia de J.M. Fernández Campero, (en adelante AHN, Residencia). La documentación relativa a estos antecedentes incluye cartas de felicitaciones de los virreyes del Perú.

20AMC, libro 32. Hemos considerado necesario detallar los nombres de los cabildantes por la inclusión de algunos de ellos en disputas y bandos posteriores.

21Illana sostiene que esta propuesta fue sugerida por los jesuitas. (Bravo, 1872: 131-150. Documentos del AHCH, carta del obispo Illana al rey, 7/6/1768.

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Santiago del Estero y sobre la poca eficacia de las misiones jesuitas para detener estos ataques22, situación que hace apremiante realizar una entrada punitiva. Informa que ha resuelto salir personalmente el 8 de mayo con uno de los tercios de esta ciudad y otro de la de Santiago. Ordena que deben ir todas las compa- ñías establecidas en el Río Primero pero reserva las asignadas a la defensa del Río Cuarto y partes del sur.

En esta misma reunión del Cabildo del 24 de marzo, se presenta un Pedimen- to del Procurador de la ciudad para que se arbitre en el Ramo de la sisa, alegan- do igualdad de derechos para eclesiásticos y seculares teniendo en cuenta los costos de la guerra. Su argumento consiste en afirmar que la sisa de 10 y 12 pesos sobre el aguardiente provoca un gran aumento del precio y desigualdad fiscal frente a los competidores jesuitas de las haciendas de San Juan y Mendo- za. Éstos, aduciendo fueros especiales pidieron al Virrey protección para no pa- gar la sisa y vendían el aguardiente en Córdoba por menos precio, perjudicando a los seculares. El Procurador le pide al Gobernador que prohíba que en la ciudad se compre ni venda el aguardiente de los jesuitas, pedido al que Campero accede y pone en práctica sin autorización de las autoridades superiores y que por eso, más adelante, debe anularla por orden del Virrey.

Una vez más aparece el conflicto entre las dispensas acordadas a los jesuitas y los intereses del resto de la sociedad. Como sostiene John Rawls, «hay conflicto cuando las personas [en este caso los grupos de interés] no se ponen de acuerdo a la distribución de los beneficios de la cooperación. Dado que siempre existen desigualdades en el reparto de bienes, es cuando más se necesita la justicia social» (Rawls, 1997: 18-20). Esto es lo que están reclamando los vecinos de Córdoba a través de su Ayuntamiento.

En las semanas subsiguientes la relación entre el Cabildo y el gobernador comienza a enrarecerse. El primer síntoma aparece cuando el Cabildo le pide a Campero que asista a sus reuniones pero este se excusa por falta de tiempo. A los pocos días, ante la ausencia de varios regidores y alcaldes se resuelve llamar a Cabildo abierto, invitando a hombres de prestigio por ser «antiguos republica- nos». Además de diversos asuntos locales el tema principal fue el de discutir la orden de Campero de convocar a las milicias para hacer su programada entrada al Chaco. A pesar de ciertas manifestaciones a favor de la misma, rápidamente se observa una cerrada reticencia. Alegan que será muy costosa, que por ahora ellos no han sido hostilizados y que si los atacan entonces podrán vengarse. El principal argumento es que como los jesuitas no pagan sisa, la ciudad carece de fondos para costear la entrada. Sostienen que desde 1749 la ciudad no ha tenido que soportar ataques de los indios y protestan que, aunque reconocen el celo del

22AMC, Libro 32. Por razones de espacio, en este artículo no comentamos los datos referentes a estos problemas con las misiones jesuíticas.

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gobernador por los asuntos de la provincia y que, por la carta que les envió, saben que él ama a la ciudad (Lorandi, 2002), no pueden en este caso acceder a su pedido alegando, como dijimos, la falta de fondos en el Ramo de la sisa. Asimismo se oponen a la construcción de los fuertes de Higuerillas y Laguna Blanca que pide Santiago del Estero aduciendo que la misma negativa había sido expresa en 1761.

En suma, el rechazo a participar y a financiar la entrada al Chaco provoca una fuerte fisura en las relaciones con el gobernador. Éste insistirá en su proyecto y destinará una fuerte suma de dinero tomado de los fondos de la sisa acumula- dos en las Cajas Reales. Sus oponentes dirán más adelante que despilfarró esos fondos y que tomó una parte de ellos para sus propios negocios.

Más adelante las Actas del Cabildo reflejan otros conflictos menores con Campero, relativos a disputas por el destino de los impuestos afectados al tránsi- to de mercancías. Campero ordena destinarlos a engrosar el Ramo de sisa y Córdoba responde que por derecho antiguo ese dinero debe ser para los propios de la ciudad.

El 29 de abril de 1764, el Cabildo copia en su libro de Actas una carta enviada por Campero antes de partir hacia Salta. En ella se refleja su preocupa- ción por los conflictos que dividen la ciudad y se muestra satisfecho de haber inducido a su superación. Entre las firmas de las Actas de ese día no se encuentra la de la Bárcena que estaba ausente de la ciudad y según expresiones posteriores del gobernador, se encontraría en Salta procurando movilizar a sus vecinos con- tra él.23

El derrotero de de la Bárcena en esta competencia, que durará varios años, parece coincidir con las nuevas medidas en su beneficio tomadas por el Consejo de Indias que veremos a continuación y de las cuales pudo estar previamente informado.

La «guerra» contra Campero

A partir de mayo de 1764 el Cabildo trata diversos asuntos que luego serán mencionados con fines opuestos por Campero en la citada carta dirigida al mi- nistro Julián Arriaga y por el propio Cabildo y por de la Bárcena en las sendas presentaciones que transcribimos a comienzos del artículo.

Con fecha del 18 de mayo de 1764, se copia un largo escrito de la Audiencia de Charcas. En su primera parte se encuentra la Real Provisión relativa a los asuntos del contrabando de cueros y el conflicto de competencias entre el Cabil-

23AGI, Audiencia de Buenos Aires, Leg. 49. Carta e informe de Campero al ministro de Estado y de la Marina de Indias Julián de Arriaga, 10/10/1766.

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do y el Teniente de Gobernador don Manuel Esteban y León que había estallado diez años antes. En la Real Provisión se condena al Cabildo a 200 pesos de multa por inobediencia a las Reales Provisiones y a de la Bárcena y a Castro los suspenden por seis años en sus cargos y con prohibición de ser elegidos y los penan también con seis años de destierro de Córdoba a 30 leguas de la ciudad. Están también afectados Gerónimo y Juan Echenique y Nicolás Guilledo. La misma Real Provisión, en párrafos posteriores modera las penas a cuatro años. A Juan Echenique le prohíben a perpetuidad empleos en la ciudad, a Gregorio Arrascaeta, Félix Cabrera y Joseph Molina que no pudiesen obtener oficio alguno por ser «temerarios, falsos, injustos y calumniosos capitulares». Además los mul- tan. Se menciona una sentencia contra todos los miembros del Cabildo en 1758. Pero, al final, como ya dijimos, se transcribe una resolución del Consejo de Indias por la que les devuelven todos los cargos, les quitan las penas, les devuelven las multas y se ordena que se les deben pagar los salarios caídos. Es probable que esta última resolución del Consejo Indias haya llegado anticipadamente a cono- cimiento de de la Bárcena, porque ninguna de las medidas en su contra parece haberlo afectado ni entorpecido su agresiva política en los asuntos locales.

