Una revisita a las revoluciones de independencia como revoluciones preventivas: efectos de la “desobediencia e igualación” en la América del Sur de fines del siglo XVIII
A revisiting of the independence revolutions as preventive revolutions: effects of “disobedience and equality” in South America at the late 18th century
Resumen
En la coyuntura crítica que se ubica entre 1780 y 1795 una cantidad considerable de conflictos sociales se sucedieron en un espacio territorial que abarcaba América del Sur (regiones de las Capitanías de Chile y de Venezuela, del virreinato del Perú, Nueva Granada y del Río de la Plata) y el Caribe (la colonia francesa de Saint Domingue (Haití), así una pluralidad de conflictos presentaron desafíos al orden colonial por parte de sectores sociales subordinados. Dos ideas resultaron disparadoras de la presente comunicación, una que desafía la tendencia historiográfica de pensar los movimientos sociales de fines del siglo XVIII no como meros precursores de la independencia, ni como levantamientos en contra y en respuesta a las reformas dieciochescas implementadas en la colonia. La otra, que fueron movimientos que expresaron el punto de inicio de un ciclo de revueltas en contra de la dominación y el sistema colonial que estalló en la coyuntura de 1780-1795, pero cuyo potencial revolucionario resultaría ocluido justamente por los sectores criollos/peninsulares en 1as revoluciones políticas de independencia y en la institucionalidad del nuevo orden poscolonial. Las revoluciones de independencia se expresaron como actos preventivos frente a, por un lado, la potencial corriente liberal española y por otro, de esas clases explotadas capaces de subvertir el orden, no con una acción espontánea o imprevista si no desde una acción colectiva y con conciencia de su capacidad de acción. En todo caso fue, primordialmente, la revolución criolla un acto disciplinar, disciplinante de la rebeldía subalterna.
Palabras claves: Revoluciones preventivas, Conflictos sociales, Sectores subalternos
Abstract
In the critical juncture that is located between 1780 and 1795, a considerable number of social conflicts occurred in a territorial space that covered South America (regions of the Captaincies of Chile and Venezuela, the viceroyalty of Peru, New Granada and the Río de La Plata) and the Caribbean (the French colony of Saint Domingue (Haiti), thus a plurality of conflicts presented challenges to the colonial order by subordinate social sectors. Two ideas were triggers for the present communication, one that challenges the historiographic tendency of think of the social movements of the late 18th century not as mere precursors of independence, nor as uprisings against and in response to the eighteenth-century reforms implemented in the colony of La Otra, which were movements that expressed the starting point of a cycle of. revolts against domination and the colonial system that broke out in the situation of 1780-1795, but whose revolutionary potential would be occluded precisely by the Creole/peninsular sectors in the political revolutions of independence and in the institutionality of the new postcolonial order. The revolutions of independence were expressed as preventive acts against, on the one hand, the potential Spanish liberal current and, on the other, those exploited classes capable of subverting the order, not with a spontaneous or unforeseen action but from a collective action and with awareness of their capacity for action. In any case, the Creole revolution was primarily a disciplinary act, disciplining the subaltern rebellion.
Keywords: Preventive revolutions, social conflicts, subaltern sectors
Fecha de recepción: 28 de mayo de 2024
Fecha de aceptación: 13 de noviembre de 2024
Una revisita a las revoluciones de independencia como revoluciones preventivas: efectos de la “desobediencia e igualación” en la América del Sur de fines del siglo XVIII
Carina Giletta*
Introducción
En la coyuntura crítica que se ubica entre 1780 y 1795 una cantidad considerable de conflictos sociales se sucedieron en un espacio territorial que abarcaba América del Sur (regiones de las Capitanías de Chile y de Venezuela, del virreinato del Perú, Nueva Granada y del Río de la Plata) y el Caribe (la colonia francesa de Saint Domingue (Haití), así una pluralidad de conflictos presentaron desafíos al orden colonial por parte de sectores sociales subordinados. El marco teórico metodológico de este trabajo adopta la perspectiva de la Sociología Histórica.
Dos ideas resultaron disparadoras de la presente comunicación, una que desafía la tendencia historiográfica de pensar los movimientos sociales de fines del siglo XVIII no como meros precursores de la independencia, ni como levantamientos en contra y en respuesta a las reformas dieciochescas implementadas en la colonia. La otra, que fueron movimientos que expresaron el punto de inicio de un ciclo de revueltas en contra de la dominación y el sistema colonial que estalló en la coyuntura de 1780-1795, pero cuyo potencial revolucionario resultaría ocluido justamente por los sectores criollos/peninsulares en 1as revoluciones políticas de independencia y en la institucionalidad del nuevo orden poscolonial.
En este sentido, se intenta presentar una mirada que rompa con periodizaciones clásicas del orden colonial y aborde el propósito de construir conocimiento sobre un objeto de estudio desde una barrida de conjunto, que ponga de relieve la unidad de los problemas de América Latina. La contribución de este trabajo reside entonces en la perspectiva a contrapelo, para destacar un frente de protestas de fines del siglo XVIII desplegado por sectores subalternos en el sentido fuerte de la categoría, invirtiendo el enfoque y privilegiando los efectos-incidencias sobre las causas, las posibilidades sobre los resultados y afirmando que son conflictos sociales por temas políticos. Subalternos en tanto los grupos subalternos se entienden por las relaciones de poder entre quienes lo tienen y quienes no lo tienen. Hablar de subalternidad es hablar de subordinación. Y políticos porque el contexto de transición, el contexto revolucionario a escala global y el contexto modernizante de los Borbones habilitaron a pensar diferente la esfera del poder y el Estado.
Esos procesos crearon condiciones no intencionales para un cambio en el orden político al introducir una cosmovisión novedosa del poder, una visión neutra, voluntarista y utilitarista, desprovista de aparentes límites éticos y además definible tautológicamente –el poder se legitima por el poder– quedando abierto el camino para quienquiera que obtenga poder imponga el cambio. En esta línea el Estado, al concebirse un instrumento de cambio poderoso, que en efecto pareciera estar en condiciones de cambiarlo todo y ponerlo al servicio de quien controla la fuerza, generó condiciones para la transformación social. Y nada impide que otros cambios eventuales se produzcan desde este mismo Estado, pero ahora dominado por otros sujetos con poder o capacidad de acción (Jocelyn-Holt Letelier, 1999).
Así, se tratan y recuperan temas y conflictos sociales que problematizaron las formas del orden pero leídos en otra clave, no como conflictos dentro del orden colonial sino en tiempos de transición histórica, es decir, identificando una coyuntura crítica que abre un período de larga duración cuyo punto de maduración lo constituiría el nuevo orden oligárquico. Se aborda la hipótesis de trabajo, según la cual las condiciones de posibilidad que se generaron en la coyuntura crítica de 1780-1795 condicionaron tanto en la mediana duración la estrategia política de la revoluciones de independencia como en la larga duración la consolidación del orden bajo dominación oligárquica varias décadas más tarde. Esas fueron condiciones de posibilidad para el cambio, pues la disposición estructural de los sujetos tuvo una incidencia que propendió posteriormente a la exclusión social y política de los sectores subalternos. En este sentido se considera, con el análisis en clave de dinámica generalizable, que las insurrecciones llevadas a cabo por sectores subalternos persiguieron objetivos de igualación y de autonomía política, incidiendo en las condiciones de transición al orden independiente.
Las revoluciones de independencia se expresaron como actos preventivos frente a, por un lado, la potencial corriente liberal española y por otro, de esas clases explotadas[1] capaces de subvertir el orden, no con una acción espontánea o imprevista si no desde una acción colectiva y con conciencia de su capacidad de acción. En todo caso fue, primordialmente, la revolución criolla un acto disciplinar, disciplinante de la rebeldía subalterna.
Aportes teórico-metodológicos para revisitar las revoluciones como actos preventivos
En este marco de análisis, la hipótesis de trabajo se propone demostrar la oclusión de la vía revolucionaria de los sectores subalternos y considerar que las revoluciones políticas y de independencias se presentan como la primera forma de contención al potencial revolucionario de dichos sectores, clausuran esa vía y crean una nueva institucionalidad a la medida del nuevo régimen oligárquico de restricción de la participación política. La sinopsis de este proceso sería: coyuntura crítica de 1780-1795 donde se generan condiciones de posibilidad para el cambio por parte de los sectores subalternos, oclusión de esta vía por las revoluciones políticas y de independencia de 1808-1825, consolidación del orden poscolonial y oligárquico como forma de dominación política de clase y de exclusión de la mayoría de los mecanismos de participación política y estado capturado por la clase dominante.
Se torna necesario hilvanar el proceso histórico latinoamericano que amalgama esta línea argumentativa e intenta explicar el paso de las condiciones de posibilidad a la realización, del potencial revolucionario a su oclusión y a la exclusión de los sectores subalternos a la política. Se dará cuenta de que tipo de participación y bajo qué formas se expresa la misma en la coyuntura crítica de 1780-1795 y su posterior obturación en el nuevo orden poscolonial.
De acuerdo con esa sinopsis, el primer momento de la oclusión de la vía revolucionaria de los sectores subalternos estaría en la forma y términos de la ruptura del vínculo colonial entendidas como revoluciones políticas y de independencias. Es así que se acuerda con la línea propuesta por Ansaldi y Giordano en su libro de 2012 América latina, la construcción del orden, de pensar que la ruptura del nexo colonial se dio en los términos de una revolución política en tanto su definición intenta traducir latinoamericanamente el concepto aportado por Theda Skocpol.
La socióloga y politóloga estadounidense realiza una primera operación de clausura, de acotamiento del significado otorgado al concepto de revolución al adjetivarlo. Para ella existen las revoluciones sociales y las revoluciones políticas: “las revoluciones sociales son transformaciones rápidas y fundamentales de la situación de una sociedad y de sus estructuras de clase; van acompañadas, y en parte son llevadas por las revueltas, basadas en las clases, iniciadas desde abajo”; “las revoluciones políticas transforman las estructuras del Estado, y no necesariamente se realizan por conflictos de clases” (Skocpol, 1979: 4-5) Lo que es exclusivo de la revolución social es que los cambios básicos de la estructura social y de la estructura política ocurren unidos.
