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Hidronegocio y conflictos
socioambientales en el oeste
de Santa Catarina, Brasil1
Hydrobusiness and socio-environmental
conflicts in the west of Santa Catarina, Brazil
Silvana Winckler2 y Arlene Renk3
Resumen
Este trabajo propone una interpretación de los conictos socioam-
bientales en la región occidental de Santa Catarina tras la instala-
ción de la Usina Hidroeléctrica de Foz do Chapecó, tomando como
elementos de análisis el papel del Estado en la nanciación del pro-
yecto, la inversión del sector privado en el ámbito del hidronegocio y
las iniciativas de movilización social de las comunidades afectadas
en diferentes etapas del proyecto. La presencia estatal antes, du-
rante y después de la instalación del megaproyecto proporciona el
soporte institucional de la legalidad, mientras que las disputas sobre
la legitimidad de los actores y las demandas se desarrollan en el ám-
bito social. Metodológicamente, consta de un estudio bibliográco y
documental y de una investigación empírica (entrevistas), realizada
en 2019. Se concluye que siguen existiendo conictos que afectan a
Foz do Chapecó Energía y a diferentes categorías de afectados.
1 Una versión anterior de este trabajo fue publicada en idioma portugués como Winckler,
S., & Renk, A. (2022). Hidronegócio e conitos socioambientais no oeste de Santa Cata-
rina. Revista História: Debates E Tendências, 22(3), 34-53.
2 Doctora en Derecho. Profesora de los Programas de Posgrado en Ciencias Ambientales
y de Derecho, Unochapecó, Brasil. Email: silvanaw@unochapeco.edu.br
3 Doctora en Antropologia Social. Profesora de los Programas de Posgrado en Ciencias
Ambientales y de Derecho, Unochapecó, Brasil. Email: arlene@unochapeco.edu.br
Palabras clave:
Acciones del Estado
Represas
Impacto
socio-ambiental
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Abstract
This study proposes a view of the socio-environmental conicts in
the western region of Santa Catarina after the installation of Foz do
Chapecó Hydroelectric Power Plant, taking as elements of analysis
the state nancing of the work, the hydro business private invest-
ment and the social mobilization of the a󰀨ected villages in di󰀨erent
stages of the implantation. State presence, before, during and after
the installation of the mega-project, o󰀨ers the institutional support of
legality, while disputes over the legitimacy of actors and demands
are developed in the social eld. Methodologically, it consists of a bi-
bliographical and documentary survey, as an empirical research (in-
terview) carried out in 2019. We conclude that there remain conicts
that oppose, on one hand, the Foz do Chapecó Energia Company
and, on the other, di󰀨erent a󰀨ected people categories.
Introducción
En el actual escenario brasileño, el aparato estatal, plasmado en
planes y programas de gobierno, leyes, reglamentos, edictos, etc.,
se basa en la economía que, por más que se liberalice, da paso a
acciones estatales desarrollistas. Este aspecto fue claramente per-
ceptible en la propuesta de la Comisión Económica para América
Latina y el Caribe (CEPAL) en materia de inversiones en los años
50, sobre la sustitución de importaciones por la industrialización na-
cional; y en la década siguiente, sobre las reformas para desblo-
quear la industrialización. Posteriormente, la atención se centró en
la diversicación pro-exportadora, como se revela en la historia de la
CEPAL (COMISIÓN..., 2018). En un contexto neoliberal, con la pri-
vatización de las empresas estatales, la acción del Estado está pre-
sente en la dirección de las políticas públicas y en la planicación de
sectores considerados estratégicos, como la energía. Por un lado,
está el ámbito legal que sustenta y orienta las acciones; por otro, la
denición de las prioridades estatales de nanciación.
El Estado brasileño, como Juno, tiene dos caras: la democráti-
ca, con una Constitución que garantiza los derechos, considerada
Keywords:
State actions.
Dams.
Social and
environmental impacts.
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avanzada - el Congreso Nacional ratica declaraciones y pactos internacionales so-
bre derechos, elogiando la posición del Estado brasileño en el ámbito internacional;
Por otro lado, la perspectiva estatal que prevalece bajo la economía liberalizada ha
presentado algunos desajustes frente a los derechos humanos, como lo revelan los
estudios sobre conictos socioambientales derivados de grandes proyectos de in-
fraestructura (Zhouri; Oliveira, 2007; Vainer, 2008; Baron, 2012; Rocha, 2012; Renk;
Agnolin; Winckler, 2014; Renk; Winckler, 2017; Winckler; Renk, 2019).
En décadas pasadas, el sector energético brasileño fue fuertemente movilizado por
las inversiones del Programa de Aceleración del Crecimiento (PAC) de los gobiernos
de Lula y Dilma (2003-2010; 2011-2016). La lectura política del momento señalaba la
necesidad de invertir fuertemente en la producción de energía, necesaria para calen-
tar las actividades económicas, especialmente la producción industrial.