Lamentablemente no son una cosa excepcional estos vaivenes de la justicia de la Corona. Las distintas instancias, varios años mediante, modifican las sen- tencias y en general tienden a dejar sin efecto los castigos impuestos por los tribunales inferiores. Si esto se debe a un ejercicio pleno de la jurisprudencia o si responde a las presiones corporativas de determinados grupos que logran torcer la balanza de la justicia, es un asunto que sólo se puede comprender dentro de las características del llamado «Antiguo Régimen». Imízcoz Beunza sostiene que existe una «realidad corporativa anterior al ‘Estado liberal’ que no se puede com- prender en términos de Estado ni de separación de lo privado y de lo público, ni de la distinción entre la sociedad y el Estado ni de unidad político o territorial. Se trata, por el contrario, de un orden político plural, caracterizado por la diversidad de cuerpos, por la realidad de poderes plurales y policéntricos, por la yuxtaposi- ción y la competencia de diversos poderes» (Imízcoz Beunza, 1998:37-38).24 En este contexto de «organización celular», agrega Imízcoz Beunza, una definición excesivamente institucional o jurídica de la sociedad ignora u oscurece el valor de la agencia social de los diversos niveles internos de la organización social, desde la familia y los diversos grupos de redes, alianzas, instituciones y sectores territo- riales en los que esos actores circulan y ejercen su poder y manipulan la justicia y que «comportan grados diversos del ejercicio de la autoridad».

Volviendo a nuestra ciudad: entre julio y octubre de 1764 no se realizaron sesiones del Cabildo pues la mayoría de sus miembros se encontraban ausentes en sus haciendas. Pero, poco después, Córdoba se ve envuelta en conflictos con

24La traducción es nuestra.

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las autoridades de las Cajas Reales de Jujuy a raíz del cobro de los porcentajes que corresponden a los jueces que intervinieron en decomisos de mercancías durante el gobierno de Espinosa y Dávalos25. Entre los acusados por el Cabildo se encuentran Juan de Alberro y como conjuez Thomás de Allende, quien sintién- dose perseguido, solicita que sus asuntos no sean tratados por los alcaldes de turno de la ciudad, sino por instancia superior, es decir por Campero. Allende está claramente enfrentado con de la Bárcena, como se deduce del texto de la mencionada inhibitoria. Sostiene que es perseguido por el alcalde de Primer voto Joseph Martínez:

«siendo mi capital enemigo, cuya enemiga consta justificada en la Real Audien- cia del Distrito y le costa a V.S. de público y notorio, inhibiéndolo por derecho de mis causas y pudo haber seguido el dechado [¿] del Sr. Alférez Real Don Juan Antonio de la Bárcena, que por el justo reparo de la relación de afinidad que tiene con dicho Juan de Alberro no concurrió a la citada providencia cuando es incomparablemente menos inconveniente que dicha enemiga [...] por lo que le recuso»

y también recusa a Juan Bautista Isasi por estar casados ambos (de la Bárcena e Isasi) con dos primas hermanas y por colusión entre ellos por este parentesco.

Campero confirma las inhibiciones solicitadas por Allende26 y al mismo tiem- po que tratan estos problemas por el decomiso de mercaderías, el Cabildo sus- pende en sus funciones al escribano Público y de Real Hacienda Pedro Antonio de Sosa, alegando que «se había recibido» sin los títulos correspondientes. Le exigen que entregue los papeles de su escribanía. El asunto contra Sosa será largo y algo confuso, en particular porque cuenta con el apoyo del gobernador27. Afirman que es:

«criado, habilitado, parcial y comensal del dicho Teniente de oficiales reales [no está claro a quién se refieren, probablemente a Esteban y León] y de Don Thomas de Allende y su dilatada familia a todos los cuales sus comensales les tiene V.S. inhibidos para que los jueces de esta ciudad no puedan conocer cuyas causas civiles ni criminales con pretexto alguno, so pena de dos mil pesos ensayados sin que en ello aparezca más justificación de causa que lo que

25Antecesor de Campero.

26Ana Inés Punta presenta una documentación que contradice en parte el apoyo de Campero a Allende. Cita las quejas del gobernador sobre el dominio de esta familia en los asuntos de la ciudad y aporta otros datos interesantes sobre los Allende. Punta, 1997: 246-247. Sobre esta familia y los problemas de nepotismo en la región ver también Saguier, 1992 a y b. No podemos dejar de señalar que nuestros datos, sin embargo, muestran una constante alianza de Campero con los Allende.

27Sobre el asunto del escribano Sosa también se encuentra información en AHN Residencia.

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representó a V.S. el dicho D. Thomás y siendo por incidencia inhibido el sobre dicho Sosa aunque cesara la causa de poca idoneidad [por la que lo acusan] no se podía ni puede tolerar a persona tan excepcionada en perjuicio de los vecinos quienes en cualquiera agravios no tendrían juez que les oyese, y sin embargo de ser tan odiosa en derecho la referida inhibitoria infringiéndose agravios asimismo a los jueces ordinarios se ha tolerado con otros que resultan de derecho solo por bien de paz...»28

El alegato sigue en ese tono y le piden a Campero que o bien suspenda la medida o que ellos lo ponen sobre aviso de que reclamarán ante un tribunal superior.

Pero una vez más, de la Bárcena no es ajeno a ello. Se trata de los mecanis- mos de venta de cargos, realizados por remates al mejor postor. Según parece hubo otros candidatos que también pretendían el cargo de escribano pero por no ser vecinos de Córdoba fueron dejados fuera de competencia. El virrey cuestiona- rá a los oficiales de la Real Hacienda la falta de transparencia de esos remates ya que en un caso similar se encuentra la postulación que había hecho de la Bárce- na para acceder al cargo de Alférez Real.

La vinculación entre ambos casos emerge en medio de las disputas con el escribano Sosa. En ellas se transcribe una carta del Virrey acusando a la Real Caja de Jujuy por haber adjudicado el cargo de Alférez Real por medio de un remate que no se ajustaba a la ley. Sin embargo el fiscal de la Audiencia aprueba el remate «en la cantidad de 500 pesos que tiene enterados en la Real Caja del distrito, con el derecho de media anata» alegando que hacía mucho que nadie apostaba por ese cargo.

En este clima enrarecido, el 13 de noviembre de 1764, el Cabildo presenta su primera denuncia contra Campero. Un mes después, el 18 de diciembre comien- zan a reunir las pruebas que permitan acusarlo. Se le pide al escribano Clemente Guerrero que responda sobre los siguientes temas: 1) Si Alberro, como tesorero de la Real Hacienda en Córdoba dio cuenta de lo cobrado por la sisa, o cuándo fue reemplazado y por quién y si dio cuenta de ello; 2) si mientras Campero estuvo en Córdoba antes de ausentarse para otras ciudades hizo alguna entrada con el tercio de la ciudad; 3) debe decir si el sucesor de Alberro, con nombre y apellido, siguió cobrando sisa y cuánto y también si se cobró lo recaudado por las posturas de la Bula; 4) quieren saber qué partidas entregó Alberro al Gobernador «y para qué efecto»; si el gobernador visitó los fuertes o hizo alguna campaña; si se tiene noticia «en qué se hubiese distribuido lo que se hubiere cobrado en el intermedio citado».

Clemente Guerrero contesta que en el libro del Cabildo constan cuentas de Alberro y que el dinero pasó a su sucesor Francisco de Uriarte el 4/7/64 con

28AMC, Libro 32.