Por su parte y en esta línea, Ansaldi y Giordano (2012) realizan una propuesta para explicar las revoluciones que se suscitaron con la crisis del orden colonial americano. Al respecto consideran que la distinción realizada por Tilly de “situación revolucionaria” y “resultado revolucionario” es una herramienta teórica y heurística que permite sortear el resultado exitoso de una revolución y reflexionar sobre la revolución como un proceso abierto, que admite tanto la posibilidad del triunfo como de la derrota (Tilly, 1995: 27-33). En este sentido, proponen que una revolución es una lucha total por el poder político del Estado independientemente de la intención o del resultado (Ansaldi y Giordano, 2012). Así también de Skocpol recuperan el concepto de revolución política, para identificar a esas que trasforman las estructuras del poder político, incluso la forma del Estado y mantienen invariantes las estructuras socio económicas y la matriz societal.
En este marco, el primer momento en la forma de oclusión de la agencia subalterna y sus proyectos de radicalización con propuestas de cambios sustanciales provino de una notable percepción de los sectores dominantes (criollos, blancos y propietarios) de la situación revolucionaria en términos de Tilly, donde todos los insurgentes cuestionan el poder establecido –en intento u tentativa– y se debe dar paso al resultado revolucionario o sea la transferencia del poder a los insurgentes.
Ahora bien, para Ansaldi y Giordano esta apreciación fue leída en clave de posibilidades de cambio a favor de los sectores subalternos. Por tanto, la revolución se concentró en los cambios políticos y en la cuestión clave del poder estatal, es decir la de definir qué clase, grupo o fracción alcanzaría el control de los medios de coacción jurídica, política, militar, impositiva, simbólica, de dominio y dirección ideológica. Es así que, si bien los autores reconocen que en ambos bandos que se disputaban el poder el clivaje social era similar (un grupo de composición semejante, donde los blancos podían diferenciarse entre criollos versus españoles, y además la participación popular formó parte de ambos), se agrega a esta explicación un tercer bando compuesto por sujetos subalternos, con capacidad de acción autónoma y con intereses propios que era necesario obturar.
Así, reponiendo nuevamente las palabras de Ansaldi y Giordano (2012), las revoluciones de independencia latinoamericana fueron revoluciones políticas y en el caso de las colonias españolas, fueron los grupos criollos los que plantearon tanto la necesidad de impulsar el proceso independentista como la necesidad de prevenir otro en el que las masas explotadas actuaran como los esclavos en Haití. Se trató de hacer la revolución política para evitar la revolución social. Situación que nos aporta la revolución en otros términos, como planteara Lynch, del tipo de revoluciones preventivas:
los criollos perdieron la confianza en el gobierno borbónico y empezaron a dudar de que España quisiera defenderlos. Su dilema era real. Estaban atrapados entre el gobierno imperial y las masas populares. El gobierno les consentía privilegios pero no el poder de defenderse; las masas que se resentían ante los privilegios podían intentar destruirlos. En esas circunstancias cuando la monarquía cayó en 1808, los criollos no podían permitir que se prolongara el vacío político; actuaron rápidamente para anticiparse a la rebelión popular. Entonces tuvieron que aprovechar la oportunidad de obtener la independencia, no solo para arrebatarle el poder a España, sino, sobre todo impedir que los pardos –o masas populares– se hicieran con él (Lynch, 1989: 28-29).
En esta misma línea, Zeuske expresa para el caso venezolano:
Estas élites, que entre 1808 y 1810, pero sobre todo en lo que hoy se celebra con los bicentenarios (las juntas de 1810), empezaron su propio movimiento político abierto, luchaban con toda fuerza y actividad contra los otros proyectos políticos (¡hasta contra Miranda en 1806!). Sobre todo contra la revolución haitiana y sus agentes y transferencias hacia la Tierra Firme. Se enfrentaban a sus oponentes hasta tal punto que su movimiento de 1810 puede ser visto como un golpe preventivo contra una posible revolución antiesclavista con rasgos caribeños en la Tierra firme (Zeuske, 2011).
Ahora bien, prevenir ¡de qué o de quién? Por un lado, de la potencial corriente liberal española y, por otro, de esas clases explotadas capaces de subvertir el orden, pero no desde una acción espontánea o imprevista sino desde una acción colectiva generada en una coyuntura crítica y con conciencia de su capacidad de acción. En todo caso fue, primordialmente, la revolución criolla un acto disciplinar, disciplinante de la rebeldía subalterna.
Para Carrera Damas (1986), historiador venezolano cuyo planteo es coincidente con esta perspectiva, la ruptura del nexo colonial, como culminación de un fenómeno socio histórico complejo, conjugó “procesos internos de conformación estructural con factores globales que afectaban el todo en el cual se hallaba inserta la sociedad implantada colonial”. Entonces, la independencia fue la expresión política predominante de la ruptura del nexo colonial y ésta “persiguió un objetivo primordial: la preservación de la estructura de poder interna de la sociedad implantada colonial mediante decisiones políticas que pueden ser consideradas como eminentemente clasistas, tomadas inicialmente por quiénes en aquella sociedad ocupaban el punto más alto y predominante de la formación social” (Carrera Damas, 1986: 113).
Es así como se adquiere para esta propuesta el carácter explicativo del concepto de “estructura de poder interna” pues resume claramente la idea de revoluciones de independencias, políticas y preventivas de este momento oclusor de la insurgencia subalterna. Carrera Damas, en ese mismo texto, ha planteado una explicación fuerte y pertinente para esta línea argumentativa: la disputa no era propiamente en relación con la ruptura o la preservación del orden colonial sino en relación con el control de la estructura de poder interna de la sociedad implantada colonial generada en el marco de ese nexo. Esa sociedad implantada es una sociedad jerárquica, multiétnica y desigual basada en criterios de raza-etnia, de status social, de explotación socioeconómica y de lugar subordinado. En ese sentido, por estructura de poder interna comprende:
el complejo de relaciones inter estructurales en función de las cuales se articulan los individuos, los grupos y las clases sociales desde el punto de vista de su capacidad de influir en la marcha general de la sociedad, más específicamente, es el sistema de relaciones que en los diversos planos de lo social se establece entre las clases; este sistema determina la capacidad de cada clase y por consiguiente de los grupos e individuos que la integran para influir en el desenvolvimiento global o sectorial de la sociedad (Carreras Damas, 1986: 113-114).
En otras palabras, es la estructura de control social sobre los sujetos subordinados y las relaciones que permiten el poder entre los dominadores y dominados, que en la situación generada por la coyuntura crítica de 1780-1795 y la que se suma con la crisis de la monarquía española-orden colonial resulta decisiva para clausurar el potencial revolucionario y frenar, aletargar, desarticular los efectos de cambio y las condiciones de realización generadas desde la agencia subalterna.
Recuperar los conflictos sociales en la coyuntura crítica de fines del siglo XVIII en Hispanoamérica y su incidencia en las condiciones de la transición al nuevo orden independiente pondrá en juego de fuerzas la tensión entre condiciones de posibilidad y condiciones de realización. Es así que, desde esta lógica, las revoluciones políticas optaran por la independencia, la desarticulación de esas condiciones para el cambio y la preservación de esa estructura de poder interna de relaciones desiguales y de oclusión de la capacidad agencial de los sujetos subalternos.
Los conflictos sociales de sectores subalternos en la América del Sur durante la coyuntura crítica 1780-179. Caso referencial de Nueva Granada
En un período de tiempo de quince años, que se sitúa en la coyuntura que se abre con el año negro de 1780, parafraseando a Pierre Chaunu, se sucedieron conflictos sociales en Chile, el movimiento de los franceses o de los tres Antonios e insurrecciones en la frontera; en Arequipa –enero– y en la Paz –marzo– con caudillos en el Gremio de los viajeros, en Cochabanba –abril–; en Cuzco, la rebelión de Lorenzo Farfán de los Godos, de maestros plateros y de indígenas, sofocadas antes del estallido, en Huaraz y en Pasco; la rebelión liderada por José Gabriel Condorcanqui, Túpac Amaru II, que se convirtió en el símbolo más emblemático de la rebelión panandina. Esta rebelión fue la conjunción de tres levantamientos regionales: la insurrección de la región del Cuzco, la antigua capital del Tawantinsuyu, dirigida por dicho curaca; el alzamiento de las comunidades del altiplano paceño, una de las zonas de mayor crecimiento económico durante el siglo XVIII, liderada por Túpac Katari; y el movimiento indígena del norte de Potosí encabezado por Tomás Katari y luego de su muerte, por sus hermanos Dámaso y Nicolás Katari; y en Oruro, la sublevación de 1781 (Chaunu, 1964: 66) En Nueva Granada, la rebelión de los comuneros en 1781; en la colonia francesa de Saint Domingue (Haití) en 1791 con la revolución de los esclavos negros y Cuba, en la Capitanía de Venezuela en 1795, una revuelta de pardos y negros convulsionó Coro y Quito; los cuales se constituyeron en conflictos políticos en tanto se instituyeron como frentes igualitarios en una época jerárquica y en tanto demandaron cambios radicales basados en la cooperación y posicionalidad horizontal (Giletta, 2021) Asimismo, estos sectores subalternos que presentaron una conflictividad política formidable a fines del período colonial son definidos desde las condiciones y posicionamiento social de estos grupos como indígenas, mestizos, negros, mulatos, castas, blancos pobres, mujeres, esclavos, trabajadores, labradores, artesanos.[2]
¿Por qué se piensa que este conjunto de conflictos sociales abre un nuevo ciclo cuyo impacto tiene consecuencias en los procesos de independencia? ¿Por qué las revoluciones de independencias son revoluciones políticas que pretenden frenar el potencial revolucionario de estos sectores? ¿Cómo el accionar político de los sujetos subalternos cambió las reglas del orden tardo colonial? ¿Por qué las elites criollas, en la ruptura del nexo colonial, le imprimieron un sello tan reaccionario al proceso independentista? ¿Por qué el orden poscolonial se consolidó bajo la exclusión como forma predominante de control social y político?