Entre las alternativas tecnológicas para la producción de energía, la energía hi-
dráulica demostró ser más barata y/o menos perjudicial para el medio ambiente, en
comparación con la producción termoeléctrica, derivada de los combustibles fósiles,
la energía solar y la eólica. En aquel momento no se planteó la ampliación de la in-
fraestructura energética con el recurso a las centrales nucleares.
La central hidroeléctrica de Foz do Chapecó fue una de las obras incluidas en las
acciones del Programa de Aceleración del Crecimiento (PAC), implementado por el
gobierno federal brasileño en 2007. Como ha ocurrido en otros grandes proyectos en
todo el país, en su construcción han intervenido actores y mediadores de distintos
matices y tamaños, con su capital en juego. Los conictos se conguran en todas las
etapas del proceso: desde los estudios iniciales para la autorización de la obra hasta
el llenado del lago y las “secuelas” de los impases restantes a través del Ministerio
Público Federal y el Poder Judicial.
Utilizamos, en estos análisis, información obtenida en el trabajo de campo (entre-
vistas y observaciones) desarrollado en la colonia de pescadores Z-29, de Chapecó
(SC), en el año 2019, notas tomadas en las audiencias públicas, noticias publicadas
en periódicos regionales, sitios web ociales de los Ministerios del Gobierno, así como
fuentes secundarias.
1. La presencia del estado en el sector energético brasileño
La presencia del Estado brasileño en el sector de la energía se ha hecho sentir, sobre
todo, en la garantía de la nanciación pública de las obras de infraestructura (inversio-
nes del PAC), en la regulación del sector, a través de la Agencia Nacional de Energía
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Eléctrica (ANEEL), y en el procedimiento de concesión de licencias ambientales para
las actividades que tienen impacto en el medio ambiente, a través del poder de policía
plasmado en las resoluciones del Consejo Nacional del Medio Ambiente (Conama) y
en la actuación del organismo ejecutor, el Instituto Brasileño del Medio Ambiente y de
los Recursos Naturales Renovables (IBAMA). A continuación, detallaremos cada una
de estas formas de inserción del Estado en el sector hidroeléctrico.
El Programa de Aceleración del Crecimiento (PAC) fue instituido por el gobierno fede-
ral brasileño mediante el Decreto 6.025 del 22 de enero de 2007, y lanzado el 28
de enero de 2007. Abarcó un conjunto de políticas económicas destinadas a acelerar
el crecimiento económico de Brasil, destinando inversiones de alrededor de 503,9
mil millones de reales para obras de infraestructura. Teniendo en cuenta el décit
energético brasileño, evidenciado en la “crisis de los apagones” (2001 y 2002), que
comprometió seriamente las perspectivas de crecimiento industrial, más de la mitad
de los recursos del PAC (274.000 millones) se destinaron a nanciar el sector ener-
gético - las mayores sumas beneciarían al sector del petróleo y del gas natural. La
generación y transmisión de electricidad contó con inversiones de más de R$ 77 mil
millones (BRASIL, 2012).
La central hidroeléctrica de Foz do Chapecó fue uno de los proyectos previstos
para su ejecución en la cuenca del río Uruguay que partió del estudio del potencial
energético realizado en la década de 1960 por el gobierno militar, proyecto retoma-
do en la década de 1990, tras la privatización del sector eléctrico. Forma parte de la
estrategia de dotar al país de las infraestructuras necesarias para la reanudación del
crecimiento económico (SANTOS, 2003). Como primer emprendimiento del Progra-
ma de Aceleración del Crecimiento (PAC), en términos de nanciación, recibió R$ 1,6
mil millones del Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES).
Foz do Chapecó Energia S/A es la empresa gestora de la Usina Hidrelétrica Foz do
Chapecó. La inauguración de la planta tuvo lugar el 30 de diciembre de 2010, cuando
entró en funcionamiento la tercera de las cuatro unidades generadoras, con la presen-
cia de autoridades del sector eléctrico y dirigentes políticos de la región de inuencia.
La última unidad generadora entró en funcionamiento en marzo de 2011.
Se espera que la central hidroeléctrica de Foz do Chapecó pueda satisfacer el
equivalente al 25% del consumo de energía del estado de Santa Catarina y el 18%
del consumo de Rio Grande do Sul. Los municipios directamente afectados por la
formación del lago están recibiendo la Compensación Financiera por el Uso de los
Recursos Hídricos (CFURH), también conocida como regalías; todos los municipios
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afectados por el proyecto, directa o indirectamente, recibieron inversiones como miti-
gación de impactos negativos, compensación por daños o compensación ambiental.