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asistencia del Alcalde de primer voto, el Teniente de Rey y el escribano. Que lo último que cobró Alberro fue en marzo. Que luego por orden de Campero la cobranza la hizo por algunos meses el Sargento Mayor Melchor de Otero hasta que se ausentó el gobernador de la ciudad,

«de todo lo cual no hay razón alguna de las cuentas dadas por dicho tesorero, pues me consta que solo las dio dicho sargento Mayor al precitado gobernador y que todo lo que recogió lo dio por gastado en fardos y otros aderezos y víveres para los soldados de la guardia de Su Señoría que mantuvo en esta ciudad y llevó en su compañía cuando se ausentó; las cuales cuentas las apro- bó en cuaderno separado; ni tampoco se hallo razón alguna de las citadas cuentas generales del producido de la Santa Bula que produjo la publicación del año sesenta y dos y el presente del sesenta y cuatro; asimismo certifico cómo en la hoja 41 se halla el haber dado por descargo dicho tesorero D. Juan de Alberro una partida de mil pesos en catorce de marzo de mil setecientos sesenta y cuatro entregada por orden del expresado señor Gobernador (...) al tesorero del ejército D. Melchor de Otero para los gastos de su expedición de Su Señoría y siguiente a estas otras cuatro partidas que componen cuatrocien- tos dieciséis pesos y cuatro reales distribuidos en biscochos, tabaco, yerba, aguardiente para dicha expedición que todo monta mil cuatrocientos dieciséis pesos y cuatro reales.[...Certifica que] desde que se recibió en esta ciudad del gobierno de la Provincia [Campero] no visitó fuerte alguno de esta jurisdicción ni menos salió a campaña ni hizo expedición con ningún tercio de gente hasta el presente que se halla en la ciudad de Jujuy».

La información contra Campero continúa el 22 de diciembre y ocupa 12 folios (193v a 204r) que han sido tachados a posteriori para impedir su lectura, probablemente por otros vecinos y miembros del Cabildo que, un tiempo des- pués, tratarán de revertir la oposición de Córdoba al gobernador, como lo vere- mos más adelante. A pesar de las dificultades de lectura, la síntesis que se pre- senta a continuación intenta reproducir las principales acusaciones presentadas por el escribano Clemente Guerrero29.

1.Denuncia que Campero se llevó las causas civiles y criminales sin devolverlas y las enumera una a una.

2.Que no reconoció los fuertes, que por eso hubo ataques en la frontera sur con muerte de diecisiete personas.

3.Que mantiene una guardia de soldados con la

«que atemorizan a todos los moradores como nunca se ha visto en dicha provincia y por las amenazas que publicaba [... ] y no contento con ello solo para ostentar de su persona igualmente otra guardia de vecinos en la precitada

29No siempre se cita textualmente por las dificultades de lectura.

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calle contra la costumbre establecida sin considerar que asimismo se hallan en la continua tarea de la defensa de la patria con armas y caballos sin sueldo alguno.»

4.Que ha dejado una inhibitoria a favor a Thomas de Allende vecino de esta ciudad para que ningún juez pueda conocer en las causas civiles y criminales ni de oficio ni a pedimento de partes, de éste, sus hijos, hermanos, yernos, cuñados parientes, criados, allegados y comensales sin más conocimiento de causa que habiendo así pedido a dicho gobernador quien obliga a su observancia bajo pena de dos mil pesos ensayados, (siguen tres renglones tan tachados que no se puede adivinar tampoco lo que dice en los restantes). De la lectura entre líneas parece que se acusa a Campero de dominar a los demás cabildos y

«por la distancia de 300 leguas a la residencia de dicho Gobernador se hace difícil poderlo reprimir en sus excesos de que se sigue también poco respeto a los jueces de esta ciudad»

5.Que asimismo dejó providencia para la concesión de sisa hecha por el Sr. Virrey en el aguardiente de 12 pesos por carga (... no se lee) y aún hallándose este Ramo en total decadencia, arbitrariamente mandó solo se paguen seis pesos30 por dicha carga y (... no se lee) que sacó de la tesorería de guerra mil cuatrocien- tos dieciséis pesos y cuatro reales suponiendo hacer entrada a la tierra de los enemigos por esta jurisdicción y no habiéndolo ejecutado incautóse para la de Salta y no ha remitido esta cantidad ni más ni menos de lo que produjo dicho Ramo desde 20 de marzo hasta el 4 de julio de este año que particularmente y con independencia del Tesorero receptor lo apercibió por mano del Sargento Mayor D. Melchor de Otero sin que conste razón de su distribución en las cuentas que ha dado dicho Tesorero y no aparecen copiadas en el libro de la ciudad ni tampoco el importe de la última publicación de Bulas en las siete ciudades de esta gobernación agregadas al susodicho Ramo. [siguen varios renglones ilegi- bles]

6-15. A continuación se enumeras diez causas civiles y criminales en la que había intervenido el Cabildo y que fueron incautadas por el gobernador.

16.Sostiene Guerrero que Campero es «enemigo capital de este Ayuntamiento por haberle obligado a dar las fianzas acostumbradas antes de su recepción», por diferentes contradicciones a sus medidas, por ejemplo porque se rechazó su pro- puesta para hacer las entradas o fundar los fuertes de las Higuerillas y Laguna Blanca con el tercio de la ciudad.

17.Se comenta el caso de la disputa por el nombramiento del escribano Sosa.

30Recordemos que esta rebaja fue acordada por Campero a solicitud del propio Cabildo.

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18.Se comenta el caso de la inhibitoria acordada a Thomás de Allende y apoyo a su familia. Se habla de venganzas.

19.Dicen que Campero salió de Córdoba con un bagaje de diez carretas peque- ñas, tiradas por caballos, ocupando cada una (no se puede leer la cantidad) [X] cantidad de caballos y otros tantos hombres. [no se pueden leer los seis renglones siguientes]

20.Que desde que llegó se parcializó con Thomas Allende y con el tesorero Francisco de Uriarte «principal aliado de D. Thomas». Opinan que a finales de 1763 se habían acabado los bandos en la ciudad y que Campero los había reavivado.

21.Ultraje al alcalde de Segundo voto «en un encuentro casual una noche» (sigue muy tachado).

Importante final: se resuelve que el Alférez Real Don Antonio de la Bárcena lleve comisión del Cabildo de Córdoba a la ciudad de Los Reyes para que se haga una presentación contra Campero por los derechos quitados a la ciudad:

«de unánime parecer acordó se diese poder a persona de satisfacción en la ciudad de Los Reyes para que en nombre de esta ciudad y Cabildo para ante el Excmo. Sr. Virrey de estos reinos las correspondientes providencias, así en los asuntos que se han aquí expresados como en las demás que conviniesen con igual (no se lee) de todo el informe a S. Excia suplicando se digne su clemencia mandar restituir a esta ciudad los derechos que se le han quitado y que el enunciado Sr. Gobernador modere sus providencias a más equidad y justicia y en consideración de ser todo en beneficio común (no se lee) y a los precisos gastos que se le ha de ocasionar este ocurro y suplicándosele al alférez real diese libranza de todo lo necesario en la dicha ciudad de Los Reyes y aceptán- dolo con la condición que se [...] depositen 800$ en Don Gregorio Ponce vecino de competente seguridad y que se obliguen (no se lee) las de propios (¿) de dicha ciudad [...] abonándosele por la cuenta...» . (f. 203). Siguen datos contables.

En total el escrito consta de 24 causas incoadas contra Campero. Esta deter- minación fue firmada por todos los capitulares, aunque más adelante, varios de ellos se retractarían.

La mayor contradicción que presentan estas acusaciones, consiste en afirmar que Campero no ha hecho las entradas que había programado. Casi dos meses antes de la encuesta encargada al escribano Guerrero, el 2 de noviembre de ese año, el Cabildo había copiado las cartas del gobernador que incluían los infor- mes del comandante de la expedición, Don Miguel Arrascaceta, y del jesuita que participara en ellas, Pedro Sandon con todos los detalles de la mencionada en- trada31. Si bien Córdoba se oponía a la misma y no justificaba que se usaran sus

31Los detalles de la entrada serán comentados en otros artículos sobre la guerra del Chaco.

