LENGUAS PRIMARIAS: INGLÉS Y FRANCÉS EN LA FORMACIÓN DE MAESTROS EN 1870

 

Gabriela F. Krickeberg

gkrickeb@campus.ungs.edu.ar

Universidad  Nacional de General Sarmiento

Argentina

 

 

RESUMEN

La Escuela Normal de Paraná, primera escuela creada por el Estado argentino para la formación de maestros en 1870, ha sido objeto de estudio fundamentalmente por impulsar un sistema modelo de enseñanza a implementar en todo el territorio nacional. Sin embargo, no se ha destacado la importancia que tiene la inclusión de dos lenguas extranjeras, el inglés y el francés, en su plan de estudio inicial, lo que constituye el primer antecedente de una política lingüística estatal plurilingüe para el nivel primario. El objetivo de este trabajo es describir el lugar de estas dos lenguas extranjeras en el decreto fundacional que crea esta primera escuela, que comprende un curso normal y una escuela primaria de aplicación.

Palabras clave: formación de maestros; lenguas extranjeras; política lingüística plurilingüe.

 

 

PRIMARY LANGUAGES: ENGLISH AND FRENCH IN TEACHER TRAINING IN 1870

 

ABSTRACT

The Escuela Normal de Paraná, the first school created by the Argentine State to train teachers in 1870, has been studied mainly because of its role in promoting a model system of teaching which was to be implemented throughout the country. However, the importance of the inclusion of two foreign languages, English and French, in its initial curriculum, which constitutes the first precedent of a multilingual state linguistic policy for the primary level, has not been highlighted in the literature. The aim of this paper is to describe the place of these two foreign languages in the founding decree for the creation of this first school, comprising a training college and a primary school of application.

Keywords: teacher training; foreign languages; multilingual language policy.

 

Introducción

La Escuela Normal de Paraná es la primera escuela creada por el Estado argentino para la formación de maestros, a la vez que constituye el primer antecedente de una política lingüística estatal de lenguas extranjeras para el nivel primario al incluir en sus contenidos el inglés y el francés. Si bien abundan las investigaciones acerca de la escuela normalista y la relevancia de la de Paraná (Dussel, 1997; Alliaud, 2007; Rodríguez, 2019; Hentschke, 2020; Rodríguez y Pettiti, 2021), no se ha destacado la importancia que tiene la inclusión de dos lenguas extranjeras en el contexto de su creación como momento inicial de una planificación educativa en la organización del Estado nacional que tendrá como hito la Ley de Educación Común N° 1420 (1884). Antes de esta ley, en 1870, se inaugura con la primera escuela normal un sistema modelo de formación de maestros que hará posible que catorce años más tarde la enseñanza pública primaria pueda ser obligatoria.

No encontramos referencias a este antecedente en la historización de las políticas de enseñanza de lenguas extranjeras en Argentina (Arnoux y Bein, 2015) o, cuando se lo menciona, se lo hace brevemente en el marco de una mayor temporalidad (Pasquale, 2013) o solo se toma en cuenta una sola de las lenguas extranjeras, el inglés, sin nombrar al francés (Del Moral y Lizabe, 2010)[1].

El objetivo de este trabajo es describir el lugar de las lenguas extranjeras en el decreto que crea esta primera escuela, que comprende un curso normal y una escuela primaria de aplicación. Finalmente, se plantean algunas cuestiones que podrán profundizarse en indagaciones posteriores. En el anexo se propone una transcripción del decreto (en la transcripción y en las citas que siguen en este trabajo conservamos la grafía original)[2].

 

Las razones del normalismo

Bajo la presidencia de Sarmiento, la urgencia por la formación de maestros se debía a la preocupación por el analfabetismo y las diversas modalidades de aprendizaje fuera del alcance estatal. La situación de quienes enseñaban era precaria, inestable y sumamente heterogénea. En los resultados del Primer Censo de la República Argentina, llevado a cabo en 1869, se evidencian estas preocupaciones; el cálculo de habitantes que no saben leer y escribir abruma, situación que se considera incluso subestimada (“Es de creer que la verdad sea más desconsoladora…”), también se exponen las desventajas de la falta de “instrucción de los votantes” para un gobierno democrático y, más adelante, se explica la diferencia entre los números de la estadística escolar, que registra escuelas, y los datos censales de quienes aprenden a leer y escribir[3]. Esto último revela la existencia de modalidades de aprendizaje informales: se aprende en pequeños centros de enseñanza que con frecuencia se ocultan a las autoridades por temor a que los reglamenten y les cobren impuestos o se aprende en la propia casa con maestros, familiares o tutores.

En el mismo año del censo, se dicta la Ley N° 345 (1869) que autoriza los gastos que demanden la creación de dos escuelas normales para formar preceptores de instrucción primaria. La ley fue reglamentada mediante el Decreto del 13 de julio de 1870 y dio origen solamente a una de ellas, la Escuela Normal de Paraná, que inició sus clases en agosto de 1871. George Stearns, su director, había sido contratado en 1870 por el gobierno argentino para que siguiera el modelo de las escuelas normales y elementales de Boston. De acuerdo con Rodríguez y Pettiti (2021, p.30), a este modelo se debe, por ejemplo, que la enseñanza sea graduada. En los planes de estudio no hay religión y la educación en la escuela de aplicación es igual para ambos sexos, lo que constituyen características nuevas para la época[4].