La central hidroeléctrica de Foz do Chapecó fue una de las obras prioritarias del pri-
mer Plan de Aceleración del Crecimiento (PAC), implementado por el gobierno federal
brasileño durante el gobierno de Luiz Inácio Lula da Silva. Con una potencia instalada
de 855 MW, consumió recursos de alrededor de R$ 2,64 mil millones, siendo la mayor
tajada de este recurso proveniente de fuentes públicas, vía BNDES (Foz do Chapecó
Energia, 2018). Forma parte del sector denominado “hidronegócio”. Tomamos la ex-
presión de Batista y Miranda (2019, p. 117):
La historia de los ríos amazónicos como lugares de “negocios”, aquí abordada, está
vinculada a la producción historiográca de registros de usos y representaciones del
agua. Dialoga con las discusiones contemporáneas que involucran a sectores de los
movimientos sociales que han sistematizado la terminología “hidronegociaciones” para
nombrar los mandatos políticos y económicos guiados por la relación mercantil con el
agua. Se entiende por hidronegocio, literalmente, todo tipo de negocio que implique
agua (Malvezzi, 2012), ya sea el negocio del agua embotellada, el riego agrícola co-
mercial, la privatización de las fuentes de agua o la construcción de represas para la
producción de energía hidroeléctrica, entre otros.
Etges y Baron arman que “La energía eléctrica que era considerada un servicio, se
ha convertido en una mercancía que mueve miles de millones anualmente, caracte-
rizando lo que se denomina en este trabajo como Hidronegócio” (2017, p. 77). Re-
riéndose especícamente al sector de la energía, los autores mencionan: “Para Vainer
(2008), que señaló el uso de la categoría Hydro-business, se trata, en sentido estricto,
de un neologismo. La electricidad se transforma en una mercancía y se comercializa
en los mercados nacionales y extranjeros como cualquier otro producto” (Etges; Ba-
ron, 2017, p. 77).
El hidronegocio se instaló en la cuenca del río Uruguay por acción del Estado. Si-
guió la privatización del sector, con intensa participación de empresarios brasileños
en la formación de consorcios empresariales que se beneciaron de las inversiones
públicas. Entre los principales segmentos se encuentran las industrias del acero, el
aluminio y el cemento. Últimamente se observa la internacionalización del capital que
posee las acciones de las centrales eléctricas: Engie (Bélgica), Three Gorges (China),
State Grid (China), por ejemplo.
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2. Agencia Nacional de Energía Eléctrica - ANEEL
Hasta mediados de los años 90, el sector energético brasileño era un monopolio es-
tatal. La reestructuración y privatización del sector se produjo en 1995, durante el
gobierno de Fernando Henrique Cardoso, con la promulgación de la Ley General de
Concesiones (ley 8.987). En consonancia con la Constitución de 1988, esta ley exigía
que las concesiones se hicieran mediante licitación. Otra ley federal, la Ley nº 9.074,
prorrogó por 20 años las concesiones de las centrales hidroeléctricas que estaban en
construcción. Aquellos cuyo calendario de ejecución se retrasó se vieron obligados a
incorporar la inversión privada (FERREIRA, 2000).
Para gestionar los intereses en juego, se creó la Agencia Nacional de Energía Eléc-
trica (ANEEL), un organismo regulador con naturaleza jurídica de autarquía federal,
que forma parte de la administración pública indirecta. La ANEEL fue creada por la
Ley 9427 de 26 de diciembre de 1996 y está vinculada al Ministerio de Minas y
Energía. La misión de la ANEEL es “[...] proporcionar condiciones favorables para que
el mercado de la energía eléctrica se desarrolle con equilibrio entre los agentes y en
benecio de la sociedad”. (BRASIL, 2013).
La centralidad de la ANEEL en la expansión del sector hidroeléctrico se debe a la
competencia de esta agencia reguladora para realizar subastas de concesiones de
proyectos de generación y transmisión de energía. Los anuncios que regulan estas
subastas establecen los requisitos de competencia y las obligaciones de los conce-
sionarios. La subasta pública estipula la oferta de pago para obtener la concesión
de uso de bienes públicos en la explotación del aprovechamiento hidroeléctrico. A la
subasta le sigue la rma del contrato de concesión, que se rmará entre la autoridad
concedente, a través de ANEEL, y el concesionario.
La UHE Foz do Chapecó estaba contemplada en el anuncio de subasta n.
002/2001-ANEEL. El respectivo contrato de concesión preveía un plazo de 35 (treinta
y cinco) años, a partir de la fecha de su rma, pudiendo ser prorrogado de acuerdo
con las cláusulas preestablecidas.
3. Licencias Ambientales
La Constitución Federal de 1988 y la Ley 6.938/1981 determinan que las actividades
con potencial para causar un impacto signicativo en el medio ambiente deben ser
autorizadas y, en casos especícos, precedidas de un Estudio de Impacto Ambiental
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(EIA) y del correspondiente Informe de Impacto Ambiental (RIMA).
La concesión de licencias es un proceso administrativo que encuentra su funda-
mento legal en el poder de policía, denido en el artículo 78 del Código Tributario
Nacional.