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dineros para tales fines, los miembros del Cabildo se atrevieron impunemente a negar que se hubiese realizado y aún más, enviaban a de la Bárcena para que entablara acciones judiciales por esos mismos motivos ante el Virrey y la Audien- cia de La Plata. Más allá de cualquier consideración sobre la honestidad o des- honestidad de Campero, la maniobra se aparta ostensiblemente de la verdad, como consta en los propios papeles del Cabildo.

Una vez más enfrentamos las contradicciones entre un discurso «moralizador» y la desnuda realidad, por más oscura o incompleta que ésta resulte al historia- dor. Contradicciones de la documentación que dificultan el proceso de interpre- tación. En todo esto hay una única certeza, la cultura de la sociedad colonial admitía estas formas «tornasoladas» de la acción política y que ambas caras de la realidad convivían en un clima que, aunque se caracterizaba por tensiones permanentes, nunca llegaba al punto de ruptura.

La guerra no concluyó con estas medidas. Por 1766 en fecha imprecisa, un anónimo altamente denigratorio de la conducta de Campero circuló en la Pro- vincia y en la del Río de La Plata32. La imagen que presentan del gobernador es totalmente monstruosa. No hay pecado que no haya cometido ni virtud que se le pueda reconocer. No solamente se afirma que ha esquilmado la Caja de la sisa y a los vecinos, también se lo acusa de intentar comprar la voluntad del virrey Amat por medio de los oidores de la Audiencia de Lima. Los términos tirano y autoritario se encuentran entre los más suaves para calificarlo. El anónimo la emprende también contra el obispo Abad Illana y contra el gobernador de Bue- nos Aires, Bucareli y Ursúa. La redacción es confusa y plena de contradicciones, destilando veneno desde el comienzo hasta el fin, al punto que fue descalificado y considerada como una artimaña vergonzosa.

La defensa de Campero

Casi dos años después Campero enviará al ministro Julián de Arriaga una larga carta acompañada de un informe donde expone su propia visión de lo sucedido33. Comienza su carta con uno de sus característicos discursos contra la insubordinación de los americanos:

«…porque habiendo vuestra excelencia mandado en la América, posee una perfecta idea de lo mucho que hace padecer el carácter de sus habitantes: lo que puedo asegurar a V.E. es, que solo dejarán de decir contra los buenos

32AGI, Audiencia de Buenos Aires, Legajo 49. La versión consultada debe ser posterior a esa fecha porque menciona los problemas suscitados por la expulsión de los jesuitas.

33AGI, Audiencia de Buenos Aires, Leg. 49. Carta a Julián de Arriaga. Todo lo que sigue proviene de este informe que no está foliado.

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Ministros de S. M. lo que no se les ofreciere, y que la demasiada prudencia, con que hasta aquí, se han disimulado sus insultos, y la facilidad de oírlos, nos tienen sin fuerzas para contestarlos…»

Campero se queja de los vejámenes sufridos durante su gobierno y presenta un extenso alegato justificando su conducta y denunciando a sus enemigos. Afir- ma que desde que llegó como gobernador trató de:

«conciliar los ánimos perturbados de los vecinos de esta ciudad [de Córdoba] practicando las más prudentes y eficaces diligencias para conseguirlo, pero como este prudente designio se oponía a la autoridad tiránica con que la exprimían algunos y establecídoles les preconizaba la corrección de sus injus- ticias, meditaron sostener sus caprichos y locuras haciéndome inobedientes y contumaces a mis Providencias, cometiendo el atentado de enjuiciarlas, con otros que instrumentalmente constan del testimonio de autos que dirijo en esta ocasión …»

A continuación relata que después de las acusaciones labradas por el Cabil- do, y una vez que de la Bárcena partiera hacia Lima, el Justicia Mayor Prudencio Palacios convocó a un Cabildo abierto en julio de 1765 para tratar las acusacio- nes contra Campero y al mismo tiempo diputaron a tres personas para que en nombre de todos les aseguraran su sumisión e intenciones de defenderlo de las injurias infligidas por sus enemigos. Comenta que Palacios le entregó los autos que remite y va señalando foja por foja las acusaciones que le entablaron y que son las ya resumidas y que provienen de las actas del Cabildo de Córdoba por lo que solamente haré referencia a sus descargos. Sin descanso en sus frases, Cam- pero critica la designación que se hizo a de la Bárcena como procurador, al que acusa de haber obligado a la ciudad a emprender enormes gastos para solventar su viaje, sin que existiera un acuerdo previo de todo el vecindario. Es más, Cam- pero afirma que las reuniones en las que lo denunciaron no tuvieron lugar en el Ayuntamiento, sino en el domicilio de de la Bárcena.

Durante el Cabildo Abierto del 10 de julio testimoniaron varios regidores afir- mando que no habían participado en el del 22 de diciembre de 1764, y que sus firmas puestas en esas actas eran falsas. Este es el caso entre otros de los regido- res Don Francisco de Bengolea y Juan Echenique. Enrique Olmedo, a su vez prueba que en ese momento se hallaba a 30 leguas de la ciudad. Escandalizado, Campero exclama:

«vea S. M. por estos hechos, de qué calidad son los tres sujetos mencionados, que han gobernado este cabildo y en quiénes tenía esta república depositada la vida, de su honra y la verdad y buena fe de sus actuaciones que deben ser el nervio de su conservación..»

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Con respecto a de la Bárcena afirma que existía una concordata de Campero sobre apelaciones de de la Bárcena por el asunto del contrabando de cueros. Y que, aunque luego que partió hacia Salta, la ciudad pareció quedar en paz, al poco tiempo aparecieron otros conflictos, tales como los que enfrentaron al teso- rero de las Reales Cajas en Córdoba, Juan Alberro con los oficiales de Jujuy y con el nuevo tesorero Francisco de Uriarte y todos los temas vinculados a cobros de la sisa y Bulas de la Santa Cruzada que hemos comentado más arriba. Insiste que le impedían a Campero entender en segunda instancia en causas judiciales, nombrar comisarios para la campaña, limitar el cobro y uso de propios (asunto que evidentemente se encuentra en el meollo del conflicto) y finalmente que se oponían a su política sobre la frontera. Continúa diciendo que «siendo notorio» al virrey, al gobernador de Buenos Aires y a la Audiencia que:

«… salí de campaña en los años 64 y 65 con las milicias de las de Santiago del Estero, San Miguel de Tucumán y Salta, auxiliados de la tropa pagada, en tres distintas ocasiones, tiene el dicho escribano el arrojo de certificar a f. 84 vuelta, que no hice entrada y el Cabildo de mandárselo a la 82 vuelta, afirmando que con ningún tercio la ejecuté hasta el 18 de diciembre de dicho año de 64 contra lo que el propio Cabildo tenía acordado ante el mismo escribano en Acuerdo del 2 de noviembre de dicho año de fojas 66 vuelta y me expresa en su carta de 1 de dicho mes, dándome las gracias por las buenas resultas que tuvo la segunda entrada que hizo en dicho año de 64 antes del mes de diciembre en que certifica, como instituirá V. M. por la foja 10, 11 y 12 de dicho testimonio.»

y que para solventar los gastos de esas expediciones tuvo:

«… la precisión de echar mano de la Sisa que se cobraba en Salta para las entradas al Chaco (…) pues para no malograrlas en el tiempo oportuno que se resolvieron, fue forzoso pedirle a D. Thomas de Allende, vecino de esta ciudad que de su propio caudal supliese lo necesario, lo que hizo con tal generosidad, que devolviéndole tres mil y más pesos que tenía suplidos para dichas expedi- ciones y el establecimiento de un piquete de treinta Dragones que instruyeron estas milicias y aún la tropa pagada, en el manejo de las armas, que formé con aprobación del notorio celo de Nuestro Virrey, no los quiso recibir, como cons- ta de su declaración y carta del Superior Gobierno a fojas 216 y 323 fuera de tres mil y más pesos suplidos por otro sujeto para el mismo fin con igual generosidad.»