Los indígenas, negros, mulatos, esclavos negros, mestizos, castas, fueron conscientes de los cambios políticos que la monarquía iba implantando en sus territorios y, conforme ello ocurría, definieron sus posiciones en la organización local. El propósito es demostrar con fuentes documentales y discusiones historiográficas cómo los sectores subalternos fungieron como actores políticos autónomos, con poderes de agencia mediante mecanismos de solidaridad, alianzas y mediaciones que se desarrollaron en dicha coyuntura.
A modo de ejemplo, se presenta el área de Nueva Granada y se seleccionaron para su descripción y análisis conjuntos de acciones de protesta de sectores subalternos que presentaron desobediencia e indicios de igualación desde una posición colectiva, así como fuentes que ilustran sobre la percepción de los sectores dominantes de las consecuencias que el frente de protesta tendría sobre los desafíos al orden. Entre abril y mayo de 1781, los días de mercado, en la Villa del Socorro y otras ciudades de Nueva Granada, durante una serie de tumultos de personas de la región contra las autoridades del virreinato, debido a los estancos establecidos al cultivo del tabaco y al aguardiente, y por el establecimiento de nuevos impuestos; se llevó a cabo la lectura de la llamada Cédula del común, panfleto escrito en verso, cuya autoría se atribuye a un fraile dominico, difundido entre los Comuneros que participaron en los levantamientos contra las autoridades del Virreinato de Nueva Granada.
El siguiente fragmento permite aproximarnos a una visión de la situación de conjunto del área en conflicto, además de la supuesta “ayuda recibida desde el Perú”, que le da un marco regional amplio a la protesta:
Los principales lugares de este Reyno cansados de sufrir las continuas pensiones con que el mal gobierno de España nos oprime con la esperanza de ir a peor, según noticias: hemos resuelto sacudir tan pesado yugo, y seguir otro partido para vivir con alivio. Sabemos que esa Provincia toda desea lo mismo, y asi emprenden sus mejores resoluciones, que las fuerzas unidas son invencibles… del Perú tenemos ayuda y traza para todas las dificultades que se nos objetan con poderosa ayuda para tomar los puertos (De José de Ábalos a Luis de Unzaga”, Caracas, 14 de julio de 1781, A.G.I. Caracas 425. Comuneros de Mérida, T. I, 352. f. 109).
Para un conocimiento general del proceso se torna necesario presentar cierta cronología de los hechos, tanto para identificar los sujetos sociales, la dinámica del proceso y los efectos luego de la pacificación del movimiento. Si bien ya se expresó que en este trabajo las causas no son analizadas como tal origen de la acción de los rebeldes, sí importan cuando de ellas se desprenden los efectos y demandas así como también las posibilidades que se generaron para proponer cambios.
En este sentido, resulta oportuno destacar, en primer lugar, el comienzo de los tumultos, cuya “chispa” la enciende Manuela Beltrán y su acción de arrancar el edicto del aumento del impuesto de Barlovento frente a la puerta de la administración de las alcabalas (16 de marzo a 17 de abril de 1781) protagonizada y dirigida por las mujeres, los campesinos y artesanos de la región de Guanentá. En segundo lugar, un movimiento de sectores subalternos “comuneros” o del “común” (18 de abril a 7 de junio de 1781) donde se suman las elites de la capital del virreinato y luego las locales, y donde las élites del Socorro asumen “cierta” dirección política y militar de la población movilizada, hasta la capitulación en Zipaquirá y la desmovilización del conjunto comunero. Simultáneamente se presenta el ascenso al poder de una junta de gobierno –Junta de tribunales– que buscó acuerdos y negociación con los comuneros. En tercer lugar, el intento de la junta de gobierno pro-comunera de implementar lo capitulado y de reorganización tras la desmovilización del conjunto comunero hasta la captura del líder José Antonio Galán por las elites del Socorro (7 de junio-13 de octubre); en paralelo a la represión realista, y comienzo de lo que se conoce como “pacificación” y sentencias de castigos a los percibidos como parte del movimiento (Peña Aguilera, 1983: 99).
Lo que comenzó con un motín anti fiscal se convirtió en pocos meses en una movilización de población de la plebe, en un movimiento social que fue ganando madurez y organización cuyo momento culminante fue el desafío al poder político colonial. Pese a que durante la protesta contra el edicto del impuesto de Barlovento el día 16 de marzo en el Socorro, los manifestantes actuaron cubiertos con sombreros gachos para no ser identificados por las autoridades locales, los dirigentes del motín fueron advertidos (Peña Aguilera, 1983). Entre sus miembros se encontraban los tejedores Isidro Molina y José Delgadillo, y los carniceros Roque Cristancho, Pablo Ardila, Ignacio Ardila y Miguel Uribe, también el Capitán José Antonio Galán que era “labrador”, su hermano Juan Nepoceno Galán era sastre y arriero, Miguel Fulgencio Vargas que fue apresado con Galán era “sombrerero” y a veces jornalero, Manuel Ortíz era portero del cabildo del Socorro, Juan Lorenzo Alcantúz era “talabartero” y Manuela Beltrán “hilandera”. En este sentido, la idea de remarcar los oficios es para dar cuenta de la pertenencia a los sectores subordinados de los manifestantes, así como de cierta solidaridad horizontal entre sus miembros.
Existe cierto consenso en la historiografía –porque además surge de las fuentes– en que la expresión “Viva el rey, pero no pagaremos el impuesto de Barlovento” se grita en el Socorro, y “Viva el rey y mueran sus malos mandatos” en Simacota (Peña Aguilera, 1983: 102). Se puede aducir entonces que los sujetos subalternos tenían identificado a quien iba dirigido el reclamo, al rey, no entendido como una clásica expresión de tinte conservador sino rebelde. Estos sectores se dirigían directamente al rey y a su poder político, percibiendo que existía una “oportunidad política” para imponer sus aspiraciones y descontentos. Si bien no hay datos que indiquen que la movilización fue organizada con antelación y contó con cierta “espontaneidad”, requirió seguramente un mínimo de organización previa y la existencia de ciertos sujetos –Manuela Beltrán y los tejedores– que atizaron la inconformidad de la población y le imprimieron una cierta dirección y ordenación.
En este sentido, la división o la suma de las elites a su protesta les dieron la posibilidad para continuar más allá de los motines anti fiscales. Si las elites locales y/o centrales estaban divididas ante la participación ésta resultó –paradójicamente– la ocasión propicia para imponer sus demandas.
La rebelión de los comuneros y las fuentes documentales: Cédula del común
A continuación se analizarán las fuentes documentales que nos permitan dar cuenta de las variables establecidas para la perspectiva comparativa y que expresen las condiciones de posibilidad para proponer cambios y los efectos en la larga duración de las acciones de los sectores subalternos frente a la coyuntura crítica de 1780-1795.
Uno de los indicios de igualación que se observa en el documento es la misma esencia de “Cédula”. El documento que ayudó a movilizar a los comuneros, la Cédula del común, se llamaba así en contraposición a la Cédula Real, para dar a entender que buscaba ser un “mandato”, esta vez, del pueblo, del común y que podía tener la misma jerarquía. Las autoridades, sin embargo, la llamaron en sus informes al rey, “el pasquín”, “libelo difamatorio” “incendiario” y otros calificativos por el estilo. Lo llamaron Cédula, “con todas las prerrogativas que corresponden a los prescriptos de los legítimos soberanos” según afirmaba un testigo de la época, el capitán Salvador Plata –primero parte del movimiento y luego pasado a las filas de las autoridades– y la hicieron tanto publicar a voz de pregonero, como imprimir varias copias, que fueron entregadas a los vecinos. Algunos –dice el testimonio de Salvador Plata– lo portaron en su cuello, como símbolo de la lucha, que a partir de entonces se convierte en “santa, justa y de natural derecho” (Plata Quezada, 2011: 476, énfasis en el original).
Existe cierto reconocimiento de las autoridades coloniales de que el documento generó efectos impredecibles en la población subalterna de consecuencias revolucionarias y en la construcción de un carácter indómito, por ejemplo, el clérigo capuchino fray Joaquín de Finestrad, desde su posición de agente de la contra-insurrección, aprecia, el carácter trascendental de la Cédula, al decir que bajo los diversos pretextos que alegaba “esparció la cizaña de la falsa doctrina y comunicó el mortal veneno de la desobediencia y obstinada infidelidad al orden superior y las leyes de la sociedad” (Plata Quezada, 2011: 477).
Si bien las demandas tienen un fuerte contenido social y económico, eso no desmerece el fuerte tinte político de las mismas, apelaron a la desobediencia de las autoridades y del ejército:
No temas aunque veas a los soldados
con bayonetas, fusiles y morteros,
que si no son los de aquí, que hay arreglados,
estos son unos pobres borriqueros,
que sólo con que sean bien gargajeados
serán despojo de los despeñaderos.
Y si son de los nuestros, no te apures
que las balas irán hacia las nubes
(Plata Quezada, 2011: 483).
Desafiaron a las autoridades políticas y al gobierno “legítimo” por ajeno y usurpador:
A más que si estos dominios tienen
sus propios dueños, señores naturales
¿por qué razón a gobernarlos vienen
de otras regiones malditos nacionales?
De esto nuestras desdichas nos provienen
y así para excusar fines fatales,
unámonos, por Dios, si les parece
y veamos el Reino a quien le pertenece
(Plata Quezada, 2011: 485).
También, los comuneros apelaron a una escala continental y de sublevación común en el espacio americano –México y Lima–, indicio de importancia novedosa, de peligrosa radicalidad y percibida como tal por las autoridades:
Sólo nosotros estamos de pendejos
En las Indias las vainas aguantando,
Pues en Méjico y Lima por espejos
Tenemos de que ya van levantando
La voz de su dolor y sus aquejos,
Con que ya de sus llagas van sanando
Y así, por Dios, librémonos de ultrajes
Y dejemos el don de ser salvajes
(Plata Quezada, 2011: 486).