Por tratarse de un proceso complejo y que involucra intereses difusos, el licencia-
miento ambiental debe cumplir con los principios mencionados en el artículo 37 de la
Constitución Federal, a saber: legalidad, impersonalidad, moralidad, publicidad y e-
ciencia. La concesión de licencias ambientales puede requerir una serie de procedi-
mientos especícos, determinados por la agencia de concesión de licencias, incluida
la celebración de una audiencia pública en la que participen varios segmentos de la
población interesados o afectados por la empresa.
La denición del órgano concedente deberá tener en cuenta lo dispuesto en la Ley
Complementaria 140/11, en sus artículos 7, 8 y 9 (BRASIL, 2011), que adopta como
parámetros la extensión del área de inuencia de la empresa y su naturaleza. Así, por
ejemplo, corresponde a la agencia federal de medio ambiente, el Instituto Brasileño
de Medio Ambiente (IBAMA), autorizar las actividades que puedan proyectar impac-
tos ambientales en dos o más estados (y/o Distrito Federal/territorio), las situadas en
zonas fronterizas con otros países, las destinadas a procesar material radiactivo o
que utilicen energía nuclear, las que constituyan bases o empresas militares, las cen-
trales hidroeléctricas con capacidad instalada igual o superior a 300 megavatios y las
actividades ubicadas o desarrolladas en tierras indígenas y en unidades de conser-
vación establecidas por el Gobierno Federal. Las demás empresas, no contempladas
extensamente en la lista del artículo 7, XIV, podrán ser licenciadas por organismos
ejecutivos estatales o municipales, siempre considerando los límites de incidencia del
impacto.
La Ley de Política Ambiental Nacional otorgó a la Conama la facultad de establecer
procedimientos para la concesión de licencias de actividades efectiva o potencialmen-
te contaminantes. Con base en este poder legislativo, la CONAMA emitió las Reso-
luciones 001, del 23 de enero de 1986, que trata del informe de impacto ambiental, y
237, del 19 de diciembre de 1997 (BRASIL, 1997), que regula aspectos del licencia-
miento ambiental.
El concepto de “medio ambiente” implica factores sociales, culturales, físicos, natu-
rales y económicos, diferenciándose de la “naturaleza” en que abarca al ser humano
en todas sus formas de organización social, y no se limita a los bienes naturales. El
impacto ambiental, por su parte, es una modicación repentina causada al medio
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ambiente. Para entender el signicado de esta modicación, es necesario un análisis
cuidadoso de las alteraciones ambientales causadas. En la Resolución 001/1986 del
Conama, artículo 1, se dene el “impacto ambiental” de forma amplia:
Art. 1 El impacto ambiental es cualquier cambio en las propiedades físicas, quí-
micas y biológicas del medio ambiente, causado por cualquier forma de materia o
energía resultante de las actividades humanas que afectan directa o indirectamente:
I - la salud, la seguridad y el bienestar de la población; II - las actividades sociales y
económicas; III - la biota; IV - la calidad de los recursos ambientales.
Toda acción producida por el hombre repercute en el equilibrio de los ecosistemas.
De esta constatación se deriva la necesidad de reexionar sobre las consecuencias de
la intervención humana en los procesos naturales y culturales que conguran las bases
físicas, químicas, biológicas y las formas de vida que llamamos “medio ambiente”.
Desde esta perspectiva, todo impacto ambiental es el resultado de la intervención
humana en el medio ambiente. Los procesos espontáneos pueden repercutir en la
calidad del medio ambiente y afectar, de forma positiva o negativa, a la vida en el Pla-
neta. Sin embargo, la denición legal de “impacto ambiental” vincula la alteración de
las condiciones físicas, químicas y/o biológicas y las formas de vida a las actividades
humanas.
Los contratos de concesión para la explotación de centrales hidroeléctricas rma-
dos entre la ANEEL, en representación del Estado brasileño, y los concesionarios
ganadores de las subastas de energía condicionan el compromiso de obtener las
licencias ambientales necesarias en cada etapa (licencia preliminar, licencia de insta-
lación y licencia de explotación).4
4. Represas en la cuenca del Río Uruguay
La cuenca hidrográca del río Uruguay abarca el 2% del territorio brasileño, con
174.612 km². Se encuentra en el sur del país, entre los estados de Santa Catarina
y Rio Grande do Sul. Su río principal, el Uruguay, tiene una longitud de 2.200 km y
divide, en su tramo nacional, los territorios de Santa Catarina y Rio Grande do Sul, se
extiende en suelo argentino y uruguayo y llega a su desembocadura en la cuenca del
4 Véase, por ejemplo, la cláusula séptima, XII del contrato de ANEEL con el Consórcio Foz do Chapecó, que
trata de los deberes del concesionario y de las condiciones de explotación del aprovechamiento hidroeléctrico:
“[... ] respetar la legislación ambiental y de recursos hídricos, adoptando todas las medidas necesarias con
los organismos ambientales y de recursos hídricos para obtener las licencias y autorizaciones, por su cuenta
y riesgo, cumpliendo todos sus requisitos, observando los plazos legales de análisis de los proyectos por los
organismos ambientales y comprometiéndose con la calidad de la información que pueda ser solicitada por el
organismo ambiental. (BRASIL. Ministerio de Minas y Energía. ANEEL. Contrato de concesión n. 128/2001 -
ANEEL - AHE Foz do Chapecó Fl. 5/19).