 

El decreto de 1870

El documento, firmado por Sarmiento como presidente de la República y por Avellaneda, su ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública, se estructura en trece artículos, entre los que se plantean el objetivo de la escuela, las condiciones de admisión, la organización y los contenidos del curso normal y de la escuela de aplicación, las evaluaciones que se seguirán y el otorgamiento de un diploma habilitante para el ejercicio de la profesión. No hay ninguna explicación acerca de la elección de las materias, por lo que nada se dice de las razones para incluir inglés y francés en los planes de estudios ni hay referencia a la metodología a seguir. Los fundamentos podrían buscarse en otro tipo de documentos: informes, programas, actas, circulares, memorias anuales, por ejemplo, y reconstruirse siguiendo las modificaciones que posteriormente se hacen de los planes de estudios[5].

El decreto, que transcribiremos en grafía original, tiene por objeto crear en la ciudad de Paraná una escuela normal “con el designio de formar Maestros competentes para las escuelas comunes” (Art. 1). La componen un curso normal de cuatro años de duración y una escuela modelo de aplicación, es decir, una escuela de instrucción primaria. Esta escuela de aplicación se organiza en seis grados para niños de ambos sexos mayores de seis años. Tanto la escuela normal como la de aplicación son gratuitas.

El segundo artículo fija su emplazamiento y señala la doble función de la escuela de aplicación, que educa a los niños que asisten mientras sirve para la práctica de los alumnos del curso que, en un futuro, serán maestros:

La Escuela Normal será instalada en el edificio nacional que fue casa del Gobierno de la     Confederación y se compondrá:

1° De un Curso normal para que los aspirantes al Profesorado adquieran no solamente un sistema de conocimientos apropiados á las necesidades de la Educación Común de la República, sino también el arte de enseñar y las aptitudes necesarias para ejercerlo.

2° De una escuela modelo, de aplicación que servirá para dar la instrucción primaria graduada á niños de ambos sexos y para amaestrar [sic] á los alumnos del Curso Normal para la práctica de los buenos métodos de enseñanza y en el manejo de las escuelas.

Más adelante, la denominación alumno maestro cristaliza el doble perfil que caracteriza a las escuelas normales: se es alumno para ser maestro. La existencia de plazas para estudiantes sostenidas por el Tesoro Nacional tiene un doble objetivo: ayudar económicamente a quienes lo necesiten y a la vez exigir que los egresados realmente se desempeñen como docentes porque “Todo el que obtenga una de estas plazas quedará por el mismo hecho obligado á dedicarse por seis años á la Enseñanza pública, luego que haya terminado sus estudios…” (Art. 6). La persuasión es contundente porque en caso de incumplimiento se establece que los beneficiarios deben devolver el dinero recibido.

Para ser admitidos, entre otros requisitos administrativos, se les requiere ser mayor de 16 años y contar con una instrucción, que “les permita comprender los estudios del Curso Normal” (Art. 4), por lo que rendirán un examen sobre lectura, escritura, ortografía, aritmética y geografía, “según se estudian estas materias en las escuelas comunes”. Si el resultado del examen no fuera satisfactorio, se prevé la asistencia a clases especiales.  Entonces, claramente no hay exigencia de conocimientos previos de inglés y francés, como tampoco se exige haber asistido a una escuela.

            Quienes aprueben el curso recibirán un diploma habilitante para “empleos de la enseñanza, inspección y superintendencia de las escuelas” (Art. 7); es decir, no solamente se forman maestros para dar clases en el aula sino que también se inaugura una red de directivos y, principalmente, de inspectores, indispensables para el control escolar en los años siguientes.

En síntesis, el ingreso a la Escuela Normal de Paraná es por medio de una evaluación de conocimientos basados en la escuela primaria, la continuidad de los estudios puede asegurarse gracias a las becas y el egreso promete cierto abanico de posibilidades laborales. La penalización por no ejercer la docencia tiene como fin evitar que la escuela se convierta en un medio para seguir estudios universitarios, lo que la desviaría de su objetivo. En este sentido, los ingresantes se diferencian de quienes asisten a la escuela secundaria y pertenecen a sectores sociales más altos. Una aclaración final, aunque el uso del masculino con el que el decreto menciona a los maestros podría interpretarse como genérico, recién en 1877 se admitieron mujeres, según afirman Rodríguez y Pettiti (2021, p. 34)[6].

 

Las lenguas extranjeras en el curso normal

El curso normal dura cuatro años; cada año se divide en tres términos (así se denomina cada período), de trece semanas cada uno. En el decreto se nombran las materias que corresponden a cada término sin indicar la carga horaria.

Leemos en el programa que canto, ejercicios gimnásticos, dibujo y las prácticas de la enseñanza se cursan desde el primer año hasta el último. Inglés comienza al final de segundo año y se dicta en dos períodos en tercer año y en todo cuarto año. Francés, en cambio, se estudia en forma paralela a inglés a lo largo del último año.