Finaliza el tema diciendo que presenta las cuentas y que todo se puede pro- bar, o sea la forma en que se gastó ese dinero, remarcando que él había aumen- tado la recaudación del Ramo de sisa y que por ello había recibido el beneplácito del Virrey Amat. Comenta también otros incidentes menores que tuvieron lugar en Córdoba entre miembros de distintas facciones por razones de protocolo. Su conclusión es la siguiente:

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«De modo que el carácter caviloso y altivo de dicho Bárcena, resentido de que no le hubiese hecho mi Teniente en esta ciudad, (como lo solicitó vivamente) y de que le hubiese enviado preso a la de Lima, por orden del Tribunal mayor de Cuentas, según instituye la sumaria de fojas 278 vuelta, recelando asimismo si volvía a esta provincia que reprimiese su genio y despotismo, como el de sus parciales, según preconizaban las primeras diligencias de vista que actué y van citadas a las fojas 104 ha tomado con la malicia que se ha demostrado, el arbitrio de calumniarme para lograr a lo menos dejarme inhibido del conoci- miento de sus causas y la de sus parientes, particularmente el citado tesorero, que fue Don Juan de Alberro y quedar impunes en la posesión de sus delitos, valiéndose del ramo de propios de esta ciudad para sostener los gastos de tan enormes atentados contra las Leyes que limita a los cabildos disponer de ellos en más cantidad que la de 3 mil [...] y para quedar más absoluto en ellos considerando que le pueden servir de embarazo ocho o diez soldados que con maduro acuerdo mantengo en casa para despachar órdenes a los nueve fuertes y piquetes de esta provincia, auxiliar las providencias de justicia e ir conservan- do en los que alternativamente los relevan, la disciplina que les he enseñado, con aprobación de nuestro virrey, a fin de que no me coja desprevenido algún rompimiento de guerra contra los enemigos de V. M. ha solicitado quitarlos con dicho objeto, y el de disminuir la autoridad de este gobierno y capitanía gene- ral, Yo juzgo, Señor que a los vasallos que piensan bien y fielmente no les espantan los soldados, antes les agrada su establecimiento y disciplina, y tam- bién juzgo que para mandar a los que tuvieren las calidades de dicho Bárcena, es necesario doblar las guardias y las celadas, porque no llegue el caso de que seduzcan el reino».

A continuación comenta la negativa a aprobar la fundación del fuerte de las Higuerillas. Su argumento a favor es que permitiría establecer una ruta más segura y 200 leguas más corta hacia Santa Fe. Que de otra manera hay rutas clandestinas que son aprovechadas por estos sujetos para comercios ilícitos. Se defiende asimismo de la acusación del excesivo gasto de 12.000 pesos para las entradas, rechazando cualquier utilización personal de tales fondos. Refuerza su argumento, insistiendo en las necesidades planteadas por Santiago del Estero y que además las entradas se hicieron tras una Junta de Guerra que las aprobó. Que tuvo el acuerdo del gobernador de Buenos Aires, del Obispo, y del provincial de jesuitas, según cartas que cita en sus respectivas fojas. Que también le exigen que de sus bienes salga el costo de los fardos y de los vestuarios para la tropa. Y que por eso:

«… pidió [de la Bárcena] el embargo de 3000 mulas que supuso iban de mi cuenta a la ciudad de Lima, pertenecientes a D. Antonio Figueroa, sin otro fundamento que haber recomendado a este sujeto, por ser persona honrada y de particular estimación, a cuyo padre he tenido muchos auxilios para las fronteras de Salta…»

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Menciona otros muchos temas, prisiones, demandas y otros asuntos crimina- les o administrativos menores. Finalmente dice que de la Bárcena se ha propues- to trastornar toda la Provincia y Gobierno Político y militar de cada ciudad en nombre de ésta (Córdoba) y exponerla a una centena de pleitos entre goberna- dor, cabildos, oficiales reales, sus tenientes, tesoreros de sisa, de bulas, cabos militares y oficiales de justicia.

Todo esto en ofensa a su honor. Que hizo lo mismo durante los gobiernos anteriores, de Tineo, Pestaña, Espinosa y otros, metiendo preso a diversos fun- cionarios, atropellando a curas y prelados, peleando en la plaza de noche dejan- do a alguien por muerto, haciendo contrabando:

«como todo exuberantemente se justifica de los citados documentos y informa- ción de fojas 209, 228 y 262 en que deponen los vecinos de mejor reputación, canas y autoridad de esta república por cuyos delitos fueron depuestos de sus cargos…»

Y no es menos ácido respecto a los pobladores de la provincia:

«son naturales de esos reinos; y sus principios en estos, los han adquirido en el comercio clandestino, de que hay comprobantes en los archivos de esta pro- vincia, a cuyo ejercicio siempre les ha quedado indignamente con detrimento notable de la Real Hacienda de V. M. porque han apoyado sus giros con la autoridad de las varas que han ejercido».

Comenta desacatos contra el Obispo, al momento Arzobispo de La Plata y contra otros eclesiásticos, así como el problema por la elección del superior de los Mercedarios (que veremos más adelante) durante los cuales Joseph Martínez estuvo a los escopetazas en el pecho de Esteban y León. Adjunta documentos que muestran la aprobación que su conducta ha tenido de parte de los cabildos de la Provincia, del virrey, del gobernador de Buenos Aires y de la Audiencia de La Plata34 agregando:

«desde mi ingreso al Gobierno no he soltado la pluma y la espada para registrar el Chaco, Fuertes y Reducciones que lo tienen acordonado y contener a los enemigos, para formar planos de la Real Hacienda de V.M. a fin de adelantarla, como se ha conseguido en los Ramos de Sisa y Bulas y finalmente para visitar las dilatadas distancias de estas ciudades y arreglar sus vecindarios y curatos inspirándoles el fomento de sus crías de ganados, plantíos, tabaco y grana y todo lo demás que me ha dictado el celo del público beneficio; con cuyo objeto

34Estos documentos a los que hace mención se encuentran en el expediente de su Residencia (AHN, Consejos 20373).

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entre tres meses y días que estuve en esta ciudad el año de 64 di entre otras providencias las de fojas 337 hasta 360 por donde se reconocerá el celo con que propendí a su quietud adelantamiento y conservación».

Continúa despotricando contra los que llama «desertores de mar y tierra» que se refugian en estas regiones y una vez olvidados sus problemas se hacen escriba- nos y jueces y luego se casan con hijas de hombres de honor y

«al poco tiempo son alcaldes, regidores, procuradores de ciudad, síndicos, notarios del Santo Oficio y finalmente capaces de hacer frente a un obispo a un gobernador y demás ministros de V. M. porque llenan (¿?) sus recursos a nom- bre de un Cabildo o de una ciudad, pero nada se pregunta de quienes son los que le componen, siendo lo más ofensivo a estos vecindarios que por la igno- rancia de los jueces todos estos insultos los proyecta y dirige un religioso en su celda, o un mal papeleísta en su oficina».

Moralmente derrotado, afirma que no hay esperanza en estos reinos si están gobernadas por gente tan inculta y vil. El expediente termina con un largo interro- gatorio destinado a probar sus argumentos y su honestidad que de manera aproxi- mada confirma todo lo expuesto hasta aquí.

Como pudimos apreciar Campero es minucioso en la presentación de su informe. Si bien no se priva de acusar a sus enemigos ni de censurar la conducta de los hispano-criollos, es prolijo en su presentación, acompañando sus asevera- ciones con la documentación respaldatoria pertinente.