En el mismo sentido, se puede citar a las famosas 35 demandas comuneras que se exigieron para no tomar las ciudades, dónde apelaban a la posibilidad del autogobierno y participación criolla total en el poder y reflejaban una sentida hostilidad hacia los funcionarios peninsulares (Lucena Salmoral, 1980-81: 31). Además de insistir en la expulsión del visitador Gutiérrez de Piñeres, en las palabas de los comuneros se evidencia una identidad común local –entre los de acá y los de allá– y un mensaje claro de igualdad entre los “americanos”:
Que en los Empleos de primera, segunda y tercera plana hayan de ser antepuestos y privilegiados los nacionales de esta américa a los europeos, por cuanto diariamente manifiestan la antipatía que contra la gente de acá conservan... pues están creyendo ignorantemente que ellos son los amos y los americanos todos, sin distinción, sus inferiores criados; y para que no se perpetúe este ciego discurso, sólo en caso de necesidad, según su habilidad, buena inclinación y adherencia a los americanos, puedan ser igualmente ocupados, como todos los que estamos sujetos a un mismo rey y señor y debemos vivir hermanablemente; y al que intentare señorearse y adelantarse a más de lo que le corresponde a la igualdad, por el mismo caso sea separado de nuestra sociabilidad ( Palacios y Safford, 2011: 129).
A los fines de este texto, resulta clave destacar la participación de líderes indígenas como el caso de Ambrosio Pisco, comerciante indígena oriundo de Funza, quien llegó a autoproclamarse “señor natural de Bogotá” (actual Funza) y/o “Señor de Chía y príncipe de Bogotá”. Ellos agregaron al pliego de las 35 demandas la devolución de tierras tomadas a las comunidades amerindias y organizaron milicias. Así pues, resulta importante enfatizar que en la sentencia lo culpan de atentar con la rebeldía de ser un “igualado”, es decir, tomar cargo de autoridad y ejercerla: “él ha ejercido actos de alto imperio, cual es libertad y exención de tributos, y le han dado obediencia y reconocido por tal” (Biblioteca Nacional de Colombia, Fondo Antiguo, “Criminales contra Ambrosio Pisco por titularse señor de Chía y príncipe de Bogotá”, Santa Fe, 2 de junio de 1781). También se sumaban a las demandas los pedidos como el no pago de tributo a la Corona, la devolución de las tierras indígenas expropiadas por presión de los criollos, o la devolución de las salinas de Zipaquirá a los indígenas.
La rebelión de los comuneros y las fuentes documentales: indicios de igualación y desobediencia
Como se expresara, el movimiento comunero es un conjunto de actos de rebeldía que aúna la participación de los sectores subalternos. Un indicio de igualación y desobediencia a la autoridad virreinal se percibe en las palabras dictadas en la declaración de Salvador Plata con respecto a los acontecimientos en San Gil del 24 de marzo que reflejaba la actitud independiente de los llamados “atumultuados”:
San Gil se sublevó primero que el Socorro contra las Reales Administraciones de Alcabalas, Tabaco, Aguardiente y Naipes; y sus Capitulares tuvieron la vergonzosisima paciencia de que las mujeres más viles del lugar los echasen a empujones de su Sala, ocupasen sus sillas y dictasen providencias, como depositarias de la Autoridad Real. ¡Hasta la sujeción de las mujeres se ha enrevesado en la villa de San Gil! Todo esto sucedió antes que el Socorro hubiese nombrado Capitanes (Defensa de Salvador Plata, numeral CDXLIII. Cit, Martínez Covaleda, 2014: 270).[3]
Al respecto, es dable rescatar el accionar de las mujeres en este movimiento, cuya percepción por las autoridades refleja no solo su importancia sino su capacidad de igualar y usurpar la capacidad de adoptar medidas de decisión política que se suponían privativas de varones y autoridades reales. De la lectura de las fuentes emerge constantemente también un acto de rebeldía de las mujeres cuando son ellas las que realizan determinados actos. Por ejemplo, una mujer rompió y puso los pies en el escudo de armas u otras arrancaban los edictos reales. Como sostuviera Don Salvador Plata en su Memorial, ese era un acto “que indicaba una especie de subversión del vasallaje” (Lucena Salmoral, 1982).
En gran parte, la historiografía sobre los comuneros se ha detenido poco en la participación de los descendientes africanos en esta rebelión. Al respecto, resulta conveniente rescatar el ya citado libro, El Pueblo y el rey, del historiador John Phelan (2009), el cual trata la cuestión política pero desde la perspectiva tradicional –restauración de la vieja forma del pacto–, y en el que analiza los distintos intereses que posibilitaron las alianzas entre diversos sectores. Para desarrollar su obra, se detiene en el accionar de tres actores: los plebeyos y sus quejas contra los tributos, las rentas estancadas y el aumento de los precios; los patricios y su lucha por el autogobierno; y, finalmente, los indios y mestizos y sus reclamos sobre tierras comunales. No obstante, se puede rescatar la mención a la participación de sectores negros en dos párrafos, haciendo alusión a una revuelta esclava fallida y tomándola como evidencia de que el movimiento comunero presentó a los esclavos la utopía de la libertad personal. Una razón para la poca atención dada por historiadores a la participación de esclavos y negros libres, tendría que ver con el hecho de que el área donde el movimiento comenzó y adquirió fuerza no tuvo una población negra tan numerosa como otras provincias y, en consecuencia, su presencia fue relativamente pequeña.
Vale destacar que en varios reportes locales se menciona a los mulatos de La Palma. Por ejemplo, en una carta dirigida por el oficial real de Honda al oidor de la Real Audiencia de Santa Fe, Don Juan Francisco Pey Ruiz, señala que dos cañones habían sido robados por los Comuneros. De acuerdo a su epístola:
los del insulto han sido veinte y ocho mulatos de los territorios de La Palma, según las señas de sus trajes, los cuales con la mayor libertad se mantienen de día acampados en el llano de aquella villa, al pie del sitio que se nombra de las Lajas, armados con lanzas, y sables, y al intento de vender varias cargas de tabaco que tienen acondicionadas en costales, a vista de los pasajeros a quienes no dejan de aterrar con las preguntas que les hacen, amenazándolos en el caso de que conduzcan algunas cartas o noticias que toquen a su libertinaje e insolente procedimiento –creo que en el día de hoy salga de esta villa una expedición con varios sujetos con bocas de fuego para contener aquel orgullo (Carta del virrey Manuel Florez al Secretario Gálvez, AGI, Santa Fe, 578, paquete No. 1).
La Palma, localizada en cercanías del río Magdalena, tenía una de las poblaciones esclavizadas más grandes de la zona. En otros registros documentales como cartas privadas, oficios y documentos públicos se registra la información de los rumores sobre una cédula que otorgaba la libertad. En efecto, el rumor de la existencia de una cédula del rey que otorgaba la libertad a los esclavos dio origen a una iniciativa rebelde en la provincia de Antioquia, en donde, desde el mes de agosto de 1781, los esclavos de las minas de Petacas, al mando de un negro conocido como Pelayo, se habían movilizado por las minas y haciendas difundiendo la noticia de que su majestad había firmado la cédula en la que se ordenaba su liberación, e incluso contemplaron la idea de avanzar desde Santa Fe de Antioquia y luego a Medellín, en la Provincia de Mina en una carta al gobernador se expresaba que:
los esclavos andan inquietando a los demás de las provincias para proclamar la libertad, … que son un mulato y un negro arriero …no desprecie la noticia porque de una chispa se arma una foguera que no se puede apagar (Carta al gobernador de Antioquia sobre levantamientos de esclavos proclamando la libertad, Sancho José Londoño, Provincia de la Mina, 2 de diciembre de 1781).[4]
En la parroquia de Villavieja, Provincia Neiva, los esclavos unidos a los mestizos, gritaron “que toda la hacienda les pertenece‚ como herederos de los referidos padres jesuitas” (Londoño: 1781), el mismo capitán mestizo José Galán liberó a los esclavos negros en la región del Alto Magdalena. La situación generada por la alta conflictividad sumó la presencia de esclavos y mulatos cuyas acciones quedaron documentadas por las autoridades y amos propietarios como sublevados, levantados y conspirados, que proclamaron la libertad como alto acto de rebeldía y fueron castigados con cárcel y acusados con el delito de conspiración.
Con respecto a los indicios de efectos en la larga duración, apertura de un nuevo ciclo, crisis del orden colonial y alteración-impacto en/del orden poscolonial, conviene retomar al clérigo Joaquín de Finestrad, fraile capuchino celador de la monarquía española y garante del orden social en el territorio de Nueva Granada, quien escribió un célebre documento titulado El vasallo instruido en el estado del Nuevo Reino de Granada y en sus respectivas obligaciones. Instrucciones que ofrece a los literatos y curiosos en 1783 y 1789.[5] El mismo resulta luego de ser encomendado por las autoridades coloniales y religiosas para integrar –junto a dos misioneros capuchinos: Félix de Goyanas y Miguel de Villajoyosa– “una comisión que tenía como objetivo, después de la neutralización y dispersión del movimiento comunero, visitar las regiones y pueblos sublevados con el fin de predicar la “pacificación” y la legitimidad del gobierno imperial sobre el reino y sus pobladores. En ese entonces se llamó a la misión visita pastoral” (Díaz Jaramillo, 2011: 77).
En este marco, Finestrad realiza una serie de observaciones y expresiones de las cuales se infiere el impacto del movimiento y la necesidad de frenar las consecuencias en la alteración del orden. No obstante, el clérigo reconoce que las protestas contra los impuestos fue una farsa y que la verdadera rebeldía era contra la legitimidad política:
sólo el celo del mejor real servicio y de la salud de las almas me precisa a tomar la pluma y hablar…, en defensa de la autoridad pública y Majestad temporal, para desengaño y confusión de aquellos que gobernados, por el espíritu de ilusión, intentan desmentir con el disfraz de injusticia en los tributos la temeraria y rebelde acción de tomar las armas en forma de comunidades amotinadas contra la soberanía (Finestrad, 1783-1789: 3).