La lengua de instrucción nunca es mencionada, siguiendo así lo mismo que Carbonetti y González (2015) han señalado para la Constitución Nacional al afirmar que “En su artículo 14 […] dictamina que todos los habitantes tienen derecho a estudiar y aprender, aunque no indica cuál será la lengua de enseñanza” (silencio que  se analiza en Bein, 2004). Un conjunto de materias se ocupa específicamente de su aprendizaje: gramática (concentrada en el primer año y al final de segundo año), ejercicios de composición y declamación, lectura, escritura y discursos.

Ahora bien, el modo de comparar el espacio que tiene cada materia en el plan es considerar la cantidad de términos o períodos en los que aparece. Si sumamos los cuatro años, contamos doce términos en total. Inglés está presente en seis términos, mientras que francés se enseña en tres, justo la mitad.

¿Para qué estudian inglés y francés los alumnos maestros? Al no haber explicaciones en el decreto, en un principio se podría pensar que las lenguas extranjeras eran parte del conocimiento legitimado de la época que todo maestro debía adquirir para su formación general o porque sin estas lenguas no podían acceder a los libros de pedagogía o a los cuadernillos para las aulas que se traían al país. Sin embargo, los niños y niñas aprendían inglés y francés en la escuela de aplicación; por lo tanto, los maestros de la escuela normal fueron concebidos inicialmente como maestros que enseñaban también lenguas extranjeras.

 

Las lenguas extranjeras en la escuela de aplicación

Esta escuela sigue la misma división de tres términos de trece semanas cada uno. El total de términos es, en este caso, de dieciocho. De las aproximadamente veinte materias que se cursan, se enseñan desde el primero hasta el último año moralidad y urbanidad, ejercicios físicos, lectura y enseñanza oral. Y con solamente un período menos, se incluyen canto, dibujo e inglés.

No cabe duda, entonces, de la relevancia que se le da a la primera lengua extranjera que se enseña. En este caso, los niños aprenden el inglés ya desde primer grado y suman el francés en quinto y sexto grado, es decir que en los dos últimos años estudian simultáneamente las dos lenguas extranjeras.

En relación con el castellano, estudian el alfabeto, el deletreo por sonidos y nombres de letras, lectura, ortografía y escritura. Si bien la escuela enseña fundamentalmente a leer y escribir, es necesario recordar que no se enseñan simultáneamente; de hecho, se aprende caligrafía recién en tercer grado. Los alumnos de la escuela modelo aprenden inglés mientras aprenden a leer en castellano. Cuando estudian francés, ya saben leer y escribir en castellano.

Si contamos los períodos correspondientes a cada lengua extranjera, el francés ya no tiene la mitad de términos, sino un tercio de los dedicados al inglés. Entonces, en este caso resulta más significativa la diferencia entre las dos lenguas.

¿Qué se enseña y cómo? En el programa de la escuela modelo no solamente aparecen los nombres de las materias sino que en algunas de ellas se agrega una descripción. A continuación, agrupamos lo indicado en el programa para Inglés, solamente de primero a cuarto grado, porque no hay detalles para los últimos grados:

Primer grado: sonidos vocales/ sonidos elementales

Segundo grado: sonidos elementales y pronunciación/ combinación de palabras formando frases/ formación de sentencias sencillas, deletreo

Tercer grado: conversación y deletreo/ conversación, lectura y deletreo

Cuarto grado: ejercicios de conversación, lectura y ortografía

Para dar cuenta de la metodología implicada haría falta, por un lado, indagar en otros documentos referidos a esta etapa inicial de la Escuela de Paraná que dan origen o interpretan el decreto y, por otro lado, revisar específicamente la pedagogía escolar de las lenguas extranjeras con mayor influencia de la época. Además, habría que tener en cuenta las ideas acerca de las lenguas extranjeras que circulaban en el contexto argentino para comprender en qué medida el plan de estudios del curso normal y de la escuela de aplicación traduce del de las escuelas de Boston (el uso de las palabras términos, sentencias, así lo delata) y en qué grado se aparta.

Ahora bien, a partir de las descripciones con las que contamos surge claramente que no se opta por el método de gramática y traducción, cuyo objetivo consistía en aprender una lengua para leer su literatura. El medio para lograrlo era seguir el modelo del latín, lengua que no está en los planes de estudio, como tampoco tienen lugar materias de literatura, más allá de la existencia acotada de la crítica literaria que se incluye en el plan. Sin duda, la enseñanza de las lenguas se enmarca en las reacciones ante el método de gramática y traducción que dará lugar a mediados del XIX al llamado movimiento de reforma (Richards y Rodgers, 1988), lo que se evidencia en la importancia dada a la oralidad en el plan escolar como punto de partida y, también, de llegada: se aprende a pronunciar sonidos, formar frases y, finalmente, gran salto mediante, se pretende alcanzar la conversación.