Sin duda la ciudad estaba dividida entre los partidarios y los enemigos de Campero. No sólo el Cabildo Abierto convocado por Prudencio Palacios salió en su defensa. En diciembre de 1766 el propio Cabildo eleva un informe al rey sobre la conducta del gobernador mientras se encontraba en la ciudad en 176435. Alaban su celo y amor a su real servicio; y a toda la causa pública de esta Provincia, con edificación de sus buenas costumbres, abandono de su quietud y reposo, gratitud por el beneficio que ha resultado a esta ciudad con la venida de Campero,

«cuyo vecindario dejó antes de restituirse a la de Salta en la mejor armonía y concordia serenados por su sagacidad y prudentes providencias; todas las pasadas discordias y diferencias como hasta lo presente se mantiene, y espera- mos se conserve mediante su notorio talento y nuestra ciega resignación al mejor servicio de V.M., a cuya Real clemencia hacemos presente las demostra- ciones que hizo este oficial el día cuatro de noviembre en obsequio de su Real

35Esta carta posiblemente haya sido solicitada por el propio Campero a los Cabildos de las ciudades, porque la mayoría de ellas elevó informes similares en las mismas fechas. Es probable que haya sido la reacción contra el anónimo que circulaba en esa época.

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nombre en convites públicos conque excitó al vulgo a que demostrasen su fidelidad y amor a V.M. de modo que todos fueron regocijos a su Real nombre: en los cinco meses que residió en esta ciudad administró justicia con notable desinterés a todos: socorrió las necesidades de muchos pobres y particular- mente en los días de la peste36 que se experimentó en los meses de septiembre y octubre, consolando con su presencia y dando diariamente su coche al único médico, que tenemos, para que se condujese a las casas de todos los enfermos, que pasaban de doscientos y ochenta, con otras oportunas providencias pro- pias de una caridad religiosa, y de un ministro fiel, que desea enseñar con su ejemplo; asimismo a las funciones del culto divino, en todas las Iglesias con edificación del Pueblo: visitó las fronteras del Tío y Santa Rosa y tiene el Chaco tan subordinado con las entradas que ha hecho que todos los años salen los infieles a pedir su amistad y reducción….»

Y por todo eso piden a S. M. que les conserve tan buen gobernador. Córdo- ba, 10 de diciembre de 1766. Firman todos los miembros del Cabildo.

Posteriores disputas internas en Córdoba y las medidas tomadas por Campero

Si bien Campero ya no regresará a Córdoba, salvo esporádicamente, los problemas con parte de la población de esa ciudad continuarán. En 1765 el problema de las inmunidades eclesiásticas continúa afectando las finanzas loca- les. Un decreto del Virrey le reitera a Campero que no debe cobrarles sisa ni alcabalas a los jesuitas. El Cabildo arguye, entre otras cosas, que los jesuitas podían hacer pasar por suyas mercaderías de otros seculares pero al mismo tiempo se acusa a Campero de continuar cobrando a los eclesiásticos a pesar de la prohibición de hacerlo.

Asimismo los conflictos por el nombramiento del escribano Sosa se renuevan cada tanto. Su competidor es Nicolás de Ojeda que había sido desterrado de Córdoba por Campero a raíz de los vicios públicos de los que se le acusa. Sosa lo impugna, entre otros delitos, por ser persona que «suscita pleitos, inquietudes y discordias»37.

Por otra parte el cargo de escribano público en esta época está en manos de Clemente Guerrero que se niega a abandonarlo. Con fecha del 30 de enero de 1765, Campero acepta el pedido de Pedro Antonio de Sosa y lo nombra escriba- no de la Real Hacienda y Bienes de Difuntos y como renunció al de Cabildo remata el cargo y adjudica el de Público y Cabildo a D. Antonio Alday de todo lo cual informa al virrey.

36Ver el capítulo «Ciudad y vida cotidiana» en Punta, 1997.

37AMC, Libro 32, f. 262v.

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El 18 de marzo llega orden de Campero para suspender a Guerrero como Escribano Público y de Cabildo. Los miembros del Cabildo se enfurecen, deni- gran a Sosa, lo tratan de plebeyo, dicen que debe ser apresado y que no aceptan nombrarlo, que Sosa está «aliado y protegido de sus opuestos», le devuelven los papeles de cada juzgado y acceso a los cuartos pero se guardan las llaves de ellos. Se sienten agraviadísimos.

No queda muy en claro si la orden de suspender a Clemente Guerrero real- mente se cumple, pero lo cierto es que al poco tiempo los Oficiales de las Cajas Reales lo nombran teniente en las cajas de Córdoba.

No es por azar ni por rigurosidad historiográfica que se comentan estos deta- lles, sino con el objetivo de mostrar las complejidades y perplejidades de la justi- cia y de la burocracia, enredada en disputas facciosas que no se apaciguan en ningún momento. Al menos la situación de Córdoba da la impresión de una sociedad en permanente guerra interna. El problema es que estas tensiones loca- les tienen repercusión en toda la provincia del Tucumán, e incluso regional, pues- to que la competencia de poderes entre distintos niveles institucionales excede el límite de lo local y se expande como círculos concéntricos al espacio global de la monarquía católica en América. Desde el Rey y el Consejo de Indias para abajo, todos parecen compartir la cultura del conflicto como algo inherente a la idiosin- crasia de la sociedad (Simmel, 1995).

En junio de 1765 aparecen en escena tres personajes que tendrán roles prin- cipales en la trama de esta historia. Don Prudencio Palacios38 es designado Jus- ticia Mayor de Córdoba, Joseph Antonio de Zamalloa como Gobernador de Armas de San Salvador de Jujuy y Francisco Toledo Pimentel como Teniente de Gobernador de Salta, y también son designados Miguel de Araoz en Tucumán y en Santiago a Juan Joseph de Paz. Todos tienen el aval de Campero.

Mientras tanto en Córdoba se continúan moviendo los cargos como fichas en un tablero. Guerrero es repuesto en el cargo de escribano del Cabildo por renun- cia de Alday y Sosa es finalmente destituido de sus dos cargos, ambos cambios por decisión de Campero que parece obligado a aceptar las presiones del Cabil- do. Campero informa de su segunda campaña al Chaco y de la Bárcena está ausente desde un tiempo atrás, en pos de su cometido de procurador de la provincia.

A pesar de los esfuerzos de algunos funcionarios y vecinos para apoyar a Campero y apaciguar las disputas internas, otros dos sucesos conmueven a la ciudad. Uno de ellos está vinculado a la encarcelación de un grupo de portugue- ses acusados de espiar a favor de los ingleses y el otro con la elección del Provin- cial de la Orden de La Merced. La virulencia de las disputas que provocaron

38Prudencio Palacios, como vimos, apenas incorporado al cargo es quien organiza el Cabildo abierto a favor de Campero.

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estos sucesos, en sí mismos de escasa envergadura, ocuparon sin embargo, tres extensos cuadernos, el 11, 12 y 13 del expediente de la Residencia de Campero.

Por decisión del gobernador un cierto número de portugueses residentes39 en la ciudad recibió orden de presentarse ante las autoridades cada ocho días, sos- pechados de actividades desleales hacia Su Majestad. Como no cumplieron, el Teniente de Gobernador Esteban y León por indicación de Campero, resolvió encarcelarlos. Pero el Alguacil Mayor Nicolás Guilledo, por propia iniciativa (se- gún otros por indirecta autorización del ayudante del Teniente) los puso en liber- tad. Esteban y León le exigió al Alcalde de segundo voto, Don Cayetano Therán y Quevedo que le formara juicio al Alguacil Mayor, sin que éste lo obedeciera. Therán atribuye todas estas maniobras a las enemistades del Teniente y del Jus- ticia Mayor Prudencio Palacios (su yerno) contra García Guilledo de modo que, cuando Therán le pidió que mostrase la orden del gobernador para obrar de esa suerte, Esteban y León lo denunció ante el gobernador quien haciendo uso de su autoridad lo suspendió en el ejercicio de su vara de Alcalde y encarceló al Algua- cil mayor.