El reconocimiento de que se trataba de una rebelión de sectores sediciosos contra la autoridad a los cuales identificaba como “rebeldes” queda expresado en la siguiente cita:
Tomar las armas, alistar tropas, formar bandos, promover facciones, unir malcontentos, fundar partidos, fomentar sediciones a fin de ofender la real justicia, destruir el real erario, vilipendiar y quemar las armas del Rey, hacer liga con los enemigos del Príncipe, procurar juntas de comunidades armadas para la tirana resistencia de los mandatos superiores, ¿qué otra cosa es sino una formal rebelión? … Los que se separan realmente de la obediencia del Rey y se visten del espíritu de oposición, declarándose por parte del partido contrario son propiamente rebeldes? (Finestrad, 1783-1789: 3).
Entre sus efectos de larga duración es posible advertir en las palabras de Finestrad que tras el disfraz de la queja por los impuestos se esconde uno de los verdaderos motivos políticos de los rebeldes que era la independencia. Lo que no deberíamos interpretar literalmente como independencia de España si no que se entiende que hay indicios de gobierno autónomo por parte de los rebelados: “No es, pues, la injusticia de los tributos la causa de tan furiosos delirios. Otro es el origen y otros son los ocultos designios disfrazados por los amigos de la independencia”, percibe el celador del vasallaje.
Con respecto a indicios de igualación, el padre Finestrad retrata la osadía de estos “vasallos” de querer igualarse al tomar por su cuenta instituciones, medidas y justicia que son legítimas en manos de las autoridades:
Se pensó desnaturalizar la religión, la política y el vasallaje, se trastornó todo el buen orden; los miembros se transmutaron en cabeza; los súbditos en superiores; los fieles en partidarios; los hijos en extranjeros y el Real Erario en rentas comunales. Formó su motín la plebe (Finestrad, 1783-1789: 6).
Con relación a la identificación que hace el cura capuchino de los sectores rebeldes, existe una cierta intención de desenmascarar su verdadera intención política al nombrarlos desde un criterio que sólo adjetiva su subordinación o su calificación conflictiva, así como restarles la posibilidad de pensar autónomamente e imputarles dejarse guiar por ideas sediciosas. Por ejemplo, es común encontrar en el documento expresiones como despechados, hijos bastardos del Reino, miembros contagiosos de la sociedad, monstruos rebeldes, plebe amotinada, inhumana comunidad, sacrílegas facciones, plebe sediciosa y tumultuada, partidarios de la inquietud y sedición, al vulgo preocupado, ignorante, seducido y fácil para concebir imaginarias ilusiones, como pronto a recibir inspiraciones de ideas tristes y sediciosas, entre otras (Finestrad, 1783-1789: 35). Es así que la percepción de que los efectos de las acciones y posibilidades de cambio de los rebeldes sobre el orden social y político podían continuar, y era necesaria una erradicación y advertencia con su Visita disciplinadora a las poblaciones y consejera para las autoridades:
¿En qué derecho se permite que los vasallos levanten y mantengan cuerpos de tropas respetables para llevar adelante su despecho? ¿Qué república o monarquía ha sufrido con pacienza silenciosa la soberbia temeridad, la audaz presunción y la sacrílega osadía de los vasallos que en calidad de tropas armadas, de juntas desleales y sediciosas juzguen su misma causa, se declaren arbitros de su litigio tomándose temerariamente la licencia atrevida de jurisdicción suprema?¿Y no es este despechado arranque el que en el año de ochenta y uno, en el mes de Marzo, acreditaron los hijos de este Reino?¿Y no es esta la hidra monstruosa de los abismos que levantó su conspirada y tumultuada cabeza, intentando con soberbia preocupación oponerse al trono? (Finestrad, 1783-1789: 36).
Especial mención merece este apartado para quien entre 1783 y 1789 ya percibía en esta plebe multiétnica, desde América y con una escala mundial atlántica, la capacidad de acción política frente a la autoridad. Ya lo había advertido sobre la difusión de la Cédula del común, don Salvador Plata en su Memorial, al expresar según él que la dicha Cédula es un “libelo insurreccional” que se convirtió en la “hidra de la sedición…que…puso en combustión al reino entero” (Lucena Salmoral, 1982).
La identificación con la hidra tumultuosa nos permite relacionar estos ejemplos con la percepción que también compartían los rebeldes de otras latitudes, ya observadas respecto de la transmisión circular de experiencias desde Europa a África, luego a América, y finalmente de vuelta a Europa, puesta en movimiento por las corrientes atlánticas (Linebaugh y Rediker, 2005: 14). Sin embargo, también es dable aclarar que del mismo modo se transmiten las experiencias de percepción desde los círculos dominantes que esa hidra tumultuosa es peligrosa y capaz de subvertir el orden social y que los mismos gobernantes que utilizaban la imagen de Hércules como representante del progreso, la fuerza y del orden descubrieron en la hidra policéfala un símbolo antitético de desorden y resistencia, una fuerte amenaza a la construcción del estado, el imperio y el capitalismo.
Para Finestrad (1783-1789), los autores de la Cédula del Pueblo seguían a “filósofos libertinos, amigos de la independencia de toda soberanía”, y en su razón de pacificador y de ordenador de las regiones rebeldes la idea de independencia que planteaba el escrito es avistada como de limitación de la monarquía y logro de gobierno autónomo; es haber asumido y comprendido que estos rebeldes captaron la idea de que el orden no es dado ni natural sino creado y concertado entre todos los miembros de la comunidad. Esto no podía ocultársele a las autoridades pues en la Cédula ya no se expresa el “viva el rey”. Esta omisión es importante ya que aparece la expresión “Viva el Socorro y muera el mal gobierno” que sustituye la primera. De esta manera se renunciaba implícitamente a la lealtad debida al rey y se la otorgaba al común.
Asimismo, no es menor el nombre de Túpac Amaru referido en la Cédula, que no solo evidencia la escala regional y comunicacional presente si no asimismo el carácter revolucionario de imponer un rey descendiente de indígenas y líder de la causa rebelde. Es así que se expresa “Quito, Popayán y su palestra A Tupacamaro gritan por amarlo”. También es necesario ampliar que la dicha mención de un nombre sinónimo de rebeldía no es propia de la Cédula si no que hay mucha evidencia de su proclamación en la región y su llamado de alerta por parte de las autoridades, tanto durante el periodo que duró el movimiento como con posterioridad. Es así que un pasquín registrado por Phelan (2009) que decía “Viva el Rey Inca y mueran los chapetones, que si el Rey tiene calzones; yo también los tengo”, circulaba por la zona.
De los datos brindados por la Biblioteca Nacional de Colombia, Colecciones digitales, repositorio clave del movimiento comunero, surge que José A. Galán proclamó a Túpac Amarú como rey de la Nueva Granada en el Alto Magdalena. El 19 de mayo de 1781, vecinos criollos dirigidos por Javier de Mendoza en los Llanos depusieron al gobernador y el primero se proclamó apoderado o subalterno de Túpac Amaru. En el pueblo de Silos, el 14 de junio de 1781, todo el Común de ese pueblo se reunió con la bandera comunera y tambor y dijo “Que viva el Rey Inga y Muera el rey de España y todo su mal gobierno y quien saliere a su defensa”. El 23 de mayo el común del Cocuy anunciaba que había un nuevo rey que era:
el poderoso rey inca Tupac Amarú”… “Señores capitanes y tenientes de los pueblos de Tamaxa …los participamos como rey nuestro en Las Indias, y se llama el poderoso D. Josef Francisco Tupac Amaru y dicen biene quitando todos ... y las hemos quitado nosotros ..., quebrando basijas de aguardiente y quemando tabaco, y al administrador de la salina le hemos quitado el dinero, y los hemos vuelto a sus dueños (Común del Cocuy, 1781). [6]
Así como el 14 de junio los indígenas de Silos, con la presencia de capitanes criollos, proclamaron al Inca como su rey; el 6 de julio en San Juan de la Vega un capitán comunero, después de liberar los esclavos de una hacienda, anunció que “ya tenían nuevo rey en Santafé” (Común del Cocuy, 1781).
Se puede interpretar que la expedición de la Cédula es la manifestación de la capacidad de convocatoria de la cultura política de los comunes, dentro de un proceso de subjetivación política de los sectores subalternos. En ella se logró expresar y agrupar diversas aspiraciones colectivas y los tumultos de los rebeldes crearon dinámicas participativas y representativas inexistentes. Es allí donde reside el carácter revolucionario, instituyente, del conflicto y dónde sus efectos son percibidos por los sectores dominantes como capaces de alterar el instituido orden de las cosas.
Asimismo, resulta clave la carta del virrey Flores al ministro de Indias José Gálvez, a principios de julio de 1781, donde manifestaba su preocupación por cómo en la Nueva Granada, pese a haberse capitulado, se miraba cada vez con más fuerza el ejemplo independentista de la Nueva Inglaterra, ex colonia y ahora libre nación de los Estados Unidos de América:
La adjunta copia entenderá a V Ex(a) de lo que en esta ocasion escrivo a la Havana, y de mis recelos; porque las especies de la independencia de las Colonias Ynglesas del Norte anda de boca de todos en el Tumulto; y aunque no son capazes de Formalizarla; sin embargo en estos asuntos, no conviene despreciar en los principios ni la menor chispa. Lo que aseguro es, que si pueden lo haran; y que quando menos en él País levantado, no quedara, gobierno, ni Real Hacienda, rastro de Justicia y que cada uno hará lo que quisiere. Este estado violento los arruinará ¿pero que fruto se sacará de un Pais arruinado? (Manuel Flórez a José de Gálvez, No.30, Reservada de Preferencia, Principal, Cartagena, 11 de julio de 1781, en Martínez Covaleda, 2014: 339).
En las palabras del virrey se puede advertir el efecto de corte político con España, pero en el marco de presentar conocimiento sobre otras colonias que se independizaron, situación que no solo evidencia la novedad sino además la necesidad de “no despreciar los principios ni la chispa”, es decir, el potencial revolucionario de unos rebeldes que no acatan la legitimidad de su rey.