No es una oralidad ajena a la lectura porque el inglés también se lee (¿en voz alta y en silencio?). No sabemos si la ortografía en inglés que se anuncia en cuarto grado y la persistencia del deletreo están al servicio de la lectura o si prepara para la escritura en los dos años finales, que no se describen. En cuanto al francés, no es posible afirmar que siga los mismos pasos del inglés, dado que los tiempos en que se inician y, por lo tanto, los conocimientos previos, son muy distintos en un caso y en otro.

Si bien en este trabajo dejamos de lado lo referente al personal docente de la Escuela Normal de Paraná, al leer el artículo 10 del decreto no encontramos como requisito saber castellano. De hecho, según Ramos (2021), en la Escuela se dictaba un curso de cuatro meses para las maestras estadounidenses que aprendían, con distinta suerte, la lengua. Es posible, entonces, que al menos en inglés, la exposición a la lengua extranjera era para los estudiantes de la Escuela Normal y para los alumnos de la escuela de aplicación incluso mayor de la que surge de la lectura del decreto.

 

Las razones que faltan

Dado que el decreto no expone, como ya lo hemos mencionado, los fundamentos para la elección y distribución de las dos lenguas extranjeras, solo podemos plantear distintas posibilidades.

En primer lugar, las diferencias se explicarían por las representaciones sociolingüísticas (tomamos el concepto de Boyer, citado en Arnoux y Del Valle, 2010) del inglés y del francés que circulan en la época. Las razones prácticas, su utilidad para el comercio y la administración moderna, explicarían el lugar de relevancia que se le da en la escuela primaria al inglés como lengua del futuro. En cuanto al francés, su pertenencia a la tradición letrada del país lo identifica con el acceso a la cultura, las ciencias y las artes.

En segundo lugar, como en los planes no hay descripción para el francés, no podemos saber si para los niños también se esperan metas similares mediante una misma secuenciación como la descrita para el inglés hasta cuarto grado. Si así fuera, entrarían en juego en este punto las representaciones acerca de si las lenguas se consideran fáciles o difíciles en relación con la lengua primera, que se considera que siempre es el castellano, lo que explicaría el menor tiempo asignado al aprendizaje de francés para alcanzar el mismo logro. Otra posibilidad es que, por el contrario, se trate de un aprendizaje diferenciado: modos diferentes de aprender para objetivos distintos, por ejemplo, que los alumnos maestros y los niños aprendan solamente a leer en francés. No es un detalle menor que sea Sarmiento quien impulsa y firma el decreto, por lo que sería relevante considerar sus escritos acerca del aprendizaje de lenguas extranjeras (Casullo, 1962), que fundamenta no solamente en los planes de estudios a los que accede en sus viajes sino también en su propia experiencia.

Por último, el mayor peso del inglés puede deberse a que, como ya mencionamos anteriormente, el castellano no es la lengua materna de parte del personal directivo y docente, por lo que ser hablantes de la lengua extranjera predominante en la escuela los legitimaría también en sus funciones.

La respuesta a la distribución de las lenguas extranjeras en los planes de estudio quizás esté en parte en cierta combinación de las posibilidades planteadas y, como señalamos anteriormente, habrá que buscarla en otras lecturas. De lo que no cabe duda es de que el proyecto para las escuelas normales se inicia con la apuesta al plurilingüismo, claro que acotado a dos lenguas europeas que ya se enseñaban en los otros niveles porque, paradójicamente, el nivel primario es el último en sistematizarse.

 

Conclusiones

La formación de maestros para la instrucción primaria se inicia en 1870 para homogeneizar su enseñanza, sistematizarla con el fin de afrontar el problema de la alfabetización. En su origen, encontramos que la Escuela Normal de Paraná incluye dos lenguas extranjeras como parte de los conocimientos a transmitir. Se prepara a los maestros para impartir clases de inglés a niños y niñas desde primer grado hasta sexto grado y de francés de quinto a sexto grado. Las dos lenguas en estos dos últimos años se enseñan en forma paralela. Tres lenguas conviven en la instrucción primaria en el decreto de Sarmiento y Avellaneda. Para lograr la homogeneización lingüística que se pretende, se considera una misma lengua materna en el aprendizaje, ignorando cualquier otra lengua primera de los alumnos maestros y de los niños, a la vez que se proyecta el acceso a dos lenguas extranjeras. El decreto que inicia la formación de maestros y que se pretendía replicar en el sistema de escuelas normales a seguir, plantea una educación común, gratuita, laica, gradual y, ahora agregamos, plurilingüe.

 En este trabajo únicamente se consideró el decreto de la fundación de la primera escuela que formó maestros, no los cambios posteriores que evidentemente no sostuvieron la inclusión de estas dos lenguas extranjeras. En el mínimum de la Ley N°1420, cuando la educación primaria se vuelve obligatoria, no figuran el inglés ni el francés entre las materias. El contexto es otro y la preocupación por la inmigración masiva cambia la mirada de la clase dirigente sobre las lenguas. La educación primaria toma distancia de las lenguas extranjeras y se declara plenamente monolingüe. Sin embargo, el gesto de elegir el inglés y el francés para la educación persiste. Quedarán en el máximum de algunas pocas escuelas primarias públicas, en escuelas privadas, directamente en la educación con maestros particulares, en la educación secundaria o, más lejos todavía del horizonte común, en la educación universitaria. Se marcan así líneas divisorias, estas dos lenguas escolares se olvidan e incluso se borran de la memoria de la formación de los maestros.