Del propio relato de Therán en el juicio que promovió para recuperar el cargo, se desprende su intención de desconocer la autoridad de los funcionarios reales, a pesar de sus argumentos legales tendientes a atribuir las causas de su desobe- diencia a las enemistades que atravesaban el campo político de la ciudad de Córdoba.

Muchos años más tarde, durante el juicio de residencia a Campero, su apode- rado, Don Gregorio Arrascaeta, presenta un argumento que hasta ese momento no había sido esgrimido, pero que sin duda es pura fantasía: sostiene que los portugueses estaban bajo vigilancia y que la conducta de Therán era particular- mente dolosa porque:

«con el inconveniente de que haciéndose baquianos y peritos de la tierra, formaron mapas y describieron esta jurisdicción para los casos de insultar estos dominios para su nación, o la Inglesa, cuyas precauciones previno el distingui- do celo del Excmo. Sr. Don Pedro de Cevallos cuando remitió dichos portugue- ses presos por espiar y sospechosos, al comando del difunto Teniente de Rey Don Manuel Esteban y León, que por evitar perjuicios públicos que sobreven- drían al estado con el libertinaje de dichos portugueses, dedicó toda su aten- ción y cuidado en tenerlos a la vista y quitarles toda ocasión de observar y reconocer la situación de dicha jurisdicción».

Que al dejarlos libres, los portugueses se internaron tierra adentro,

39En su mayoría se trataba de artesanos; herreros, zapateros, sastres, etc.

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«donde quizás repetirían la demarcación que algunos años antes tenían hecha y reconocimiento clandestino de diamantes; en atención a que dicha nación Inglesa le da a esta ciudad el nombre de Tierra Rica de los Diamantes, que aquí se ignoran»40

Agrega que la Audiencia no conocía nada de esto y que no se podía exculpar a Therán por lo de los portugueses estando los ingleses amenazando a Buenos Aires y que las formalidades que aduce Therán para no haber prestado auxilio al Teniente no valen en caso tan grave. Además, en los testimonios de la época en que se produjo el episodio, solicitados por Arrascaeta, los portugueses atestiguan diciendo que debieron pagarle a García Guilledo sumas muy altas por un solo día de prisión, para poder quedar en libertad.

Por otra parte el hecho de que este asunto se estuviese ventilando durante la residencia de Campero muestra el prolongado juicio que entabla Therán y la vigencia del mismo hasta 1776, cuando procura resarcirse económicamente de los inconvenientes causados por el conflicto, por pérdida de negocios, gastos del juicio y otros problemas. Pero, entre tantos otros, un argumento esgrimido por Arrascaeta para rechazar esas demandas es que Therán era «parcial» de José Antonio de la Bárcena, y ambos «capitales enemigos» de Campero.

Más allá de los datos puntuales, es evidente que la fisura entre los grupos que dividían a la ciudad de Córdoba continuaba abierta diez años después y que ambos bandos persistían en una enconada enemistad. La actitud del Cabildo, en esos momentos, de apoyar a la «facción camperista», parece bastante clara en este asunto como lo será en el otro acontecimiento que conmueve a la ciudad casi al mismo tiempo.

Cuando el conflicto estaba en su punto más álgido, se desata el problema de la elección del Provincial de la Orden de La Merced, de modo que el clima político se enardeció aún más. El primer indicio de que las autoridades y la sociedad estaban involucrados en los asuntos de La Merced lo encontramos en la declaración de Joseph Xavier Sarmiento41, cura rector de la Catedral. Comen- ta que Campero recibió orden del virrey:

«para que se diese auxilio al Presidente que se había nombrado para el capítu- lo que en aquel año celebraron los Padres de la Merced, por haberle negado a éste la obediencia algunos de sus religiosos, precediendo a consultas con va- rias personas de notoria virtud y literatura sabe que el justicia Mayor Don Prudencio Palacios fue de sentir que se diese el sobre dicho auxilio por el temor de que estando abanderizados tanto los religiosos como los vecinos a favor de éstos se originarían en el vecindario nuevas guerras civiles y que fuera de este caso no ha oído hayan dejado de obedecer algunas otras provisiones...»

40AHN Consejos, 20373. Residencia... Exp.1.Cuaderno nº 11, fs. 48r-52r.

41AHN Consejos, 20373. Residencia... Exp.1.Cuaderno nº 1, fs. 33r a 36r.

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La cita es clara, existían conflictos internos a la Orden, y los vecinos se en- contraban involucrados en ellos. La magnitud del problema está probada por la orden personal del Virrey instruyendo al gobernador para que interviniese en este delicado asunto. Como bien lo expresa Jaime Peire, los Capítulos Provinciales de La Merced eran un verdadero «campo de batalla». La Merced era una Orden cuya finalidad principal era reunir fondos para la redención de los cautivos. Esos fondos provenían de sus propios miembros y de donaciones de la sociedad que eran recaudadas por personas a las que se les encargaban tales tareas en cada una de las ciudades. De esa manera la población pretendía participar, aunque fuera en forma indirecta, en la elección del Provincial de la Orden, que se realiza- ba en una asamblea o Capítulo, que se reunía cada cuatro años. Tal asamblea era regida por un Presidente e integrada por vocales elegidos por el provincial saliente. En general eran priores de otras órdenes, ex provinciales y otros frailes prominentes. En el Capítulo realizado en Córdoba en 1766, el conflicto se agudi- zó porque el provincial saliente había sufrido un intento de envenenamiento, y el Presidente, apoyado por el Vicario General del Perú, encontró resistencia para que se eligiese a su candidato (Peire, 2000: 95). La sociedad decidió apoyar a los partidarios del ex provincial y ante la negativa del Presidente a iniciar el capítulo «salieron a relucir las armas» (Peire, 2000: 96). La votación resultó negativa para el Presidente que eligió a su propio candidato, pero el resultado final fue que el Vicario General anuló el Capítulo y eligió a un tercero.

La participación de los miembros del Cabildo (Furlani, 1999)42 y de algunos vecinos, culminó en un confuso tiroteo en las puertas de la iglesia, en el que también intervino don Cayetano Therán, que una vez más acusa a sus «enemi- gos» de haber causado los tumultos.

«el Teniente [Esteban y León] y su yerno el Justicia Mayor y el Alcalde de primer voto pusieron en prisión al Provincial, y de tirarle un trabucazo dentro del sagrado, pero seguida la causa en Vuestro Superior Gobierno por todos los términos, fueron en vista y revista condenados los insultantes en penas pecu- niarias, suspensión de sus oficios y destierro de la ciudad, quedando victoriosa la justicia de mi parte, el Gobernador con el desaire de no haber logrado el fruto de su protección para sus parciales, y aclarada la coligación que con ellos mantenía, como consta de los Autos acordados que en testimonio presenta y juro»43

42Furlani ofrece datos interesantes sobre el origen o parcial origen de los diferentes bandos en que se encontraba dividida la sociedad cordobesa. Según este autor las familias de los Allende, Arrascaeta, Mendiolaza, Guerrero eran más nuevas en la ciudad. Los vecinos más antiguos los despreciaban y los llamaban pelucones.