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Plata. Históricamente, el río Uruguay desempeñó un papel decisivo en los períodos
de desarrollo de esta región, como medio de transporte de madera de la mano de
los balseiros (Bavaresco, 2005; Bellani, 2006). Actualmente, tiene un papel relevan-
te en las actividades agroindustriales, especialmente en la cultura del arroz de re-
gadío, en el estado gaucho, y en el potencial hidroeléctrico (Santa Catarina,, 2008).
Debido a las características hidrográcas del territorio brasileño, los gobiernos han
optado por la generación de electricidad principalmente a través de centrales hi-
droeléctricas. En 2020, representarían el 65,2% de la generación de electricidad,
según datos del Ministerio de Minas y Energía en el informe de Balance Energético
Nacional (Brasil, 2021).
Aunque se acepte la necesidad de ampliar el suministro de electricidad en Brasil
para satisfacer las demandas del desarrollo económico y social, esta opción ha ge-
nerado numerosas controversias en relación con los impactos ambientales, sociales
y culturales producidos por el modelo tecnológico utilizado en el represamiento, en el
que se bloquea completamente el curso del río y se forman lagos. En las últimas -
cadas, algunas iniciativas han aumentado la diversidad de proyectos hidroeléctricos,
dividiendo el uso de la cuenca hidrográca en pequeñas, medianas y grandes centra-
les; aun así, se ha mantenido el concepto de bloqueo del caudal del río. Los proyectos
de instalación de centrales eléctricas en el río Madeira (HPP Santo Antônio y Jirau) y
en el complejo energético del río Tapajós (que incluye cinco centrales) se han imple-
mentado con nuevas tecnologías que permiten mantener el curso y el caudal de los
ríos, atendiendo, en parte, a las especicidades de la ictiofauna local y permitiendo
el mantenimiento de las actividades culturales y socioeconómicas tradicionales de
las poblaciones ribereñas. Eletrobrás, empresa del Ministerio de Minas y Energía, ha
publicitado este nuevo enfoque como “energía para el bien” en su material publicitario
institucional, difundido en varios medios de comunicación (Agnolin, 2012).
La cuenca hidrográca del río Uruguay, sección nacional, cuenta con un estudio de
aprovechamiento de la década de 1960, realizado por la Comisión de Estudios Ener-
géticos de la Región Sur (Enersul), con revisiones en décadas posteriores, debido a
la dinámica de las necesidades energéticas del país; aproximadamente el 70% del
aprovechamiento propuesto ya ha sido ejecutado. Aunque la explotación de la cuenca
del río Uruguay fue revisada en la década de 1990, con nuevas reglas para el sector y
el redimensionamiento de los proyectos, con represas más pequeñas, subdividiendo
la explotación anteriormente propuesta, todos los emprendimientos utilizan el bloqueo
del curso del río, inuyendo drásticamente en la realidad socioeconómica y cultural de
las poblaciones afectadas.
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La transformación de un medio lótico (un río de caudal rápido) en uno léntico (un
lago) tiene un impacto en la fauna regional, especialmente la piscícola, y en la con-
guración orística, además de desplazar a las familias ribereñas, principalmente agri-
cultores y pescadores artesanales. La formación del lago inunda las tierras agrícolas y
altera la calidad del agua, provocando la desaparición de especies de peces de valor
económico y nutricional para los habitantes de las riberas.
En cuanto a los impactos resultantes de la construcción de la presa, se realizan
varios esfuerzos para mitigarlos, minimizarlos y compensarlos, de acuerdo con la le-
gislación ambiental brasileña y la dimensión del proyecto hidroeléctrico, así como con
las características ambientales del área de inuencia. Este proceso se traduce en un
conjunto de acciones que se desencadenan directamente con los municipios y las
poblaciones afectadas. En el caso de la Central Hidroeléctrica de Foz do Chapecó,
todos los proyectos están detallados en un documento denominado Programa Básico
Ambiental - PBA (ECSA, 2003).
Los registros señalan que, de los trece alcaldes de los municipios directamente
afectados por la UHE Foz do Chapecó, inicialmente sólo dos estaban en contra del
emprendimiento. Con los cambios resultantes de las demandas municipales en los
últimos años del proyecto, hubo un alineamiento de tal manera que todos los repre-
sentantes del ejecutivo se mostraron a favor del emprendimiento, tomándolo como
referencia para el desarrollo regional y para que el turismo se incrementara con la
formación del lago. Sin embargo, desconocían la exigencia legal del Plan de Conser-
vación y Aprovechamiento del Entorno de los Embalses Articiales (PACUERA) como
requisito para acceder al lago y ocupar sus orillas en cualquier circunstancia. Siguie-
ron la lógica de la inevitabilidad del trabajo (Zhouri; Oliveira, 2007) y esperaron sacar
el máximo provecho de él como una empresa que favorecería el crecimiento de los
municipios y de la región (Agnolin; Winckler; Renk, 2012).