 

 

Referencias

 

Alliaud, A. (2007). Los maestros y su historia. Los orígenes del magisterio argentino (3ª. ed.). Granica.

Arnoux, E. y  Del Valle, J.  (2010). Las representaciones ideológicas del lenguaje. Discurso glotopolítico y panhispanismo. Spanish in Context, 7(1), 1-24.

Arnoux, E., y Bein, R. (2015). Hacia una historización de las políticas de enseñanza de lenguas. In E. Arnoux y R. Bein (Eds.), Políticas lingüísticas y enseñanza de lenguas (pp. 13-50). Biblos.

Bein, R. (2004). La legislación político-lingüística en la Argentina. In G. Kremnitz & J. Born (Eds.), Lenguas, literaturas y sociedad en la Argentina (pp. 41-50). Praesens.

Carbonetti, M. y González, L. (2015). Las lenguas en el ámbito educativo. En Bein, R. (Ed.). https://linguasur.com.ar/

Casullo, C. (1962). Sarmiento y las lenguas vivas. Universidad, 52, 149-174. https://bibliotecavirtual.unl.edu.ar:8443/handle/11185/4214

Dussel, I. (1997)  Currículum, humanismo y democracia en la enseñanza media (1863-1920). FLACSO.

Hentschke, J. La Escuela Normal de Paraná en Argentina y sus discípulos: Fusiones de liberalismo, krausismo y positivismo comteano en el templo creado por Sarmiento para civilizar a la nación, de 1870 a 1916. Revista Hablemos de Historia. Cuestiones teóricas y metodológicas de la Historia, 10, 38-65.

Del Moral, G. y Lizabe, G. (2010). En torno a la enseñanza del ‘castellano’ como idioma nacional y del inglés como lengua extranjera en Argentina, siglo XIX. Revista Melibea, 4, 105-130. https://bdigital.uncu.edu.ar/objetos_digitales/8894/r-melibea-vol-4.pdf

Pasquale, R. (2013). El francés como lengua extranjera en Argentina. Lenguas V;vas. El quehacer de los profesionales de las lenguas en perspectiva histórica, 9, 7-18.

 Ramos, L.  (2021) Las señoritas.  Historia de las maestras estadounidenses que Sarmiento trajo a la Argentina en el siglo XIX. Lumen

Richards, J. y Rodgers, T. (1988). Enfoques y métodos en la enseñanza de idiomas (pp.9-20). CUP.

Rodriguez, L. (2019). Cien años de normalismo en Argentina (1870-1970). Apuntes sobre una burocracia destinada a la formación de docentes. Ciencia, Docencia y Tecnología, 30(59), 200-235.

Rodríguez, Laura G. y Pettiti, E. (2021). Historia de la Escuela Normal de Paraná (1871- 1969) (pp.25-50). Teseo.

 

Documentos consultados

Decreto fundacional  Escuela Normal  de Paraná (1870). https://escuelanormalparana.edu.ar/historia-decreto-de-creacion/

Ley N° 1420 de Educación común (1884)

Primer Censo de la República Argentina, verificado en los días 15, 16 y 17 de septiembre de 1869. Buenos Aires. Imprenta del Provenir, 1872 (Introducción). https://biblioteca.indec.gob.ar/bases/minde/1c1869_TU.pdf


Apéndice

 

Transcripción del facsímil correspondiente al acta del Decreto del 13 de junio 1870

Se conserva la grafía original. Las convenciones de transcripción empleadas son las siguientes:

En caso de encontrarse palabras o fragmentos ilegibles, se suprimirá la secuencia y se indicará: […].  Cuando la lectura de una palabra es incierta, se indicará: [¿palabra?].

 

                                                                                                                 

[…] de Instrucción Pública                                        Buenos Aires, Junio 13 de 1870.

En uso de la autorización conferida al P. E. por la ley de 6 de octubre del año pasado. El Presidente de la República ha acordado y Decreta.

Sección 1ª

Objeto de la Escuela Normal.

Artículo 1°_ Crease en la Ciudad del Paraná una Escuela Normal, con el designio de formar Maestros competentes para las escuelas comunes.

2° La Escuela Normal será instalada en el edificio nacional que fué casa del Gobierno de la Confederacion y se compondrá:

1° De un Curso normal para que los aspirantes al Profesorado adquieran  no solamente un sistema de conocimientos apropiado á las nesesidades de la Educación Comun de la República, sino también el arte de enseñar y las aptitudes necesarias para ejercerlo.

2° De una escuela modelo, de aplicación, que servirá para dar la instruccion primaria graduada á niños de ambos sexos y para amaestrar á los alumnos del Curso Normal para la práctica de los buenos métodos de enseñanza y en el manejo de las escuelas.

Sección 2ª 

Curso Normal.