En este sentido, el mismo virrey alertó sobre la dinámica de la comunicación de noticias y experiencias que se trasmiten por el mar Caribe dentro del fenómeno que refiere a la atlantización del espacio, en sus palabras:
perdonando los exceso con condicion precisa de que se deshicieran tales ilegales y perversas asonadas: Temiendo pues las resultas asi en lo interior, como lo que pueden intentar los Yngleses a cuia noticia, sino ha llegado ya, es de presumir lo sepan presto en Jamayca, y cuio fin no necesitan estos hacer un armamento considerable bastandoles uno muy moderado que auxilie a los naturales, si estos los llaman o conbidan para encender un Fuego imposible de apagarlo yo con las cortas fuerzas que hay actualmente reducidas a la Milicias de esta Provincia (De Manuel de Flórez a Gobernador y Capitán General de la Habana, Cartagena, 1 de julio de 1781, en Martínez Covaleda, 2014: 340).
La preocupación del sucesor virrey-arzobispo Caballero y Góngora por comunicar al ministro Gálvez las noticias de las sublevaciones de la América del Sur que ponen en futuro incierto el poder de dominio del rey sobre estos territorios se registraba todavía en 1788, sumada al temor del apoyo inglés a los mismos por su enfrentamiento con la corona española. Se tenían noticias “de un levantamiento mui peligroso en los Reynos del Perú y Santafé en la America Meridional, tanto, q(e) se cree q(e) sacudirán el yugo del Gobierno español”. Además, tuvieron información que tres buques ingleses habían llegado al Mar del Sur con armas “para el uso de los naturales levantados, y que publicamente declaran su intencion de obrar solamente en los terminos que la Francia, y la España lo hicieron con la Ynglaterra, y sus posesiones en la America” (De Caballero y Góngora a José de Gálvez, No. 134, Reservado, Cartagena de Indias, 15 de diciembre de 1784, Documento Anexo a Carta No. 134, “Extractos de algunas especies sobre inquietudes q(e) se hallan en algunas Gacetas de Jamayca, en Martínez Covaleda, 2014: 341).
La rebelión de los comuneros y las fuentes documentales: indicios de alianzas
Llegados a este punto, resulta necesario aclarar que hubo participación de las elites en el movimiento comunero –tanto del Socorro como de Santa Fe–, situación que no invalida la participación subalterna. No obstante, dicha participación estuvo siempre tensionada por la dirección subalterna en la radicalidad de la protesta como en el número de movilizados pertenecientes a este sector (se menciona siempre un ejército de 20.000 personas). Lo clave de lo pactado en esa alianza es el desconocimiento del rey como autoridad –la organización de un gobierno paralelo–, el carácter transitorio de los capitanes y el reconocimiento del común como el resto y un todo frente a ellos:
Nos el común de toda esta jurisdicción de la villa del Socorro por cuanto hallarnos esperando avance que nos viene prometido, de venir a asolar, agotar y destruir nuestra villa y sus moradores, para cuya defensa tenemos ordenado y dispuesto, para gobierno y quietud de los soldados, y buenos ordenamientos, hemos tenido por bien nombrar y elegir por Capitanes Generales, en primer lugar a Don Juan Francisco Berbeo, a Don Salvador Plata, a Don Antonio Monsalve, a Don Diego de Ardila. Los cuales hemos nombrado por hallamos con más de cuatro mil hombres al presente y no poderse gobernar de otro modo. A los cuales dichos Capitanes nos sometemos a rendir la obediencia, como a nuestros Superiores, bajo las penas que ellos hallaren y tuvieren a bien el imponemos; y nos obligamos a la defensa de que no se consentirá que ultrajen la persona de ninguno de ellos, ni se les falte al respeto. Bien entendido que todo esto sea anexo al uso de la defensa de nuestra empresa, y que de lo contrario usaremos de nuestro derecho con todo rigor contra el capitán que se nos rebelare en contra nuestra lo cual no esperamos del christiano celo y honrosidad de dichos capitanes. Y para que así conste, se promulgará este auto, sirviendo de título, a son de caja y voz de pregonero, en cada esquina de la plaza de esta villa, en las demás plazas de los lugares de esta jurisdicción. Así lo otorgamos y prometemos cumplir bajo de la pena de nuestras vidas, en caso de rebeldía alguna que tengamos. NOS EL COMÚN, (Manuel José Ortiz, portero mayor del cabildo, 1780, en Martínez Covaleda, 2014: 384, mayúsculas en el original).
Se puede expresar que dicha alianza tenía de novedoso que la parte del común es la que impone y negocia la unión. Una especie de contrato de ambas partes, enunciado como una empresa común. Existe una cierta experiencia de soberanía del común, dado que los miembros de la elite elegidos como los cuatro Capitanes del Supremo Concejo de Guerra fueron consagrados por delegación de los rebeldes y a su vez estos aceptan en tanto son reconocidos por ellos, además hay una jura de fidelidad al Supremo Concejo de Guerra (Peña Aguilera, 1983: 108). La capacidad de acción de los subalternos a fines del siglo XVIII se aprecia en esta misma acción de contratar e imponer los términos de una negociación política y crear un nuevo escenario de participación. No obstante, el resto de los capitanes del ejército del común, como el ya nombrado José Antonio Galán, era enteramente de la plebe y campesino –“labrador”–.
Continuando con los efectos en la larga duración, nuevamente el “traidor” Don Salvador Plata, ex capitán del Supremo Concejo de Guerra en su mencionado Memorial, vuelve a cargar sobre la toma de la soberanía en manos del Socorro:
Todo el mundo juzga, y juzga bien, que no se trata ya sino de apoderarse de la capital y hacerse dueños de la autoridad soberana, que reside en su Real Audiencia. Desde luego, desautorizados los primeros Magistrados, y no respetándose ya otro poder que el de la rebelión. En breve sus ideas, siempre inquietas y nunca satisfechas, emprenderán un otro objeto, que hasta ahora no se les ha propuesto. Tal economía ha observado siempre el espíritu de sedición, cuando se le deja triunfar impunemente en sus primeras empresas. (…) Luego discurrirán de otra suerte, y apoderados de la capital y de la Magistratura tendrán andado mucho terreno para sostenerse. Aquí, como en el centro, se establecerá, fijará su trono, elevará altar contra altar, tomará en sus manos el hacha de la perfidia y la iniquidad, y de un solo soplo prenderá el fuego, ya casi inextinguible, por todos los cuatro ángulos del Reino (Memorial de Salvador Plata, en Martínez Covaleda, 2014: 437).
El capitán general Salvador Plata sabía muy bien lo que implicaba entrar a Santa Fe, la capital. La ocupación de la ciudad terminaría de coronar la culminación de un propósito concreto, hacerse “dueños de la autoridad soberana”, fijar el “trono” comunero en la capital del virreinato, apoderarse de la “magistratura” y desde allí “prenderá el fuego…por todos los cuatro ángulos del Reino” y será efectiva la autonomía. Con respecto a esto, Martínez Covaleda, rescata en su trabajo una carta muy clara sobre la posición beligerante que los comunes tienen con los mismos capitanes, que se muestran dubitativos o inseguros para tomar la capital, como resulta dicho en la misma, se debía sacar al señor arzobispo Caballero y Góngora y levantar la ciudad:
extrañe al señor Arzobispo y que toquen a sede vacante y nombren Provisor para que las absuelva; y que entre a Santa Fee y la levante, porque si no estamos perdidos; y si no lo hacen así, estén convencidos que Vmds. [los capitanes generales] son los perdidos, porque sabremos que es cierto que están todos en contra nuestra; y lo han de pagar con sus vidas y también con sus bienes; y nosotros haremos nuestro deber en todo el Reino, ya que no tendremos que obedecer a nadie. Esperamos que de aquí a mañana, a las tres de la tarde, lo hagan, porque si no, pasado mañana se acordarán de los Comunes…22 de mayo de 1781 (“Nos el Común” a “capitanes Generales del Común”, el Socorro, 22 de mayo de 1781, en Martínez Covaleda, 2014: 438).
Es decir que la alianza con las elites es una alianza provisoria hasta lograr el objetivo, que esta especie de pacto es de mutua obediencia, que llegado el caso el común del Socorro es quien asume el poder y que la mayor parte del común del Socorro es la gente baja –el populacho–, no la elite. Esta misma sensación de que toda la gente del común se plegaría a la rebeldía, no sólo la de Santa Fe, expresada en forma de chispa que encendería el fuego que terminaría con el reino, y la percepción de esa solidaridad horizontal también la tuvo el arzobispo de Caballero y Góngora con respecto a Zipaquirá:
No dejando en mi algun rezelo esta conducta de los del Socorro; considerando que en tan criticas circunstancias, solo ellos podrian liberarnos de los insultos de este Populacho atrevido e insolente, y que si su rebelion [la del populacho] tomaba cuerpo en un lugar tan populoso [como Zipaquirá], con evidencia, y aun mas repentina e intespestivamente, experimentaria de él nuestra Capital y todo el Reyno (De Caballero y Góngora a José de Gálvez, 20 de junio de 1781, en Martínez Covaleda, 2014: 436-437).
Zipaquirá, con una población de cerca de 30 mil habitantes, de la cual casi la mitad eran indígenas, era parte de la Provincia de Santa Fe y estaba ubicada a media jornada de la capital virreinal. El temor del obispo no era infundado. La acción del “populacho” del Socorro podía encadenarse con el populacho de Zipaquirá y de Santa Fe, dónde podría encontrar ecos solidarios e, “intempestivos”, y corría peligro “todo el reino”, no sólo los ricos propietarios (Martínez Covaleda, 2014: 436-437). Cabe aclarar que, la idea de más repentina e intempestivamente abona nuestra idea de un ciclo nuevo de conflictividad que abre la coyuntura crítica y que permite pensar en un período de conflictos y efectos en el orden pos independiente.
La rebelión de los comuneros y las fuentes documentales: Sentencias, causas criminales y Edictos
Por último, y como se había adelantado, las Sentencias emanadas de los juicios de castigo a los rebeldes fueron documentos que permiten hoy apreciar las consecuencias derivadas de las acciones de los rebeldes y la percepción de que esas acciones se convirtieran en un horizonte de expectativas y posibilidades de cambio futuro y radical.