5. Afectados
La construcción de un proyecto de la envergadura de la UHE Foz do Chapecó es in-
herente al surgimiento de la categoría “afectado”, que, a su vez, es una construcción
social observable en el transcurso de las obras, con efectos objetivos y subjetivos
en los grupos sociales obligatoriamente involucrados en el proyecto de los “otros”.
El reconocimiento de la categoría de “afectado”, cuando se produce, se da dentro
de determinadas circunstancias, como las tangibles a la materialidad de las aguas
y compensadas a través de la monetarización del impacto. El no reconocimiento se
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caracteriza por la obliteración de otros grupos, como las minorías sociales más vulne-
rables. Incluso cuando hay una compensación monetaria, ésta no se produce nece-
sariamente sin conicto.
“Afectado” es una categoría construida bajo un amplio espectro denotativo, ya sea
en la disputa por la inclusión de quienes reclaman esta condición, o la exclusión por
parte de quienes arbitran los criterios, por más que el Estado objetive los requisitos
de legitimidad de la condición de afectado. No se puede olvidar que esta identidad
se construye y se activa ante la convicción sobre la inevitabilidad del trabajo (Zhou-
ri; Oliveira, 2007) y ante la retórica del desarrollo que lo sustenta (Ribeiro, 2008).
Tomados en su particularidad, los afectados pueden ser clasicados, tipologizados,
a veces como piezas de estudio; a veces como piezas de una población peligrosa,
rebelde, cuando se resisten a la obra, al activarse los mecanismos de la legalidad en
detrimento de la legitimidad (Rocha, 2014); a veces como guardianes de la miseria
(Zhouri; Oliveira, 2007); a veces como reconocedores del progreso resultante de la
obra -según el lugar desde el que se mire y las razones por las que se interpreta el he-
cho. En el conjunto de estudios sobre el tema, tal vez se presenten como refugiados
del desarrollo (Giongo et al., 2017) o víctimas del desarrollo (Renk, Winckler, 2017)
-tomados acumulativamente-, de una sucesión de represas construidas a lo largo del
territorio brasileño.
Al no tipicar, sino tomar los registros, como en los estudios de Rocha (2012), Ba-
ron (2012) y Agnolin (2012), especícamente referidos a la PCH de Chapecó Foz, y
Reis (2001) y Vainer (2008), respecto a otras PCH, se observa que las relaciones son
tensas entre los afectados y los empresarios. En primer lugar, está la cuestión de lo
que se reconoce como afectado: a pesar de las reticencias y la oposición al proyecto,
en última instancia, ante la urgencia del proyecto y su avance físico, todos se con-
sideran afectados y con derecho a indemnización, lo que no signica que estén de
acuerdo con el proyecto. En segundo lugar, por parte del promotor está la elección
de los afectados: siempre considerará que hay un mayor número de solicitantes que
los que efectivamente se verían afectados -este es un punto de disputa que puede
ser objeto de acciones legales por parte de los excluidos de ser afectados-. El tercer
aspecto consiste en el cálculo de la valoración: por parte del empresario predomina la
lógica de la economía formal; los afectados, en general, tenderán a valorar la lógica
de la economía sustantiva (Polanyi, 1980), es decir, la incrustada en lo social -la pro-
piedad, la inversión familiar en ese lugar, el huerto, la fuente de agua, la huerta, la red
de sociabilidad, es decir, elementos intangibles desde el punto de vista del mercado.
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Por un lado, el Consorcio de Foz do Chapecó utiliza los preceptos de la economía
formal para las compensaciones, con la creación de comisiones, sin el apoyo de inter-
locutores históricos, como el Movimiento de Afectados por las Represas (MAB), des-
legitimado por el empresario como agente de negociación. El consorcio creó comités
de diálogo y negociación. En el lado de Santa Catarina, se creó la Associação Mista
dos Atingidos (AMISTA - Asociación Mixta de Afectados por las Represas) para actuar
como mediadora en la comisión negociadora; en el lado de Rio Grande do Sul, se optó
por comités municipales con el apoyo de los Sindicatos de Trabajadores Rurales, que
incluyeron a la Associação de Proteção do Meio Ambiente (APAN - Asociación para la
Protección del Medio Ambiente) como parte en la negociación.
La composición de estos nuevos mediadores, especialmente AMISTA, distaba mucho
de representar a quienes vivían y obtenían sus ingresos familiares de las tierras que
se iban a inundar o de las aguas del río.