3°_ El Curso normal durará cuatro años, y la enseñanza correspondiente a cada uno de ellos será dada en tres términos, de trese semanas cada uno, en el órden siguiente:

Primer año

1 e r término:

Aritmética- Gramática- Geografía y dibujo de mapas- Lectura- Caligrafía- Ejercisios de Composición- Instrucción Moral- Canto- Ejercicios gimnásticos- Observación de la enseñanza en la Escuela de aplicación.

2° término:

Aritmética- Gramática- Geografía y dibujo de mapas- Lectura- Caligrafía- Ejercicios de composición y declamación- Instruccion moral- Canto- Ejercicios gimnásticos- Observación de la enseñanza en la escuela de aplicación.

3er término:

Aritmética- Gramática- Geografía- Lectura y Escritura- Instrucción moral- Canto- Ejercicios de Composición y declamación- Dibujo- Ejercicios gimnásticos- Prácticas de la enseñanza en la escuela de aplicación.

Segundo año

1er  término:

Algebra- Historia- Lectura y escritura- Fisiologia- Ejersisios de composicion y declamacion- Canto- Dibujo- Ejercicios gimnásticos- Práctica de la enseñanza en la escuela de aplicación.

2° término:

Algebra- Historia- Teneduría de Libros- Lectura y Escritura- Ejercicios de Composición y declamación- Canto- Dibujo- Ejercicios gimnásticos- Práctica de la enseñanza en la escuela de aplicación.

3er término:

Algebra- Ingles- Gramática- Ejercicios de Composisión y declamasion- Canto- Dibujo- Ejercicios gimnásticos- Práctica de la enseñanza en la escuela de aplicación.

Tercer año

1er término:

Geometría- Física- Principios de critica literaria- Ingles- Ejersisios de Composición y declamasion- Canto- Dibujo- Ejercicios gimnásticos- Práctica de la enseñanza en la escuela de aplicación.

2° término:

Geometría- Física- Crítica literaria- Ingles- Constitusion de la República Argentina y prinsipios de Gobierno- Dibujo- Ejercicios de Composición y declamasion- Canto- Ejersisios gimnásticos- Práctica de la enseñanza en la escuela de aplicación.

3er término:

Revista de la Aritmética- Geografía- Historia- Trigonometría y Agrimensura - Lectura- Teoría de la enseñanza- Dibujo- Discursos- Canto- Ejersisios gimnásticos- Práctica de la enseñanza en la escuela de aplicación.

Cuarto año

1er término:

Química- Francés- Inglés- Agrimensura- Teoría de la enseñanza- Discursos- Crítica literaria- Canto- Dibujo- Ejersisios gimnásticos- Práctica de la enseñanza en la escuela de aplicación.

2° término:

Filosofía moral- Química- Psicología- Francés- Inglés- Dibujo-Teoría de la enseñanza- Discursos- Canto- Ejercicios gimnásticos- Práctica de la enseñanza en la escuela de aplicación.

3er término:

Astronomía- Revista de los estudios de las escuelas comunes- Lógica- Francés- Inglés- Dibujo- Teoría de la Enseñanza- Canto- Ejercicios gimnásticos- Práctica de la enseñanza en la escuela de aplicación.

 

Artículo 4°_ Seran admitidos gratuitamente en calidad de alumnos maestros los  aspirantes que tengan más de 16 años de edad, buena salud, intachable moralidad y una instruccion que les permita emprender los estudios del Curso Normal.

            Para acreditar estas condiciones, rendiran ante el Rector y los Profesores que este nombre, un examen que versará sobre Lectura, Escritura, Ortografía, Aritmética y Geografía, según se estudian estas materias en las escuelas Comunes y presentaran los documentos siguientes:

1° Autorizacion del padre, tutor ó encargado, para dedicarse á la carrera del profesorado.

2° Certificado de buena conducta, espedido por el Cura, Pastor ó Juez de Paz de la localidad en que el aspirante haya residido durante el año anterior.

3° Certificado de buena salud, espedido por un Médico residente en la ciudad del Paraná. 

Si el resultado del exámen indicado no fuera satisfactorio, el aspirante será admitido á una clase especial preparatoria, si el Director juzga que aquel podrá completar en un año a lo más, los conocimientos necesarios para ingresar á las aulas del Curso Normal.

Artículo 5°_ No habrá alumnos [¿maestros?] en la Escuela Normal.

A mas de los que espontáneamente se presenten y sean admitidos como alumnos maestros, habrá un número de estos sostenidos por el Tesoro Nacional, y que será fijado oportunamente por el H. Congreso.

 

6° _ Todo el que obtenga una de estas plazas, quedará por el mismo hecho obligado á dedicarse por seis años á la Enseñanza pública, luego que haya terminado sus estudios, y si por voluntad propia, ó de sus padres ó encargados ó por mal comportamiento dejase de perteneser á la Escuela, ó si después de recibirse de Maestro no cumpliese el Compromiso contraído tendrá que devolver al Tesoro Nacional el importe de las cantidades que haya resibido.

7°_ Los alumnos que terminen el Curso normal y sean aprobados recibiran un diploma que los habilitará para ejercer [¿ventajosamente?] su profesion, y para  [¿ascender?]  según sus méritos y servicios en los […] empleos de la enseñanza, inspección y superintendencia  de las escuelas.