En el año de 1782 se dieron las Sentencias de muerte contra los capitanes comuneros Galán, Ortiz, Molina y Alcantúz, conocidas como “Causa criminal y condena contra Galán y sus más cercanos compañeros”, en ellas se expresaron las consecuencias de la rebeldía, primero, atentar contra el orden real:
En la causa criminal, que de oficio de la Real Justicia se ha seguido contra Joseph Antonio Galán, natural de Charalá, jurisdicción del Socorro, y demás socios presos en esta Real Cárcel de Corte, la que se halla sustanciada con audiencia de las partes y del señor Fiscal, habiendo visto los graves y atroces atentados, que ha cometido este reo … para interceptar la correspondencia de oficio, y pública, que venía de la plaza de Cartagena para esta capital, acuadrillando y capitaneando un cuerpo de gentes, con las que sublevó a aquel pueblo, saqueó las Administraciones de aguardiente, tabaco y naipes, nombró capitanes a los sediciosos y rebeldes, y faltando al sagrado respeto de la justicia (Causa criminal, 1782, Biblioteca Nacional de Colombia, Documentos de los Comuneros, Tomo III, Ms 371, Folio 13).
También, las consecuencias de sus acciones fueron castigadas y remarcadas por considerarlas un proyecto alternativo, algo a largo plazo:
suscitaba y promovía por sí mismo con hechos y dichos sediciosos nueva rebelión, escribiendo cartas a sus corresponsales, comunicándoles sus detestables y execrables proyectos, suponiendo tener aliados, que le protegían, abultando el número de malvados secuaces y pueblos rebeldes: esparciendo por todas partes noticias de conmoción (Causa criminal, 1782, Biblioteca Nacional de Colombia, Documentos de los Comuneros, Tomo III, Ms 371, Folio 13).
La condena de muerte era una manera de hacer expiración a su proyecto de rebeldía contra el rey –indicio de independencia o gobierno autónomo– así como establecer una memoria de los castigos, alterar la parte que refiere sobre desencadenar otro movimiento alternativo y dejar la marca de la violencia como método para erradicar las acciones alternativas:
nombrando capitanes y levantando tropas para con su auxilio, cometer tan asombrosos, como no oídos, ni esperados excesos contra el Rey y contra la Patria, y últimamente un monstruo de maldad, y objeto de abominación, cuyo nombre y memoria debe ser proscrita, y borrada del número de aquellos felices vasallos, que han tenido la dicha de nacer en los dominios de un rey, el más piadoso, el más benigno, el más amante y el más digno de ser amado de todos sus súbditos como el que la Divina Providencia nos ha dispensado en la muy augusta y católica persona del señor don Carlos tercero (que Dios guarde) que tan liberalmente ha erogado y eroga a expensas de su real erario considerables sumas para proveer estos vastos dominios de los auxilios espirituales y temporales (Causa criminal, 1782, Biblioteca Nacional de Colombia, Documentos de los Comuneros, Tomo III, Ms 371, Folio 13).
Lo condenable de Galán y sus compañeros fue la rebeldía contra la autoridad, desobedecer, y por eso debía ser penado:
Atendida su estupidez y falta de religión, viendo el abuso que hacían de ellas, siendo ya preciso usar del rigor para poner freno a los sediciosos y mal contentos, y que sirva el castigo de este reo y sus socios de ejemplar escarmiento, no pudiendo nadie en lo sucesivo alegar ignorancia del horroroso crimen, que comete en resistir, o entorpecer las providencias o establecimiento que dimanan de los legítimos superiores (Causa criminal, 1782, Biblioteca Nacional de Colombia, Documentos de los Comuneros, Tomo III, Ms 371, Folio 13).
Si bien la forma de muerte era un patrón similar en los territorios coloniales (sea puesto en la horca hasta que naturalmente muera, bajado se le corte la cabeza, se divida su cuerpo en cuatro partes y pasado el resto por las llamas, sembrada de sal su casa), es clara la sentencia cuando asocia el nombre de Galán con el proyecto de rebeldía, su condena tiene como propósito eliminar su recuerdo con la protesta para que nadie acuse de seguir los pasos de sus acciones en el futuro, así también son condenados sus compañeros. La memoria de los crímenes es correlativa del olvido de los nombres de quienes los han cometido, para afirmar con una la obediencia y evitar con el otro la memoria de las luchas. Así se constituye la matriz de violencia abrumadora contra la eliminación física de los sectores subalternos:
declarada por infame su descendencia, ocupados todos sus bienes y aplicados al real fisco; asolada su casa y sembrada de sal, para que de esta manera se dé al olvido su infame nombre y acabe con tal vil persona, tan detestable memoria, sin que quede otra que del odio y espanto que inspira la fealdad del delito …que sin olvidar su innata clemencia castiga a los delincuentes, y premia a los beneméritos, no pudiendo nadie, en los sucesivo, disculparse en tan horrendos crímenes de conjuración, levantamiento o resistencia al rey o sus ministros, con el afectado pretexto de ignorancia, rusticidad o injusto miedo (Causa criminal, 1782, Biblioteca Nacional de Colombia, Documentos de los Comuneros, Tomo III, Ms 371, Folio 13).
En suma, la rebeldía, la acción de movilizar gente contra la autoridad, el plantear cambios en el orden de las cosas debía ser prontamente eliminado, no se correspondía presentar más actos sorpresivos:
Y mandamos a todos los jueces y justicias de su Majestad celen con la mayor escrupulosidad y vigilancia el evitar toda concurrencia o conversación dirigida a criticar las providencias del Gobierno, procediendo con el más activo celo contra los agresores o autores, ya de especies sediciosas, ya de pasquines o libelos infamatorios por todo rigor de derecho (Causa criminal, 1782, Biblioteca Nacional de Colombia, Documentos de los Comuneros, Tomo III, Ms 371, Folio 13).
Resulta clave destacar la acción disciplinante que se ejerció en todo el reino contra la inobediencia, la percepción de los sectores dominantes junto con la Iglesia, y aquí más la orden de los capuchinos con Finestrad y Caballero y Góngora a la cabeza con su campaña pacificadora. Es evidencia clara de ese ejercicio de disciplina de los sectores rebeldes, porque resultaba necesario frenar el potencial revolucionario subalterno. Es muy ilustrativa la publicación y versión oral de la denominada Premios de la obediencia: castigos de la inobediencia. Plática doctrinal exhortatoria dicha en la plaza mayor de esta ciudad de Santa Fé, concluido el suplicio, que por sentencia de la Real Audiencia de este nuevo Reino de Granada se executó en varios Delinquentes, el día 1 de febrero del año de 1782, dispuesta por Azero, Raymundo, y por D. Antonio Espinosa de los Monteros, en 1782.
La dicha es una disertación teológica, que cita las diversas posiciones de Dios sobre la importancia del castigo a los inobedientes y los premios a los vasallos obedientes. Se pronuncia aprovechando la ejecución de varios comuneros y en ella se pueden leer fragmentos que alaban la ciega obediencia y sujeción a las potestades sublimes:
¿Laxos desertores de la obediencia, que os parecen estos exemplares? Que haveis aprendido del de vuestro Maestro Jesu-Christo? Este es el modelo de humildad y obediencia. Ha que engañados viven los hombres llamando perfecta una Obediencia floja? que se rinde ó por fuerza, ó por inclinación (Premios de la obediencia: castigos de la inobediencia, 1782).
En la misma línea se puede citar el “Edicto para manifestar al publico el indulto general, Concedido por nuestro Catholico Monarca EL SEÑOR DON CARLOS III. A todos los comprehendidos en las' revoluciones acaecéídas en el año pasado de mil setecientos ochenta y uno. PUBLICADO en esta Ciudad de Santa Fé de Bogota el dia siete de Agosto de i 7 8 2”, donde el virrey-arzobispo Caballero y Góngora expresaba en un tono similar de castigos y premios a los leales, el abandono de la insubordinación y el reconocimiento legítimo de su designación:
Ygualmente los exhortamos á imitación del Apostol San Pedro, para' que dilaten los senos de sus corazones fórmando én ellos aquellos tres Tabernaculos ', que han de ser primicias del que Diós nos tiene prépárado por toda 1eternidad! Uno, por un tierno' amor al Dios de las misericordias, fuente inagotable de nuestras felicidades; otro-por una obediencia filial y cordia1 á nuestro Soberano por cuya mano liberal nos las dispensa; y el tercero por, Una respetuosa subordinacion a sus Magistrados y á nuestra Persona; lugar que no desmerecemos, pues representamos al vivo la Imagen de Dios y del Soberano (Edicto, 1781).
En este marco, y dando evidencia de los efectos en la larga duración de las posibilidades de cambio presentadas por los sectores subalternos, se encuentra que en el año de 1798, el virrey Espeleta, refiriéndose críticamente a los escritos[7] de Antonio Nariño Álvarez, observó que:
son muchas las pruebas e indicios q alli se ven de sublevacion, máximas de libertad, escritos venenozos, actos repetidos de inobediencia, formacion de constituciones republicanas, juntas sigilosas, levantamientos efectivos, abandono de la religion, propuestas, planes, expediciones, y concierto con los extrangeros, y todo esto se advierte desde el año de 1781 (AHNM, Consejos suprimidos, secretaria de presidencia, leg. 21673, expe.1., doc.3, Dictamen de Jorge Escobedo, Madrid, 8 de agosto de 1800, 7r., en Martínez Covaleda, 2014: 549).
La percepción de que la acción rebelde de los del común, los principios de soberanía popular, el carácter asambleario, la desautorización de la autoridad real, la toma de decisiones horizontales, había logrado captar el clima de época revolucionaria de fines del siglo XVIII y que continuaba como influencia ideológica en tiempos que se avecinaban más conflictivos, abona nuestra hipótesis de que las independencias fueron revoluciones preventivas que obturaron[8] el potencial revolucionario de los sectores subalternos.