Por otra parte, además de entrar en el ámbito del mercado de bienes del agua (Bour-
dieu, 2007), estamos en disputa con las matrices de medición, bajo los efectos de los
procesos y cálculos. Esto no signica que la población los desconozca totalmente,
sino que no participó en el cálculo efectivo, y que hubo asimetría entre las lógicas de
los grupos, como ya fuera mencionado.
6. Los ojos rasgados del EIA/RIMA
Hay que considerar que el Estudio Socioambiental de la UHE Foz do Chapecó se
basa en la lógica de la economía formal. Sin embargo, en el mismo continuo tempo-
ral, hay grupos que comparten, si no en su totalidad, al menos en parte, la economía
moral, en el sentido atribuido por Thompsom (1987) -se insertan aquí los ofuscados
en los estudios ambientales, como los pueblos indígenas y los pescadores.
En cuanto a los pueblos indígenas, nos referimos a los kaingang que, después de la
vida urbana en Chapecó, fueron reagrupados en Aldeia Condá; y los pescadores arte-
sanales, los de las colonias conocidas como Zona 29, en Chapecó, y Zona 35, en São
Carlos - estos grupos no fueron incluidos en el EIA/RIMA. El territorio tradicional de
los kaingang se extiende desde São Paulo hasta Rio Grande do Sul, un espacio por el
que tradicionalmente han transitado. Durante la construcción de la central hidroeléctri-
ca de Itá, el eje central de la obra fue desviado debido a la presencia de indígenas. El
Plan Básico Ambiental de la PCH Foz do Chapecó menciona la presencia de grupos
indígenas en la región de manera genérica; el lenguaje del EIA/RIMA, al referirse a los
pueblos kaingang y guaraní, evoca el pasado y hace mención de áreas de inuencia
indirecta de la PCH Foz do Chapecó en tierras indígenas ubicadas en la región.
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Las relaciones de la Kaingang con el consorcio responsable de la construcción de
la UHE Foz do Chapecó están determinadas en el Aviso 002/2001 de la ANEEL, que
estableció un plazo de ajuste de conducta de este organismo regulador y de la FUNAI
con vistas a la adquisición de los terrenos que constituirían la futura Aldea Condá. Las
acciones para obtener el terreno no fueron pacícas, dando lugar a una Acción Civil
Pública, exigida por el Ministerio Público Federal. La Aldea Condá, establecida en un
área de 2.300 hectáreas, fue aprobada en mayo de 2016. No se menciona la consulta,
al tratarse de pueblos indígenas y tradicionales, en los términos del Convenio 169 de
la OIT.
En cuanto a los pescadores, lo que se menciona en el estudio medioambiental (EIA/
RIMA) es la pesca como ocio, no como actividad profesional. La pesca profesional no
se reconoció hasta más tarde, en el Plan Básico Ambiental (PBA). Paradójicamente,
los pescadores artesanales profesionales, un segmento ausente en los documentos,
fueron los que surgieron y ganaron visibilidad en la sociedad regional durante las ba-
tallas en torno a la construcción de la represa.
Con el llenado del lago y la inminencia de la pérdida de su fuente de ingresos, el
segmento de las colonias de pescadores comenzó a aparecer con relativa frecuencia
en los medios de comunicación. Por un lado, hubo acciones para descalicar a los
pescadores cuestionando la legitimidad de la categoría, empezando por el número
de licencias emitidas. Sin embargo, la actuación del Ministerio de Pesca y de los
concejales locales legitimó las reivindicaciones de los pescadores. En junio de 2008,
los concejales de Chapecó y el MAB movilizaron a la Comisión Nacional Especial de
Derechos Humanos, formada por el Ministerio Público Federal, el Fiscal General de la
Unión, representantes de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Ministerio
de Minas y Energía y el Ministerio de Medio Ambiente. En las negociaciones, siguen
exigiendo que se reconozca que los pescadores profesionales existen, viven y ejer-
cen actividades económicas en la zona afectada, y pretenden que se les incluya en
las negociaciones y los documentos. También exigieron, en esa ocasión, el acceso al
Crédito Rural y a la Carta de Crédito Rural a efectos de liquidación.
Si los pescadores, desde la invisibilidad total, se hicieron presentes y se reconocie-
ron como actores, este hecho no signicó homogeneidad y acuerdo interno dentro de
la categoría. El consorcio negoció por separado con los pescadores de las distintas
colonias. En una de ellas, dada la vertiente más combativa, las negociaciones con
el consorcio llegaron a un punto muerto; la colonia de pescadores de São Carlos, la
Z-35, obtuvo algunos benecios, como un barco para el transporte por el río, una sede
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urbana en una zona noble de la ciudad, y sus miembros tuvieron acceso a recursos
nancieros. En ambas colonias, la discusión sobre la viabilidad de la pesca se man-
tiene antes del represamiento del río.