 

Seccion 3ª

Escuela de aplicación

8° _ La enseñanza de la escuela de aplicación estará distribuida en seis grados, y cada grado de instrucción se dará en tres términos de trese semana cada uno, en el órden siguiente:

Primer grado

1er término:

Lectura en carteles y pizarras murales- Ejercicios de numerasion y de calculo, contando objetos y haciendo uso del marco numeral y las pizarras- Dibujo: lineas, letras y cifras- Moral y urbanidad- Ingles: sonidos vocales- Canto- Ejercicios físicos- Enseñanza oral: objetos familiares, los cinco sentidos.

2° término:

Lectura en carteles- Ejersisios de numeración y de cálculo mental- Dibujo: lineal, letras y cifras- Moral y urbanidad- Inglés: sonidos vocales- Canto- Ejercicios físicos- Enseñanza oral: partes del cuerpo humano.

3er término:

Lectura- Alfabeto, deletreo por sonidos y nombres de letras- Ejersisios de numeración y de cálculo mental- Dibujo: contorno de figuras sencillas, letras y [¿cifras?]- Moral y urbanidad- Inglés: sonidos elementales- Canto- Ejercicios físicos. Enseñanza oral: partes del cuerpo humano, los cinco sentidos.

 

Segundo grado

1er  término:

Lectura- Deletreo por sonidos y nombres de letras- Ejercicios de numerasion y de cálculo mental. Dibujo: figuras geométricas planas y letras- Moral y urbanidad- Inglés: sonidos elementales y pronunciasion- Canto- Ejercisios físicos- Enseñanza oral: animales domésticos.

2° término:

Lectura- Ejersisios ortográficos- Ejersisios  de numeración y de calculo mental- Dibujo: figuras geométricas, letras- Moral y urbanidad- Inglés: combinasion de palabras formando frases- Canto- Ejercicios gimnásticos- Enseñanza oral: arboles.

[…]

Lectura- Ejercisios ortográficos- Ejercisios de calculo mental y de numeración romana- Caligrafía- Dibujo geométrico, representaciones geográficas- Moral y urbanidad- Inglés: formasion de  sentencias sencillas, deletreo- Canto- Ejersisio físicos- Enseñanza oral: los tres reinos de la naturaleza.

 

Tercer grado

1er término

Lectura- Ejersisios ortográficos- Cálculo mental y numeracion romana- Caligrafía- Dibujo geométrico, representaciones geográficas- Moral y urbanidad- Inglés: conversasión y deletreo- Canto- Ejercisios físicos- Enseñanza oral: colores.

2° término:

Lectura- Cálculo mental y numerasion romana-Caligrafía-Dibujo: cartones elementales- Moral y urbanidad- Inglés: conversasion, lectura y deletreo- Canto- Ejersisios físicos- Enseñanza oral: Divisiones del tiempo.

3er término:

Lectura- Ejersisios ortográficos- Cálculo mental y numeración romana- Caligrafía- Geografía- Dibujo, cartones elementales, representasiones geográficas- Moral y urbanidad- Inglés: ejersisios de conversación, lectura  y deletreo- Canto- Ejersisios físicos- Enseñanza oral: animales salvajes.

Cuarto grado

1er término

Lectura- Cálculo mental y escrito- Geografía- Escritura- Ejercicios ortográficos- Dibujo: cartones elementales, representaciones geográficas- Moral y urbanidad- Ingles, ejercicios de conversación, lectura y ortografía- Canto- Ejercicios físicos- Enseñanza oral: vejetales.

2° término

Lectura- Cálculo mental y escrito- Geografía- Escritura- Ejersisios ortográficos- Dibujo: mapas y objetos- Moral y urbanidad- Ingles: ejersisios de conversasion lectura y ortografía- Canto- Ejersisios físicos- Enseñanza oral: ofisios, herramientas y materiales.

3er término:

Lectura- Ejersisios de cálculo aritmético- Tablas de pesos y medidas y [¿sus usos?] prácticos- Geografía- Escritura- Ejercicios ortográficos- Dibujos- Moral y urbanidad. Inglés, ejersisios de conversación, lectura y ortografía- Canto- Ejersisios físicos- Enseñanza oral, nociones de Geometría.

Quinto grado

1er término:

Lectura- Aritmética- Geografía- Escritura- Dibujo- Francés- Inglés- Moral y urbanidad- Canto- Ejercicios físicos- Enseñanza oral: Historia general.

2° término:

Lectura- Aritmética- Geografía- Escritura- Dibujo- Francés- Inglés- Moral y urbanidad- Canto- Ejersisios físicos- Enseñanza oral: Historia General

3er término:

Lectura- Aritmética - Geografía- Escritura- Dibujo- Francés- Inglés- Moral y urbanidad- Canto- Ejercicios físicos- Enseñanza oral: Historia general

Sesto grado

1er término:

Lectura: Escritura: ejercicios de composición- Gramática- Ortografia- Geografía- Ejersisios de aritmética- Dibujo-Francés- Inglés- Moral y urbanidad- Canto- Ejersisios físicos- Enseñanza oral: Historia Argentina.