43AHN Consejos, 20373. Residencia... Exp.1.Cuaderno nº 11, f. 5r

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Podremos agregar un dato que ilustra las redes de poder en estas provincias, más allá del notorio encono del declarante Therán: en todos estos disturbios de La Merced interviene el reemplazante de Therán, Don Enrique Olmedo, tío de la mujer del Teniente y el Recibidor Don Joseph Moyano, antiguo parcial de éste, únicas justicias y regidores que «a la sazón había en Córdoba». En virtud del seguimiento de los personajes a través de distintos avatares de la vida política de Córdoba, la intervención de éstos a favor del fortalecimiento de autoridad del gobernador Campero es evidente. Pero es evidente también que las heridas que dividían a esa sociedad no se habían suturado a pesar de la constante preocupa- ción de Campero por lograr una mejor salud social.

En vista de la magnitud de las acciones emprendidas, la Audiencia ordena abrir una causa y expulsar por un tiempo de la ciudad al Teniente y al Justicia Mayor, aunque después de muchas idas y vueltas son restituidos a sus cargos. Asimismo la Audiencia restituye la vara de alcalde a Cayetano Therán, pero el gobernador insiste en suspenderlo por segunda vez (en noviembre de 1766), agre- gando nuevas causales vinculadas al remate de oficios de regidores. El goberna- dor cuenta en este asunto con el apoyo del Cabildo, que dilata las órdenes de la Audiencia. Campero tampoco las acata totalmente. Es una vez más un proble- ma de competencia de jurisdicciones e instituciones que marcan las característi- cas de toda la época.

Todo esto provoca un larguísimo juicio y nuevas denuncias de Therán desti- nadas a recuperar los gastos del litigio y enmendar los perjuicios que supuesta- mente había sufrido44. El juicio se prolonga hasta 1775, de modo que tuvo que intervenir Fernando Fabro que quedó a cargo de la ciudad desde 1767, adonde había llegado como delegado de Bucareli para hacerse cargo de la expulsión de los jesuitas. Fabro tampoco favorece a Therán; por el contrario se apoya en los amigos de Campero, por ejemplo en Santiago de Allende a quien no le quita la vara como había ordenado por la Audiencia y le permite regresar del destierro arguyendo que necesitaba de todas las personas importantes de la ciudad para la tarea que se le había sido encomendada.

Solo una reflexión final

Durante el gobierno de Fabro Córdoba ya no interviene activamente en las disputas con Campero que, por el contrario, se desplazaron a Salta y Jujuy donde se mezclaron los problemas de la expulsión de la Compañía de Jesús con la insistencia de de la Bárcena en acusar a Campero, entre otras causas, de

44Therán, temiendo que lo encarcelara se refugió durante ocho meses en el Convento de La Merced aunque no había orden de prisión contra él. AHN, Consejos 20373, Residencia, Exp. 1, Cuaderno 11, fs. 48r-52r.

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defraudación del ramo de sisa. Por eso abandonamos la ciudad con algunas pocas reflexiones finales.

Lo que nos interesa en este caso, es ilustrar con datos concretos la permanen- te conflictividad entre las instituciones, los códigos de valor vigentes y la trama «celular» de la sociedad, a partir de una microhistoria que puede proyectarse en amplia escala y que, a su vez, refleja un patrón cultural compartido por el con- junto de la sociedad colonial. El análisis que presentamos muestra con toda claridad la resistencia que la política borbónica encuentra en estas tierras y este es sólo un ejemplo de lo que estaba sucediendo en todas las Indias y la importan- cia de prestar mayor atención a lo que estaba sucediendo varias décadas antes de las llamadas Grandes Reformas.

El período que analizamos nos permite reconstruir tensiones que cruzan diver- sas agencias e instituciones, así como diversos personajes que interactúan en permanentes juegos de disputas y negociaciones. Uno de los ejes de esas disputas era la competencia entre los nuevos funcionarios por un lado y los criollos y los peninsulares radicados de larga data en estas tierras por el otro. Sin duda Cam- pero era una persona que tenía en alta estima la autoridad de la que gozaba. En otros episodios que no podemos describir en esta ocasión, demuestra una acérri- ma intolerancia con aquellos que resisten sus órdenes. No se trata solamente del pésimo concepto que muestra frente a los americanos que ilustramos con varias citas, sino en general contra todos aquellos que, refugiándose en los vericuetos legales, ponían en tela de juicio su autoridad y sus privilegios como gobernador. Estaba convencido que representaba un nuevo orden político y que debía cum- plir sus funciones a rajatabla. Muy lejos de intentar presentar un juicio de valor sobre la honestidad de su conducta, lo que intentamos hacer mediante el presen- te análisis es poner en evidencia a través de sus disputas con la sociedad cordo- besas esos juegos de poder que tenían por escenario las tierras americanas.

Por otra parte, lo que sí resulta evidente es que el final de la historia del gobierno de Campero fue suscrita por el Consejo de Indias dejándolo limpio de todos los cargos que se denunciaron en su contra. La pregunta obligada en este caso, es si el Consejo realmente creyó en su honestidad y en las bondades de sus medidas de gobierno, o si defendía a un representante del nuevo sistema político, más allá de sus desaciertos o de sus posibles dolos o de la persona de Campero. No es por azar que en el juicio de Residencia su intervención tan cuestionada durante la expulsión de los jesuitas aparece prácticamente silenciada. El levanta- miento de los pobladores de Salta y Jujuy y su posterior apresamiento lo convir- tieron en una víctima de las disputas locales por el poder. Los sucesos de Córdo- ba en cambio, por ser de menor importancia política, ocupan numerosos cuader- nos del expediente de la Residencia y probablemente tanto el juez de residencia como el propio Consejo no los consideraron peligrosos para las reformas que se anunciaban. Gracias a eso hemos podido observar desde adentro las permanen-

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tes intrigas en las que estaba envuelta esa sociedad, ya que por su envergadura local fue menos manipulada por los intereses de la Corona. Por eso, la investiga- ción sobre el gobierno de Campero en la ciudad de Córdoba ha permitido ilumi- nar los problemas reales que conmovían a una sociedad que se encontraba en las puertas de grandes cambios institucionales, económicos, políticos y culturales frente a los que ofrecía una fuerte resistencia.

Si el Antiguo Régimen se caracterizaba por la estrecha imbricación entre lo público y lo privado y sobre todo, por la persistencia de la idea del pacto entre el rey y sus vasallos, esta sociedad es un claro ejemplo de pertenecer a ese sistema que la vieja Europa intentaba dejar atrás. Córdoba, y como los cordobeses la mayor parte de los americanos, no parecían dispuestos a aceptar las nuevas reglas del juego político ni las de la nueva moral social y prefirieron continuar deambulando entre los tornasoles de un sistema jurídico que brindaba a cada uno un espacio a la medida de sus apetencias personales y familiares. El abso- lutismo monárquico se daba de bruces con la idea del pacto y una clara prueba de ello son los fallidos intentos de los funcionarios borbónicos por imponer ese absolutismo en el espacio colonial, que como demuestra la historia posterior en estos territorios tuvo un éxito muy escaso.

El objetivo de este artículo, por lo tanto, ha sido el de ofrecer una prueba local que ilustre el choque entre dos sistemas políticos: el del Antiguo y el Nuevo Régimen en tierras americanas.

Archivos consultados

General de Indias (AGI)

Histórico Nacional de Madrid (AHN) Histórico Nacional de Chile (AHNCH) Municipal del Córdoba (AMC)

Instituto de Americanistas Mons. Pablo Cabrera. Universidad Nacional de Cór- doba (ABAC)

Lista de Fuentes utilizadas

AGI: Audiencia de Buenos Aires, Legajos 49 y 217. Diversos Expedientes

AHN: Consejos 20373. Residencia de Fernández Campero

AHNCH: diversos documentos no identificables

AMC: Actas Capitulares de Córdoba

ABAC: Diversos documentos. (ver citas a pie de página)

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