Consideraciones finales
Del análisis de los conflictos sociales y políticos –observados a modo ejemplar en el caso Nueva Granada– surge que la movilización autónoma de miles de subalternos, cualesquiera que fueran sus objetivos locales manifiestos, propendía irremediablemente a desarticular, por su propia dinámica y en el marco de un contexto global revolucionario, las formas establecidas de autoridad, control económico y jerarquía social. Al mismo momento los hacendados, mineros, comerciantes y magistrados hispanocriollos y blancos —los próximos líderes de la revolución— se percatarán de que la insurrección generalizada llevaría a consecuencias de alteración del orden social[9] vigente y que la bandera del líder indígena –tupacamaru– no era una mera reivindicación étnica y focalizada en ese regreso del inca –mero atavismo esencialista étnico– sino que portaba demandas de igualación y autonomía sobre la base de cierta cooperación horizontal de todos los sectores subalternos. La probanza de que el nombre del líder indígena trascendió el marco de área andina central explica que su invocación era sinónimo de revolución y cambios para todos los sectores subalternos que transitaron por el proceso de subjetivación política.
En el caso referencial analizado y de la inferencia de generalizar su clave explicativa a la multiplicidad de conflictos sociales de la América del Sur, se dio cuenta de procesos de experiencia subalterna que irrumpen la manera de apropiar de otros modos la realidad, y por qué no, opciones de cambio social. En este sentido, expresiones de identidad como “los del común”, “americanos”, “comuna, comuna”, “hermanos en un solo cuerpo”, se constituyeron en igualdad horizontal contra las relaciones de poder del orden colonial al nombrarse en cargos, decretar edictos de igualación como la abolición de la esclavitud, de la mita, de abusos fiscales, de jerarquías sociales y fueron por más al alentar alianzas multiétnicas y una escala continental para sus demandas. Al respecto, esos efectos e incidencias fueron analizados en las fuentes documentales de las Sentencias a los reos, develando la percepción de los sectores dominantes sobre el significado sociopolítico de las acciones de los subalternos en el orden social y su efecto acumulativo: sus consecuencias sobre la erosión de las nociones de superioridad blanca inherentes a la dominación colonial europea, la erosión de una idea de autoridad, legitimidad y obediencia, la erosión de las desigualdades y jerarquías sociales, la capacidad de cuestionar el poder institucional del estado, la incertidumbre del lugar de lo femenino en su rol de mando, la impugnación de una forma de gobierno basado en la desigualdad racial, la afirmación –por primera vez– de su derecho de participar plenamente en la trama política de la que se sienten parte, efectos no necesariamente directos de las intenciones de los insurgentes.
El clima general de confrontación creado por la multiplicación de conflictos populares en toda la región de América del Sur prueba la factibilidad de poner en cuestión el gobierno colonial, al mostrar su vulnerabilidad y generar oportunidades y posibilidades a través de la toma de conciencia de los sectores subalternos respecto de su poder de movilización.
Las acciones de los sectores subalternos incidieron en la posibilidad de pensar en la “igualdad de participación política” al ampliar la base popular de participación directa en asuntos de estado o de gobierno. Esto también, por cuanto se presentó una amplia alianza de múltiples identidades de géneros, clases, castas y estamentos, así fuera ésta precaria y transitoria. En esta perspectiva las insurrecciones subalternas del período 1780-1795 fueron profundamente modernas, así utilizaran un lenguaje arcaico u híbrido y se movieran tanto en los repertorios u cánones tradicionales como modernos.
La oclusión de ese potencial revolucionario consistió, primero en la toma de conciencia por parte de los sectores hispanocriollos privilegiados de esos efectos disruptivos y luego en la acción preventiva con las revoluciones políticas de independencia y la construcción de un orden pos-independiente basado en mecanismos de exclusión, violencias y control de la participación política de los sectores subalternos. Al respecto Bolívar, en su carta a Páez de agosto de 1826, estaba aterrado por el dilema consciente de que sobreviviría a la independencia: “un inmenso volcán está a nuestros pies ¿Quién contendrá las clases oprimidas? la esclavitud romperá el fuego: cada color querrá el dominio”. En este sentido, se percataron, en la coyuntura crítica de 1780-1795 de las consecuencias que la movilización autónoma de los sectores subalternos era incompatibles con la perpetuación de los mecanismos básicos de sujeción social y del empleo de la noción de inferioridad racial para reivindicar el derecho de dominación política, cualquiera que fuera la naturaleza del régimen político que se procurase establecer para sostener la estructura de poder interna.
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Biblioteca Nacional de Colombia en línea: Documentos citados, https://www.bibliotecanacional.gov.co/es-co/colecciones/biblioteca-digital/exposiciones/Exposicion?Exposicion=La%20rebeli%C3%B3n%20de%20los%20Comuneros
“Premios de la obediencia: castigos de la inobediencia. Plática doctrinal exhortatoria dicha en la plaza mayor de esta ciudad de Santa Fé, concluido el suplicio, que por sentencia de la Real Audiencia de este nuevo Reino de Granada se executó en varios Delinquentes, el día 1 de febrero del año de 1782” https://catalogoenlinea.bibliotecanacional.gov.co/client/es_ES/search/asset/71901/0
“Edicto para manifestar al publico el indulto general, Concedido por nuestro Catholico Monarca EL SEÑOR DON CARLOS III. A todos los comprehendidos en las' revoluciones acaecéídas en el año pasado de mil setecientos ochenta y uno. PUBLICADO en esta Ciudad de Santa Fé de Bogota el dia siete de Agosto de i 7 8 2, https://catalogoenlinea.bibliotecanacional.gov.co/client/es_ES/search/asset/107686/0
* Facultad de Humanidades y Ciencias, Universidad Nacional del Litoral, Argentina. Correo electrónico: carinagiletta@gmail.com
[1] Por clases explotadas se parafrasea y se sigue el sentido expresado en el periodo tardocolonial por sus contemporáneos, en tanto “indios y castas (…) son criados, sirvientes o jornaleros de la primera clase. Por consiguiente resulta entre ellos y la primera clase aquella oposición de intereses y de afectos que es regular entre los que nada tienen y los que lo tienen todo, entre los dependientes y los señores”, expresión de Manuel Abad Queipo, obispo de Michoacán en 1799 (Lynch, 1989: 28).
[2] Se torna necesario mencionar que en otros trabajos se abordaron de manera comparativa estos conflictos, la contribución clave de esa investigación comparativa fue que, la percepción sobre las causas y motivos de los conflictos que impulsaron a la acción no fueron, de manera preponderante, los materiales u económicos –es decir, la presión fiscal o los abusos– sino políticos, el poder: contra la autoridad y jerarquías, para igualarse y tomar mando, por el autogobierno, la autodeterminación y la independencia de las autoridades españolas. Asimismo, dichos movimientos enmarcados y tramados dentro de un contexto global de conflictividad revolucionaria y de conexiones de los sectores subordinados dónde la circulación de ideas, noticias, prácticas y acciones derivadas de experiencias de insubordinación pusieron el marco de expectativas y posibilidades para que las condiciones de transformación del orden fueron posibles. Por ejemplo, se pudo arribar a que la liga que viabilizó la apelación a Túpac Amaru en casi todos los conflictos, certera o sólo de bandera, puede ser leída en otra clave –más allá del nativismo inca, dado que para 1781 el incario se presentaba lejos en la memoria– en el reconocimiento de un líder político local, americano, y que, en el escenario político convulsionado de finales del siglo XVIII, representaba la apelación a ideas de autogobierno, comuna y autodeterminación, un líder que expresaba ponerse a igual nivel de “hermanos” en un frente común étnico, racial y social. Por último, dos cuestiones en cuanto a los orígenes de los efectos u consecuencias, una fue la construcción y configuración de una matriz de violencia/s hacia los sectores subalternos y la otra, de exclusión política en el nuevo orden institucional poscolonial –oligárquico– (Giletta, 2021).
[3] Se aclara que la expresión vil era sinónimo de plebe o gente del común, a fines del siglo XVIII.
[4] Esta Carta al gobernador de Antioquia sobre levantamientos de esclavos proclamando la libertad, Sancho José Londoño, Provincia de la Mina, 2 de diciembre de 1781se encuentra en, https://catalogoenlinea.bibliotecanacional.gov.co/client/es_ES/search/asset/107605/0, pero, el mismo sitio contiene otros documentos que atestiguan la sublevación de negros esclavos en Medellín.
[5] Según lo citado en la Biblioteca Nacional de Colombia, Colección digital, El vasallo instruido fue escrito en Cartagena de Indias por el capuchino Joaquín de Finestrad. Curiosamente tiene dos fechas de datación, en la portada aparece a lápiz el año 1783 en tanto que en la dedicatoria al virrey Francisco Gil y Lemos figura el de 1789.
[6] Es necesario precisar que no sólo en Comunes del Cocuy informan sobre coronación del rey de las Indias Don José Tupac Amaru (Común del Cocuy, manuscrito, 23 de mayo de 1781); sino en Carta de vecinos sobre inconformidad respecto al provisor, en la que se da noticia sobre la captura de Tupac Amaru (Phelipe de Salgar, Girón, manuscrito, 14 de julio de 1781). Observaciones hechas por Don Luis Vidall - Luis Vidall, Londres, manuscrito, 12 de mayo de 1784. Folio 11; Carta entre particulares que alude a hechos en Caracas y cuenta novedades sobre Túpac Amaru - Juan Ignacio Gutiérrez, Pamplona, manuscrito, 22 de junio de 1783. https://bibliotecanacional.gov.co/es-co/colecciones/biblioteca-digital/exposiciones/Exposicion?Exposicion=La%20rebeli%C3%B3n%20de%20los%20Comuneros#Efectos%20inmediatos%20de%20las%20reformas
[7] Escritos que refieren, entre otros, a la traducción de la Declaración de los derechos del hombre que hizo Nariño.
[8] Se considera en esta perspectiva que el primer acto de freno fueron las capitulaciones de Zipaquirá.
[9] O, en términos ya expresados de Carrera Damas, la estructura de poder interna.