2° término:

Lectura- Escritura: ejersisios de composición- Gramática- Ortografía- Geografía -ejersisios de Aritmética- Dibujo- Francés- Inglés- Moral y urbanidad- Canto- Ejersisios físicos- Enseñanza oral: Historia Argentina

3er término:

Lectura- Escritura: ejersisios de composición- Gramática- Ortografía- Geografía- Ejersisios de aritmética- Dibujo- Francés- Inglés-Moral y urbanidad- Canto-Ejersisios físicos- Enseñanza oral: deberes y derechos del ciudadano en la República.

 

Artículo 9°_ Ingresaran gratuitamente en la escuela modelo, los niños de ambos sexos que tengan más de seis años de edad y que sean presentados por sus padres ó encargados.

 

Sección 4ª

Disposisiones generales

10°_ Constituiran el personal docente de la Escuela Normal:

1° Un Director que tendrá la superintendencia general del Establecimiento.

2° Los Profesores que sean necesarios para el Curso Normal á medida que se establescan las diversas enseñanzas que comprende.

3° Una Maestra inspectora de las aulas infantiles de la Escuela Modelo, y los Maestros de ambos sexos que esta requiera, según el número de los niños que la frecuenten. Todos serán nombrados por el […] pero el Director propondrá al Ministerio de Instrucción Pública los Profesores y los Maestros.

Articulo 11_ Habrá exámenes después de concluido cada uno de los primeros términos correspondientes á todo año escolar del curso normal, y á todo grado de enseñanza en la escuela Modelo, y también, respectivamente, exámenes anuales y de grado. Un Reglamento especial determinará como se han de verificar estos actos.

12- El Inspector General de Colejios Nacionales de acuerdo con el Director dispondrá la instalasion de la Escuela Normal y la formasión de los Reglamentos para su administrasion y […] interno.

13_ Dése cuenta de este Decreto al H. Congreso de la Nacion en la forma que prescribe la citada ley.

14_ Comuniquese a quienes corresponden publíquese é insértese en el R. N.

 

Firmas de Sarmiento y N. Avellaneda

 

 



 

Notas

 

[1] El artículo de Del Moral y Lizabe se basa en distintas fuentes, no en la lectura del decreto que crea la Escuela Normal de Paraná. A su vez, resulta interesante el foco que se hace en el legado de las maestras estadounidenses convocadas por Sarmiento que llegaron  entre 1869 y 1898 y que, efectivamente, contribuyeron a la expansión de las escuelas normales en las provincias. En relación con el desconocimiento del antecedente que aquí tratamos, el  Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires afirma que  “El ‘Lenguas Vivas’ es la primera institución que enseña inglés y francés como materias de promoción en los grados de la escuela primaria”, esto es, en 1904 (https://ieslvf-caba.infd.edu.ar/sitio/historia-institucional/upload/Historia.pdf).

 

[2] El texto del Decreto del 13 de junio de 1870 se encuentra  en el sitio web de la Escuela Normal “José MaríaTorres”, dependiente de la Universidad Autónoma de Entre Ríos (https://escuelanormalparana.edu.ar).

 

[3] En este  primer censo, el lugar que se le asigna a la población indígena lleva directamente a advertir las razones de la indiferencia por sus lenguas.  En el segundo censo, de 1895, se suma la presencia contundente de los inmigrantes, con el detalle exhaustivo de las colonias, aunque también aquí la referencia a sus lenguas  es casi nula.  Ambos censos resultan insumos fundamentales para la cuestión de la alfabetización que evidentemente hace tabla rasa de las distintas  lenguas maternas que algunos niños, cuando sean escolarizados, llevarán a la escuela.

 

[4] En cuanto a la religión, además de no ser materia de enseñanza,  encontramos en el Artículo 4° del Decreto de 1870 que los certificados de buena conducta para el ingreso podían ser expedido por  un cura, pastor o juez de paz, lo que deja en claro el desplazamiento de la Iglesia católica de su lugar tradicionalmente  hegemónico.

 

[5] Una muestra de los cambios se lee en  los planes de estudios incluidos en Alliaud (2007, pp.189-200). El plan de 1886  para las Escuelas Normales indica que “hay dos clases de Escuelas Normales; las Elementales y las Superiores” y que solamente son Superiores, dos escuelas de la  Capital y la del Paraná. Las primeras, destinadas a formar maestros, tienen francés como asignatura. Las segundas, que forman profesores, agregan  a los estudios elementales  dos años más en los que la lengua extranjera es el inglés. En 1887, el plan de estudio para formar maestros se reduce a tres años. El francés continúa presente entre las asignaturas.  En los dos años para la formación de profesores se mantiene el inglés. No hay referencia a los planes de las escuelas de aplicación.

 

[6] En el  primer período de Escuelas Normales (1871-1892),  de las 34 escuelas normales creadas, 13 eran de varones, 14 de mujeres y 7 mixtas. La escuela Normal de Paraná fue también la primera escuela  normal mixta, la siguiente  fue  la de la ciudad de Azul, en 1887 (Alliaud, 2007, p.180).