Trabajando dentro de la lógica de la inevitabilidad de la construcción de empren-
dimientos, ya sea la Foz do Chapecó o las Pequeñas Centrales Hidroeléctricas pre-
vistas para los auentes del río Uruguay, los consorcios energéticos movilizan a la
sociedad y a las instituciones cientícas, abriendo avisos públicos para cumplir con
la ley, como registros y rescates históricos, educación ambiental, programas de recu-
peración de ictioora/fauna, construcción de equipamientos comunitarios, pavimenta-
ción de caminos vecinales dentro de los municipios. El poder de negociación, en estos
casos, apunta a la desigualdad de poder de los agentes.
Si observamos con más detenimiento la actuación procesal de los distintos agen-
tes, observamos que los informes y dictámenes no siempre presentan la abilidad
deseada, cuestión que entra dentro de la dimensión ética de los profesionales que los
elaboraron. Por un lado, la población local no puede apropiarse de los instrumentos
legales que, teóricamente, estarían a su disposición; por otro, a pesar de la exigencia
legal de disponer de informes, las empresas también han sido parsimoniosas y hacen
oídos sordos a las demandas de lectura y análisis. Cabe mencionar que los profesio-
nales contratados por avisos públicos para rescatar artefactos culturales no han res-
pondido como se esperaba, cumpliendo sólo parcialmente lo contratado -aunque la
dimensión ética en la responsabilidad del cumplimiento de las acciones es un asunto
privado (profesional).
Una fracción de la población también hace uso del clientelismo, en un intento de ob-
tener ventajas con las empresas constructoras. Los ayuntamientos y las poblaciones
de la región de inuencia de las obras exigían lantropía empresarial. Las coyunturas
cambian, los agentes se mueven, se hacen alianzas y se presentan rupturas. En un
momento, observamos la estrecha relación que se establece entre los alcaldes y el
consorcio, la búsqueda de recursos nancieros para la compra de computadoras para
las escuelas públicas, la pavimentación de caminos de acceso a los municipios invo-
lucrados; en otro momento, el Proyecto Básico Ambiental habla del potencial turístico
que se implementará con la obra - en este sentido, el consorcio promueve seminarios
sobre turismo, deseando ser el “vector de desarrollo turístico de la región” (Diário do
Iguaçu, 30 de julio de 2007, p. 7). Por ello, la empresa ha creado su programa de
generación de ingresos, denominado Novo Rumo, con el fomento de asociaciones,
como la Associação Encontro das Águas y la Associação Pontal da Serra.
99
Existe la responsabilidad social, la de los balances sociales, pero también la lantro-
pía, que, en sentido estricto, no debe practicarse necesariamente. Como ejemplo, en el
periódico Diário do Iguaçu, la Coluna da Foz presentó el 19 de diciembre de 2007:
Foz do Chapecó apoya la esta de Navidad en Alpestre - en diciembre la esta orga-
nizada por el programa PSF [Programa de Salud de la Familia] del municipio, junto
con el SICREDI, reunió a 500 personas de los municipios. Foz apoyó el evento con la
donación de juguetes y dulces que fueron distribuidos por Papá Noel. Amplio programa
de juegos y juguetes.
Consideraciones nales
El aparato estatal precede a los emprendimientos hidroeléctricos, ya sea en forma de
leyes que guían el proceso de licitación, o a través de agencias reguladoras que me-
dian las relaciones entre el capital privado y las políticas estatales. Las obras, tomando
como ejemplo el caso de la UHE Foz do Chapecó, por un lado, se insertan en el PAC
como signos de progreso y desarrollo social y económico; por otro lado, se inscriben en
la lista de intervenciones ambientales que dan lugar a movilizaciones sociales contra el
Estado por el incumplimiento de medidas sancionadas por éste, como la asignación de
tierras para la colocación de indígenas kaingang (Aldea Kondá), en el caso estudiado, y
la indemnización de la población ribereña (desplazados, pescadores).
La tensión entre diferentes intereses y la disputa entre actores en busca del mono-
polio de la legitimidad de la representación de los “afectados” activa los capitales en
juego y hace del Estado un actor a veces lábil (para hacer cumplir las restricciones
ambientales), y otras veces temerario, como en el uso de la fuerza policial y la crimina-
lización de los movimientos de resistencia. En este escenario, el interés del gobierno
transpira, como el de poner en marcha los proyectos de la PAC, y luego corresponde
a los organismos ambientales y al Ministerio Público (federal y estatal) resolver los
eventuales bloqueos, garantizando hasta cierto punto la legalidad de las interven-
ciones. Una vez concluidos los trabajos, sigue habiendo insatisfacción en cuanto a
la calidad de la información proporcionada a la población y la falta de legitimidad del
proceso en su conjunto.
Una parte de los afectados, no satisfechos con las indemnizaciones o no reconoci-
dos como tales, trataron de judicializar las demandas. Los tribunales no han recono-
cido estas reclamaciones, lo que supone un nuevo revés para quienes postulan una
interpretación amplia del concepto de afectados y del impacto ambiental derivado de
las represas, como los pescadores que han visto inviable su actividad profesional por
las transformaciones del medio acuático.
100
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